III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12361)
Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de conducciones derivadas del sistema de presas Béznar y Rules (Granada). Desglosado n.º 3: margen derecha (MD) a cota 400 (tramo intermedio)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70885

análisis de la hidrodinámica fluvial y de la influencia del sistema de presas Béznar-Rules
en la regresión de la costa en esta zona.
Sobre este aspecto, el promotor indica, en su «Informe de requerimiento de
información ambiental adicional», que el proyecto abastecerá diferentes sistemas de
regadío, con puntos de entrega a varios kilómetros del DPMT, por lo que no es posible la
llegada directa al mismo de basuras, nutrientes ni contaminantes. Respecto al estudio
sobre la influencia del sistema de presas Béznar-Rules en la regresión de la costa en la
denominada Costa Tropical granadina, el promotor desestima su realización en el
proyecto constructivo, entre otras razones, por considerar que excede a su
responsabilidad al no ser el titular de las presas y a que las actuaciones propuestas son
de escasa entidad y eminentemente terrestres.
Efectos sobre Espacios Protegidos y Red Natura 2000.
Considerando que el espacio de la Red Natura 2000 más cercano se localiza a 3,2
km (ZEC «Acantilados y Fondos Marinos Tesorillo-Salobreña») y teniendo en cuenta sus
objetivos de conservación y la naturaleza de la actuación, el promotor concluye que no
es probable que el proyecto tenga un efecto significativo sobre el mismo. Por ello
determina que el impacto será compatible.
El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada de la Junta de Andalucía,
informa que en la zona de estudio no se localiza ningún espacio protegido de la Red
Natura 2000. Igualmente, tampoco se afecta a ningún otro espacio natural protegido de
la RENPA, de acuerdo con la Ley 2/1989, de 18 de julio.
Efectos sobre la vegetación y Hábitats de Interés Comunitario.
Según el documento ambiental, no se prevén efectos significativos sobre la flora y la
vegetación. Durante la fase de construcción, las principales afecciones se generarán por
los desbroces y la remoción del terreno. La deposición directa del polvo en suspensión,
ocasionada durante los movimientos de tierras y maquinarias sobre la vegetación
presente, podría dificultar su desarrollo vegetativo, siendo este efecto indirecto y
temporal y, por tanto, sin gran significación. Se estima que la superficie afectada en
terrenos de uso agrícola será de unos 29.615 m² de vegetación compuesta por cultivos y
otras de naturaleza ruderal, mientras que se prevé la afección de 12.800 m² de terrenos
de naturaleza forestal. Respecto al taxón vulnerable Maytenus senegalensis, pueden
verse afectadas unos 7.354,94 m² de área de distribución potencial con la ocupación de
terrenos para diferentes labores de la fase de obra (desbroce, cimentación de apoyos,
tendido de líneas aéreas, apertura de zanjas para los tendidos subterráneos, etc.). Se
estima poco relevante la afección a esta especie, al considerar que su área potencial se
extiende por las sierras prelitorales desde Málaga hasta Almería.
Durante la fase de explotación, el efecto de mayor importancia se centra en las
limitaciones de desarrollo de la vegetación en las áreas de servidumbre aérea. En
terrenos agrícolas va a afectar a una superficie aproximada de 11,84 hectáreas, en las
que se prevé escasa afección dada la naturaleza de los cultivos, que suelen ser de bajo
porte. La afección en cauces y en monte público se considera también poco significativa.
Por otra parte, la afección en esta fase a Maytenus senegalensis se considera nula en
tanto que la especie no adquiere un tamaño que pueda ocasionar problemas en los
tendidos aéreos, por lo que no va a verse afectada por su servidumbre aérea.
Respecto a los hábitats de interés comunitario, con la implantación del tendido
eléctrico se podrían ver afectadas un total de 3,4 ha de los siguientes HICs: 1430
«Matorrales halonitrófilos (Pegano-Salsoletea)», 92D0_0 «Adelfares y tarajales (NerioTamaricetea)», 5220* «Matorrales arborescentes de Ziziphus», 6220_1* «Pastizales
vivaces neutro-basófilos mediterráneos (Ligeo-Stipetea) y 5330 «Matorrales
termomediterráneos y pre-estépicos». Las conducciones hidráulicas del proyecto podrían
afectar a unas 15 ha en total de los diferentes HICs ya mencionados. En cualquier caso,

cve: BOE-A-2024-12361
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Núm. 147