III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-12802)
Resolución de 13 de junio de 2024, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica el Convenio con la Fundación Eurecat, en el ámbito de materiales metálicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Lunes 24 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73100

En cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales
mencionada con anterioridad, las Partes o sus empleados, en su caso, tienen derecho a
solicitar el acceso, rectificación de datos inexactos, supresión, oposición y, en los casos
correspondientes, la limitación del tratamiento, así como la portabilidad de sus datos a
otros responsables de protección de datos. Estos derechos se pueden ejercer por escrito
al CELLS, a través de su Responsable de Protección de Datos, a la siguiente dirección
de correo electrónico: dpd@cells.es. Para Eurecat, la dirección de correo electrónico es:
dpo@eurecat.org
Novena.

Responsables de los proyectos y comunicaciones.

El responsable del desarrollo de los proyectos por parte de Eurecat será el director
de la Unidad de Metales y Cerámica, que tendrá como interlocutor por parte de CELLS el
director científico y jefe de la división de Experimentos.
Todo aviso, solicitud o comunicación que las Partes deben dirigirse en virtud del
presente convenio, se efectuará a las siguientes personas, a las direcciones de correo
electrónico que ellas mismas determinen:
CELLS

EURECAT

Comunicaciones de carácter científico-técnico:
Att. Director Científico.
Tel: 935924300.

Comunicaciones de carácter científico-técnico:
Att. Director de la Unidad de Metales y
Cerámica.
Tel: 938777373.

Para asuntos económicos:
Att. Gerente.
Tel: 935924307.

Para asuntos económicos:
Att. Responsable de Administración u órgano
equivalente.
Tel: 938777373.

Décima. Seguimiento y evaluación.
Los responsables científico-técnicos mencionados en la cláusula anterior serán los
responsables de garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de las actuaciones
previstas en este convenio. A ellos corresponderá también la resolución de las dudas y
controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de sus cláusulas.
Para el cumplimiento de sus funciones, se reunirán, al menos, una vez al año. Las
reuniones se podrán llevar a cabo en formato telemático.
Los responsables científico-técnicos puede proponer las modificaciones necesarias
para cumplir con los objetivos de la colaboración. Cuando las modificaciones impliquen
la alteración de los términos del convenio, las mismas deberán ser objeto de aprobación
por mutuo acuerdo de las partes mediante la suscripción de la correspondiente
modificación al presente convenio, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos
que resulten preceptivos.
Naturaleza.

De conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, este convenio de I+D tiene naturaleza
administrativa y se encuentra sujeto a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Duodécima.

Recursos humanos.

El personal de CELLS o el de Eurecat que, en virtud del presente convenio deba
realizar sus actividades en las dependencias de la otra parte, de manera puntual o
permanente durante toda su vigencia, deberá estar en situación de alta en algún régimen
público de Seguridad Social, y contará con un seguro de responsabilidad civil y cualquier

cve: BOE-A-2024-12802
Verificable en https://www.boe.es

Undécima.