III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-12485)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Miércoles 19 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 71318
CAPÍTULO XI
Prevención de riesgos laborales. Seguridad y salud laboral
Artículo 41.
Principios generales.
Tanto la Empresa como las personas trabajadoras de BT vienen obligadas a
observar y cumplir las disposiciones y medidas de prevención de la seguridad y salud
laboral contenidas en la legislación vigente en cada momento.
Las partes firmantes del presente convenio colectivo valoran la importancia de la
formación como elemento esencial de las acciones preventivas, comprometiéndose por
tanto a realizarla de forma eficaz.
Asimismo, se emprenderán acciones y medidas encaminadas a lograr una mejora de
la calidad de vida y medio ambiente de trabajo, desarrollando objetivos de promoción,
defensa de la salud y mejora de las condiciones de trabajo.
La Empresa se hará cargo de los gastos de desplazamiento al reconocimiento médico
de vigilancia de la salud siempre que (a) se justifique, (b) sea incremental sobre el coste
que supone asistir a la oficina y (c) la distancia máxima sea la oficina al centro médico más
cercano. En todo caso, se habrá de seguir la Política de Gastos y Viajes de BT.
Artículo 42.
Delegados de Prevención y Comité de Seguridad y Salud.
1. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores y
trabajadoras con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el
trabajo. Serán designados por y entre los representantes del personal con arreglo a la
escala establecida en la normativa vigente, salvo pacto en contrario con la Empresa.
2. El Comité de Seguridad y Salud Laboral asumirá las funciones que le
correspondan según la legislación, y su composición será la que establezca la normativa
vigente.
Artículo 43. Competencias, facultades y garantías.
Las competencias, facultades y garantías de los Delegados de Prevención y del
Comité de Seguridad y Salud serán los establecidos en la normativa vigente.
CAPÍTULO XII
Igualdad y conciliación
Artículo 44.
Igualdad y conciliación.
Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en el plan de igualdad vigente en
cada momento.
Trabajo flexible y a distancia.
1. Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en el modelo de trabajo
flexible y a distancia vigente en BT, cuyo contenido inicial fue suscrito por ambas partes
el 7 de noviembre de 2010.
En todo caso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.8 ET, las personas
trabajadoras tienen derecho a trabajar a distancia –teletrabajar– durante un máximo de
tres días a la semana –o el numero equivalente de horas a lo largo de la semana–.
Quedan no obstante excluidos de dicho derecho (i) aquellos empleados que prestan
servicio en la sede del cliente cuando éste requiere trabajo presencial todos los días de
la semana y (ii) aquellos empleados en puestos que, por su propia naturaleza o por las
necesidades de servicio en BT, no puedan ocuparse en régimen de trabajo a distancia o
teletrabajo.
cve: BOE-A-2024-12485
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 45.
Núm. 148
Miércoles 19 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 71318
CAPÍTULO XI
Prevención de riesgos laborales. Seguridad y salud laboral
Artículo 41.
Principios generales.
Tanto la Empresa como las personas trabajadoras de BT vienen obligadas a
observar y cumplir las disposiciones y medidas de prevención de la seguridad y salud
laboral contenidas en la legislación vigente en cada momento.
Las partes firmantes del presente convenio colectivo valoran la importancia de la
formación como elemento esencial de las acciones preventivas, comprometiéndose por
tanto a realizarla de forma eficaz.
Asimismo, se emprenderán acciones y medidas encaminadas a lograr una mejora de
la calidad de vida y medio ambiente de trabajo, desarrollando objetivos de promoción,
defensa de la salud y mejora de las condiciones de trabajo.
La Empresa se hará cargo de los gastos de desplazamiento al reconocimiento médico
de vigilancia de la salud siempre que (a) se justifique, (b) sea incremental sobre el coste
que supone asistir a la oficina y (c) la distancia máxima sea la oficina al centro médico más
cercano. En todo caso, se habrá de seguir la Política de Gastos y Viajes de BT.
Artículo 42.
Delegados de Prevención y Comité de Seguridad y Salud.
1. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores y
trabajadoras con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el
trabajo. Serán designados por y entre los representantes del personal con arreglo a la
escala establecida en la normativa vigente, salvo pacto en contrario con la Empresa.
2. El Comité de Seguridad y Salud Laboral asumirá las funciones que le
correspondan según la legislación, y su composición será la que establezca la normativa
vigente.
Artículo 43. Competencias, facultades y garantías.
Las competencias, facultades y garantías de los Delegados de Prevención y del
Comité de Seguridad y Salud serán los establecidos en la normativa vigente.
CAPÍTULO XII
Igualdad y conciliación
Artículo 44.
Igualdad y conciliación.
Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en el plan de igualdad vigente en
cada momento.
Trabajo flexible y a distancia.
1. Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y en el modelo de trabajo
flexible y a distancia vigente en BT, cuyo contenido inicial fue suscrito por ambas partes
el 7 de noviembre de 2010.
En todo caso y de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.8 ET, las personas
trabajadoras tienen derecho a trabajar a distancia –teletrabajar– durante un máximo de
tres días a la semana –o el numero equivalente de horas a lo largo de la semana–.
Quedan no obstante excluidos de dicho derecho (i) aquellos empleados que prestan
servicio en la sede del cliente cuando éste requiere trabajo presencial todos los días de
la semana y (ii) aquellos empleados en puestos que, por su propia naturaleza o por las
necesidades de servicio en BT, no puedan ocuparse en régimen de trabajo a distancia o
teletrabajo.
cve: BOE-A-2024-12485
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 45.