I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-12503)
Real Decreto 566/2024, de 18 de junio, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Desarrollo de aplicaciones en lenguaje Python y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 20 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 71576

6. Las administraciones competentes velarán por que los espacios y el
equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los
procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje
de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 9.

Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este
curso de especialización corresponde al profesorado de las especialidades establecidas en el
anexo III pertenecientes a los cuerpos indicados en dicho anexo, sin perjuicio de lo
establecido en la disposición transitoria sexta del Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
2. Las condiciones de acceso a los cuerpos a que se refiere el apartado anterior
serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
3. Para la impartición de módulos profesionales en centros de titularidad privada o
de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las
titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos
que los exigidos para el acceso a las especialidades de los cuerpos docentes a que se
refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada
módulo en el anexo III. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las
titulaciones citadas engloben los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales
y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de la titulación, deberá
acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en el
sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas
relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
4. En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los
requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
CAPÍTULO IV
Acceso, vinculación a otros estudios y titulación
Artículo 10.

Requisitos de acceso al curso de especialización.

a) Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de
Fluidos, establecido por el Real Decreto 219/2008, de 15 de febrero, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones
Térmicas y de Fluidos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
b) Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos,
establecido por el Real Decreto 220/2008, de 15 de febrero, por el que se establece el
título de Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
c) Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red,
establecido por el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el
título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y se fijan
sus enseñanzas mínimas.
d) Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web, establecido por el Real
Decreto 686/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior
en Desarrollo de Aplicaciones Web y se fijan sus enseñanzas mínimas.

cve: BOE-A-2024-12503
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Para acceder al curso de especialización en Desarrollo de aplicaciones en lenguaje
Python es necesario estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o cumplir los
requisitos que puedan disponer las administraciones competentes en aplicación de lo
previsto en el artículo 121.2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio: