III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Premios. (BOE-A-2024-12686)
Orden PJC/620/2024, de 19 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72582
grupos de investigación reconocidos y promoción de escuelas, según las tareas
realizadas y el número de académicos participantes, y los doctorandos que hayan
llegado a ser catedráticos y profesores de universidad.
b) Trayectoria docente (hasta 40 puntos). Se valorarán, entre otras, las
aportaciones realizadas en el ámbito de la Sociología y la Ciencia Política a través de la
obtención de quinquenios de docencia, dirección de tesis doctorales.
c) Trayectoria profesional (hasta 40 puntos). Se valorarán, entre otras, las
aportaciones realizadas en el ámbito de la Sociología y la Ciencia Política a través de
actividades de carácter gerencial, directivo y de gestión tanto en el sector público como
en el sector privado, así como en fundaciones o en la dirección de publicaciones
periódicas científicas. En el caso del sector público, se valorarán las actividades en el
marco de la Sociología y la Ciencia Política relacionadas con la dirección de
departamentos de universidad, decanatos, rectorados, subdirecciones generales y
cargos superiores, o equivalentes.
d) Otros méritos (hasta 30 puntos). Se valorarán otros méritos, tales como premios,
distinciones, contribuciones singulares, menciones especiales, etc., y otros aspectos que
deban ser valorados a juicio del Jurado.
Resolución del procedimiento, notificación y recursos.
1. El órgano instructor, basándose en el fallo del Jurado, elevará la propuesta de
resolución al órgano competente para la resolución del procedimiento, unida al informe
en el que se certifique que, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y a partir de la información disponible, la persona propuesta cumple con los
requisitos para acceder al Premio, y en especial con los de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Recibida la propuesta y el informe referenciado, el órgano competente dictará la
correspondiente resolución motivada por la que se concede el Premio y por la que se
produce la desestimación expresa del resto de solicitudes, y se indica la composición del
Jurado que ha emitido el fallo.
2. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y
salvo que la convocatoria posponga sus efectos a una fecha posterior, se establece el
plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de ésta para resolver y notificar la
concesión del Premio. La resolución de concesión será objeto de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», surtiendo dicha publicación todos los efectos de notificación
practicada. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera publicado la resolución, los
interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus candidaturas. Además,
la resolución será publicada en el portal de internet del Centro de Investigaciones
Sociológicas y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
3. Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó o
impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de un mes a contar desde la
publicación de la resolución en los términos señalados en el apartado anterior. Si el acto
no fuera expreso, el recurso se podrá interponer en cualquier momento a partir del día
siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Si se hubiese interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Artículo 13.
Entrega del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política.
La entrega del Premio se hará en un acto público convocado al efecto, al que se
dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas, preferiblemente en un
emplazamiento destacado por su relación con el mundo de la Sociología y la Ciencia
Política, entregándose a la persona premiada un galardón específico conmemorativo.
cve: BOE-A-2024-12686
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 12.
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72582
grupos de investigación reconocidos y promoción de escuelas, según las tareas
realizadas y el número de académicos participantes, y los doctorandos que hayan
llegado a ser catedráticos y profesores de universidad.
b) Trayectoria docente (hasta 40 puntos). Se valorarán, entre otras, las
aportaciones realizadas en el ámbito de la Sociología y la Ciencia Política a través de la
obtención de quinquenios de docencia, dirección de tesis doctorales.
c) Trayectoria profesional (hasta 40 puntos). Se valorarán, entre otras, las
aportaciones realizadas en el ámbito de la Sociología y la Ciencia Política a través de
actividades de carácter gerencial, directivo y de gestión tanto en el sector público como
en el sector privado, así como en fundaciones o en la dirección de publicaciones
periódicas científicas. En el caso del sector público, se valorarán las actividades en el
marco de la Sociología y la Ciencia Política relacionadas con la dirección de
departamentos de universidad, decanatos, rectorados, subdirecciones generales y
cargos superiores, o equivalentes.
d) Otros méritos (hasta 30 puntos). Se valorarán otros méritos, tales como premios,
distinciones, contribuciones singulares, menciones especiales, etc., y otros aspectos que
deban ser valorados a juicio del Jurado.
Resolución del procedimiento, notificación y recursos.
1. El órgano instructor, basándose en el fallo del Jurado, elevará la propuesta de
resolución al órgano competente para la resolución del procedimiento, unida al informe
en el que se certifique que, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y a partir de la información disponible, la persona propuesta cumple con los
requisitos para acceder al Premio, y en especial con los de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Recibida la propuesta y el informe referenciado, el órgano competente dictará la
correspondiente resolución motivada por la que se concede el Premio y por la que se
produce la desestimación expresa del resto de solicitudes, y se indica la composición del
Jurado que ha emitido el fallo.
2. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y
salvo que la convocatoria posponga sus efectos a una fecha posterior, se establece el
plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de ésta para resolver y notificar la
concesión del Premio. La resolución de concesión será objeto de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», surtiendo dicha publicación todos los efectos de notificación
practicada. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera publicado la resolución, los
interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus candidaturas. Además,
la resolución será publicada en el portal de internet del Centro de Investigaciones
Sociológicas y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
3. Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó o
impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de un mes a contar desde la
publicación de la resolución en los términos señalados en el apartado anterior. Si el acto
no fuera expreso, el recurso se podrá interponer en cualquier momento a partir del día
siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Si se hubiese interpuesto recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Artículo 13.
Entrega del Premio Nacional de Sociología y Ciencia Política.
La entrega del Premio se hará en un acto público convocado al efecto, al que se
dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas, preferiblemente en un
emplazamiento destacado por su relación con el mundo de la Sociología y la Ciencia
Política, entregándose a la persona premiada un galardón específico conmemorativo.
cve: BOE-A-2024-12686
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 12.