III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-12287)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial, Red.es, M.P., por la que se publica Convenio con el Consejo General del Notariado, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el programa "Kit Consulting".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Lunes 17 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70574

Reglamento, el Consejo General del Notariado ha presentado acreditación de los
mismos mediante declaración responsable suscrita por el órgano competente de la
misma a tales efectos y al objeto de la suscripción del presente convenio.
Novena.

Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento.

Con el fin de coordinar las actividades necesarias para la ejecución del presente
convenio, así como llevar a cabo su supervisión, seguimiento y control, se creará una
Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento compuesta por dos representantes de
cada Organismo.
Serán competencias de la Comisión Mixta:
a) El establecimiento de los procedimientos más eficaces que posibiliten el
intercambio de información previsto en este convenio, que en todo caso serán de
naturaleza electrónica. En concreto, la aprobación del formato de intercambio de
información, en su caso necesidad de encriptación, determinación de canales seguros de
transmisión y acceso a la información y remisión de copias simples o autorizadas
electrónicas de documentos públicos notariales cuando sean requeridas por Red.es.
b) La determinación del sistema para la designación de usuarios y para su
administración.
c) La valoración de la ejecución de los mecanismos puestos en marcha y el análisis
de nuevas vías y fórmulas de colaboración futura, ya sea ampliando los sistemas de
suministro o la información o creando las condiciones para la aportación de nuevos datos
y formas de participación de los notarios que redunden en una mejora, utilidad y
beneficio para el interés público en el futuro.
d) La aprobación de la posible extensión futura de la cesión de información para
otras funciones de Red.es, de conformidad con lo dispuesto en la legislación específica.
e) La resolución de las controversias que puedan surgir en la interpretación y
cumplimiento del presente convenio.
La Comisión se reunirá a instancia de cualquiera de las partes y, al menos, una vez cada
seis meses, para examinar los resultados e incidencias de la colaboración realizada.
La Presidencia de la Comisión tendrá carácter rotatorio por periodos de seis meses.
En cada reunión de la Comisión se designará un miembro del Organismo donde ésta
tenga lugar, que hará las veces de Secretario.
En calidad de asesores podrán incorporarse cualesquiera otros funcionarios que se
considere necesario, con derecho a voz.
La Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento se regirá, en cuanto a su
funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la
presente cláusula, por lo dispuesto en la sección tercera, del capítulo II, del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tratamiento de datos.

Red.es y el Consejo General del Notariado respetarán las normas sobre protección
de datos establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, y 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En consecuencia, en ningún caso se accederá a datos personales con finalidad
diferente de la especificada en los acuerdos anteriores, ni se podrá hacer cesión de los
mismos a persona que no sea directamente afectada.

cve: BOE-A-2024-12287
Verificable en https://www.boe.es

Décima.