III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-12272)
Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70472
Decimoctavo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección de
Gabinete de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política
Territorial en la persona titular de la Dirección de Gabinete de la Secretaría de Estado de
Política Territorial de las siguientes competencias:
a) La autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por
cuantía exacta para los altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado de Política
Territorial, prevista en el artículo 62.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
b) Las derivadas de lo previsto en el artículo 4.2 del Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, así como, respecto a estas
materias, por el resto del ordenamiento jurídico.
c) La firma de conformidad atribuida al Secretario de Estado de Política Territorial,
con arreglo a lo previsto en el apartado 1 de la disposición adicional octava del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
CAPÍTULO IV
Aprobación de las delegaciones de competencias efectuadas por la persona titular
de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática
Decimonoveno. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría
de Política Territorial y Memoria Democrática.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática, en la persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y
Memoria Democrática de la competencia para la adopción de los acuerdos de
nombramiento y separación de los subdirectores generales adscritos a la Secretaría de
Estado Memoria Democrática.
Vigésimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de
Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática, en la persona titular de la Dirección General de Atención a las
Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática, de las siguientes competencias:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta
de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, hasta
el límite de 200.000 euros.
b) Las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico como órgano de
contratación, cuando el presupuesto inicial no supere el límite establecido para los
contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
c) La formalización de encomiendas de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y de encargos a medios propios personificados a los que se refiere el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, hasta el límite de 200.000 euros.
Vigésimoprimero. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de la Oficina Presupuestaria y Gestión Económica.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática en la persona titular de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria y Gestión Económica de las siguientes competencias, salvo lo
expresamente delegado en otros órganos:
a) El acuerdo de cancelación o, en su caso, la devolución de las garantías de
cualquier clase, constituidas ante el Departamento.
cve: BOE-A-2024-12272
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70472
Decimoctavo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección de
Gabinete de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política
Territorial en la persona titular de la Dirección de Gabinete de la Secretaría de Estado de
Política Territorial de las siguientes competencias:
a) La autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por
cuantía exacta para los altos cargos dependientes de la Secretaría de Estado de Política
Territorial, prevista en el artículo 62.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
b) Las derivadas de lo previsto en el artículo 4.2 del Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, así como, respecto a estas
materias, por el resto del ordenamiento jurídico.
c) La firma de conformidad atribuida al Secretario de Estado de Política Territorial,
con arreglo a lo previsto en el apartado 1 de la disposición adicional octava del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
CAPÍTULO IV
Aprobación de las delegaciones de competencias efectuadas por la persona titular
de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática
Decimonoveno. Delegación de competencias en la persona titular de la Subsecretaría
de Política Territorial y Memoria Democrática.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática, en la persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y
Memoria Democrática de la competencia para la adopción de los acuerdos de
nombramiento y separación de los subdirectores generales adscritos a la Secretaría de
Estado Memoria Democrática.
Vigésimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de
Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática, en la persona titular de la Dirección General de Atención a las
Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática, de las siguientes competencias:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta
de pago de las obligaciones económicas relativas a gastos corrientes y de capital, hasta
el límite de 200.000 euros.
b) Las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico como órgano de
contratación, cuando el presupuesto inicial no supere el límite establecido para los
contratos menores en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
c) La formalización de encomiendas de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, y de encargos a medios propios personificados a los que se refiere el
artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, hasta el límite de 200.000 euros.
Vigésimoprimero. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de la Oficina Presupuestaria y Gestión Económica.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Memoria Democrática en la persona titular de la Subdirección General de la Oficina
Presupuestaria y Gestión Económica de las siguientes competencias, salvo lo
expresamente delegado en otros órganos:
a) El acuerdo de cancelación o, en su caso, la devolución de las garantías de
cualquier clase, constituidas ante el Departamento.
cve: BOE-A-2024-12272
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Núm. 146