III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-12011)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, por el que se aprueba corrección de erratas en el texto del Acuerdo de 30 de noviembre de 2023, sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 69445

Las CCAA presentarán una cuenta justificativa de la utilización de los fondos
recibidos a la finalización de la ejecución de la medida, que incluirá:
– Grado de cumplimiento de los hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente
o, en su caso revisados.
– Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.
– Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de control
aplicados en su ejecución.
12. Las CCAA presentarán una cuenta justificativa final para la liquidación de las
cantidades recibidas, tanto de los importes utilizados como de los hitos y objetivos
conseguidos.
13. Si como consecuencia de los controles efectuados por la autoridad nacional o
por las instituciones comunitarias se constata un incumplimiento que derive en una
merma del retorno de los Fondos, la responsabilidad se trasladará a la comunidad
autónoma.
14. En caso de incumplimiento por parte de las CCAA, responderán de conformidad
a lo establecido en la normativa aplicable.
15. Los fondos que se destinen a inversiones ejecutadas por las entidades locales
se formalizarán a través de la ampliación de los convenios existentes u otros nuevos, en
los que se indicará expresamente la relación entre el empleo de los fondos y el
componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
16. Las CCAA se comprometen a respetar las obligaciones de información,
comunicación y publicidad establecidas en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241
y el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021.
En todo el material impreso, así como en la difusión de las actividades que se
realicen con cargo a estos fondos, las CCAA se comprometen a incluir el logo del
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el logo oficial del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, el emblema de la Unión Europea y una
declaración de financiación adecuada que indique «Financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU».
La publicidad de estas acciones se realizará de conformidad con lo establecido en el
Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado
por la Secretaría de Estado de Comunicación.
Anexo metodológico sobre el cálculo de la distribución por territorios
Se ha aplicado la misma metodología, fuentes y datos que los aplicados en la
distribución en 2021, tal y como se acordó ese año con las comunidades autónomas
para los tres ejercicios: 2021, 2022 y 2023.
Atendiendo a sus características particulares, y al igual que se hace con otros fondos
de distribución territorial, como el Plan Concertado de Servicios Sociales, a las ciudades
autónomas de Ceuta y de Melilla se les ha asignado un porcentaje fijo del 0,5 % de los
recursos y a la Comunidad autónoma de La Rioja de un 1,5 %.
Una vez aplicado el conjunto de indicadores utilizado, se ha comprobado que el
resultado final para la Comunidad autónoma de Cantabria también sería inferior al 1,5 %,
por lo que a ella también se le ha asignado este porcentaje mínimo.
Por tanto, para el reparto del resto de comunidades autónomas del 96 % del crédito
restante, incluyendo tanto las de régimen común como las forales, se utilizan los seis

cve: BOE-A-2024-12011
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Núm. 143