III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12361)
Resolución de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de conducciones derivadas del sistema de presas Béznar y Rules (Granada). Desglosado n.º 3: margen derecha (MD) a cota 400 (tramo intermedio)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70886
se considera que son superficies mínimas comparadas con las dimensiones del proyecto
y la abundancia de esos HICs en el entorno.
La Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Sostenibilidad Ambiental y
Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, tras analizar las actuaciones
proyectadas y sus posibles afecciones, informa que el proyecto se puede autorizar siempre
que además de cumplir las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias
impuestas en la declaración de impacto ambiental del denominado Proyecto Básico, se
cumplan las condiciones indicadas en su informe, encaminadas a garantizar la conservación
de la biodiversidad en el ámbito del proyecto. El promotor ha asumido expresamente el
cumplimiento de estas condiciones, con fecha 21 de mayo de 2024.
Entre las medidas asumidas, cabe destacar que, antes del inicio de las obras, se
realizará una prospección intensiva del terreno por personal técnico especialista para
inventariar la flora presente e identificar especies protegidas, tales como el arto
(Maytenus senegalensis), así como para señalizar la superficie de los HICs afectados.
Esta prospección permitirá delimitar las zonas con interés para la conservación
(ejemplares de flora amenazada y/o HICs), estableciendo las suficientes garantías para
no actuar en ellas. Si fuese necesaria la eliminación de algún ejemplar de flora
amenazada, en coordinación con la Delegación Territorial de Granada, se determinará la
mejor actuación para facilitar la regeneración de ejemplares. Para aquellas situaciones
que requieran eliminación de vegetación por corta o desbroce, así como podas, se
cumplirá con lo indicado en el anexo I «Condicionado de eliminación de la vegetación»
del informe de la citada Delegación Territorial, y además se solicitará autorización previa
del organismo.
De igual manera, el promotor indica que si, en cualquier fase del proyecto, se
localizaran especies de flora incluidas en el Listado Andaluz de Especies Silvestres, se
interrumpirán los trabajos inmediatamente y se comunicará tal circunstancia a la
Delegación Territorial de Granada, con el fin de poder adoptar las medidas adicionales
de protección y/o proceder a las autorizaciones correspondientes, en caso necesario.
Adicionalmente, el promotor se compromete a cumplir con las medidas para la
conservación y restauración de la flora y la vegetación, reflejadas en la declaración de
impacto ambiental del Proyecto Básico.
Respecto a la prevención de incendios forestales, el promotor detalla los requisitos
constructivos, medidas correctoras y compensatorias, y autorizaciones relativas a la
prevención de incendios forestales, que ya fueron incluidas en el Proyecto Básico, y que
también serán tenidas en cuenta en este proyecto.
Durante la fase de construcción de los tendidos eléctricos, se afectará a la fauna por
la generación de ruidos, movimiento de maquinaria y operarios, así como por la
eliminación de la vegetación o la presencia de polvo en suspensión. También hay cierta
posibilidad de muerte por atropello en la zona de los trabajos, circunstancia que puede
ser mitigada. En la fase de funcionamiento, el principal aspecto a tener en cuenta es la
posible muerte por colisión o electrocución con los tendidos aéreos. El promotor indica
que estas afecciones se reducirán de manera significativa, con la aplicación de las
medidas propuestas y dando cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008,
de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna
contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Por ello, valora el
impacto sobre la fauna como moderado en la fase de construcción y compatible en la de
funcionamiento.
La Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Sostenibilidad Ambiental y
Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, tras analizar las actuaciones
proyectadas y sus posibles afecciones, informa que el proyecto se puede autorizar
siempre que además de cumplir las condiciones y medidas preventivas, correctoras y
compensatorias impuestas en la declaración de impacto ambiental del denominado
Proyecto Básico, se cumplan las condiciones indicadas en su informe, encaminadas a
cve: BOE-A-2024-12361
Verificable en https://www.boe.es
Efectos sobre la fauna.
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70886
se considera que son superficies mínimas comparadas con las dimensiones del proyecto
y la abundancia de esos HICs en el entorno.
La Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Sostenibilidad Ambiental y
Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, tras analizar las actuaciones
proyectadas y sus posibles afecciones, informa que el proyecto se puede autorizar siempre
que además de cumplir las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias
impuestas en la declaración de impacto ambiental del denominado Proyecto Básico, se
cumplan las condiciones indicadas en su informe, encaminadas a garantizar la conservación
de la biodiversidad en el ámbito del proyecto. El promotor ha asumido expresamente el
cumplimiento de estas condiciones, con fecha 21 de mayo de 2024.
Entre las medidas asumidas, cabe destacar que, antes del inicio de las obras, se
realizará una prospección intensiva del terreno por personal técnico especialista para
inventariar la flora presente e identificar especies protegidas, tales como el arto
(Maytenus senegalensis), así como para señalizar la superficie de los HICs afectados.
Esta prospección permitirá delimitar las zonas con interés para la conservación
(ejemplares de flora amenazada y/o HICs), estableciendo las suficientes garantías para
no actuar en ellas. Si fuese necesaria la eliminación de algún ejemplar de flora
amenazada, en coordinación con la Delegación Territorial de Granada, se determinará la
mejor actuación para facilitar la regeneración de ejemplares. Para aquellas situaciones
que requieran eliminación de vegetación por corta o desbroce, así como podas, se
cumplirá con lo indicado en el anexo I «Condicionado de eliminación de la vegetación»
del informe de la citada Delegación Territorial, y además se solicitará autorización previa
del organismo.
De igual manera, el promotor indica que si, en cualquier fase del proyecto, se
localizaran especies de flora incluidas en el Listado Andaluz de Especies Silvestres, se
interrumpirán los trabajos inmediatamente y se comunicará tal circunstancia a la
Delegación Territorial de Granada, con el fin de poder adoptar las medidas adicionales
de protección y/o proceder a las autorizaciones correspondientes, en caso necesario.
Adicionalmente, el promotor se compromete a cumplir con las medidas para la
conservación y restauración de la flora y la vegetación, reflejadas en la declaración de
impacto ambiental del Proyecto Básico.
Respecto a la prevención de incendios forestales, el promotor detalla los requisitos
constructivos, medidas correctoras y compensatorias, y autorizaciones relativas a la
prevención de incendios forestales, que ya fueron incluidas en el Proyecto Básico, y que
también serán tenidas en cuenta en este proyecto.
Durante la fase de construcción de los tendidos eléctricos, se afectará a la fauna por
la generación de ruidos, movimiento de maquinaria y operarios, así como por la
eliminación de la vegetación o la presencia de polvo en suspensión. También hay cierta
posibilidad de muerte por atropello en la zona de los trabajos, circunstancia que puede
ser mitigada. En la fase de funcionamiento, el principal aspecto a tener en cuenta es la
posible muerte por colisión o electrocución con los tendidos aéreos. El promotor indica
que estas afecciones se reducirán de manera significativa, con la aplicación de las
medidas propuestas y dando cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 1432/2008,
de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna
contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Por ello, valora el
impacto sobre la fauna como moderado en la fase de construcción y compatible en la de
funcionamiento.
La Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Sostenibilidad Ambiental y
Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, tras analizar las actuaciones
proyectadas y sus posibles afecciones, informa que el proyecto se puede autorizar
siempre que además de cumplir las condiciones y medidas preventivas, correctoras y
compensatorias impuestas en la declaración de impacto ambiental del denominado
Proyecto Básico, se cumplan las condiciones indicadas en su informe, encaminadas a
cve: BOE-A-2024-12361
Verificable en https://www.boe.es
Efectos sobre la fauna.