II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-12731)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 72787
Segundo ejercicio:
En la parte A del ejercicio, el primer supuesto práctico sobre gestión patrimonial
inmobiliaria se calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico
sobre valoración inmobiliaria se calificará asimismo sobre un máximo de 15 puntos, de
tal forma que la parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30
puntos.
La parte B del ejercicio, referida a la acreditación del conocimiento de idioma elegido
por la persona aspirante, se calificará como «apto» o «no apto».
Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer
supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto, un total de 15 puntos en la parte A del
ejercicio y la calificación de «apto» en la parte B del ejercicio.
Tercer ejercicio:
El primer supuesto práctico sobre contratación administrativa se calificará sobre un
máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración catastral,
procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes
inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su
determinación, y definición del mapas de valores, se calificará sobre un máximo de 15
puntos, de tal forma que el ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30
puntos.
Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer
supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto y un total de 15 puntos en el ejercicio.
Cuarto ejercicio:
Se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, y para superarlo será
necesario obtener un mínimo de 10 puntos.
El Tribunal expondrá la relación de personas aprobadas de cada ejercicio,
especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Las que no figuren en la relación
se considerarán excluidas.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de
opositores superior al de plazas convocadas.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer, y
cuarto ejercicio, por ese orden. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético
mencionado en la base específica 8.
II.2
Curso selectivo
El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total
de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
La suma de las puntuaciones de la fase de oposición con la obtenida en el curso
selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la
elección de destino.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente,
por este orden, al segundo, tercero, y cuarto ejercicio de la fase de oposición. Si
persistiera el empate se seguirá el orden alfabético mencionado en la base específica 8.
cve: BOE-A-2024-12731
Verificable en https://www.boe.es
III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 72787
Segundo ejercicio:
En la parte A del ejercicio, el primer supuesto práctico sobre gestión patrimonial
inmobiliaria se calificará sobre un máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico
sobre valoración inmobiliaria se calificará asimismo sobre un máximo de 15 puntos, de
tal forma que la parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30
puntos.
La parte B del ejercicio, referida a la acreditación del conocimiento de idioma elegido
por la persona aspirante, se calificará como «apto» o «no apto».
Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer
supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto, un total de 15 puntos en la parte A del
ejercicio y la calificación de «apto» en la parte B del ejercicio.
Tercer ejercicio:
El primer supuesto práctico sobre contratación administrativa se calificará sobre un
máximo de 15 puntos y el segundo supuesto práctico sobre valoración catastral,
procedimientos de valoración catastral, elaboración de ponencias de valores de bienes
inmuebles de naturaleza urbana y sobre valor de referencia, procedimiento para su
determinación, y definición del mapas de valores, se calificará sobre un máximo de 15
puntos, de tal forma que el ejercicio se calificará con una puntuación máxima total de 30
puntos.
Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en el primer
supuesto, de 6 puntos en el segundo supuesto y un total de 15 puntos en el ejercicio.
Cuarto ejercicio:
Se calificará con una puntuación máxima de 20 puntos, y para superarlo será
necesario obtener un mínimo de 10 puntos.
El Tribunal expondrá la relación de personas aprobadas de cada ejercicio,
especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Las que no figuren en la relación
se considerarán excluidas.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de
opositores superior al de plazas convocadas.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo, tercer, y
cuarto ejercicio, por ese orden. De persistir el empate, se atenderá al orden alfabético
mencionado en la base específica 8.
II.2
Curso selectivo
El curso selectivo se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total
de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
La suma de las puntuaciones de la fase de oposición con la obtenida en el curso
selectivo determinará la calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la
elección de destino.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
alcanzada en la fase de oposición; y en caso de persistir el empate, a la correspondiente,
por este orden, al segundo, tercero, y cuarto ejercicio de la fase de oposición. Si
persistiera el empate se seguirá el orden alfabético mencionado en la base específica 8.
cve: BOE-A-2024-12731
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III. Superación del proceso selectivo y elección de destinos