III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-12272)
Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Lunes 17 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70475

2.º La adopción y formalización de todos los actos de administración y gestión
ordinaria relacionados con el plan de pensiones de la Administración General del Estado.
3.º La competencia para aprobar y comprometer gastos y para reconocer las
obligaciones y proponer el pago de las obligaciones económicas imputables al capítulo 1
(Gastos de personal) y capítulo 8 (Activos financieros) del presupuesto del
Departamento, cuando la cuantía sea inferior a seis millones de euros, así como la
tramitación de los documentos contables.
d)

En materia de relaciones sindicales:

1.º La concesión de los permisos sindicales.
2.º La autorización de asambleas, así como la acreditación de los miembros de las
comisiones negociadoras, Juntas de Personal y demás órganos de representación del
personal.
e)

En materia de gestión de la Relación de Puestos de Trabajo:

1.º La tramitación y presentación de las propuestas de aprobación o modificación
de las relaciones de puestos de trabajo de los servicios centrales del Ministerio.
2.º La tramitación de los expedientes de movilidad por cambio de adscripción de
puestos de trabajo de los servicios centrales del Ministerio prevista en el artículo 61 del
Reglamento General de Ingreso.
f) En materia de transparencia y acceso a la información pública:
1.º La resolución de inadmisión a trámite de las solicitudes de acceso a la
información pública, por las causas recogidas en el artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
2.º La resolución de desistimiento de la solicitud tanto por la causa prevista en el
artículo 19.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, como por cualquier otra causa
aplicable recogida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
g) En materia de prevención de riesgos de trabajo, la aprobación de los
procedimientos del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, así como
de instrucciones operativas de prevención de riesgos laborales.
Vigesimocuarto. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de la Oficina Presupuestaria y Gestión Económica.

a) Todas aquellas atribuidas a la Subsecretaría de Política Territorial y Memoria
Democrática por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, para las comisiones de
servicio en territorio nacional, excepto las relativas a la persona titular del Ministerio y las
personas titulares de la Secretaría de Estado de Política Territorial, Secretaría de Estado
de Memoria Democrática, Comisionado Especial para la Reconstrucción de la isla de La
Palma, Secretaría General Técnica y Dirección del Gabinete de la persona titular del
Ministerio, así como las que se deleguen en otros órganos.
b) La aprobación y compromiso de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la
propuesta de pago de las obligaciones económicas no imputables al capítulo 1 (Gastos
de personal) del Presupuesto del Ministerio que no estén delegadas en otros órganos y
cuya cuantía no supere los 250.000 euros.
c) La autorización de todos los documentos contables, cualquiera que sea su
importe salvo lo expresamente delegado en otros órganos.

cve: BOE-A-2024-12272
Verificable en https://www.boe.es

Se aprueba la delegación por la persona titular de la Subsecretaría de Política
Territorial y Memoria Democrática en la persona titular de la Subdirección General de la
Oficina Presupuestaria y Gestión Económica de las siguientes competencias: