III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-12011)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, por el que se aprueba corrección de erratas en el texto del Acuerdo de 30 de noviembre de 2023, sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69440
eficiencia de las AAPP y su personal, al mismo tiempo que se modernizan los servicios
sociales. En concreto:
– La línea C22.I1 incluye la incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los
cuidados, principalmente teleasistencia, lo que se podría incluir en el campo de
intervención 13 «Servicios y aplicaciones de sanidad electrónica (incluida la
ciberasistencia, el internet de las cosas para la actividad física y la vida cotidiana asistida
por el entorno)» con un coeficiente del 100 %.
– La línea C22.I2 incluye la transformación tecnológica de los servicios sociales y las
entidades del tercer sector de acción social y la digitalización de las infraestructuras de
protección residencial de niños, niñas y adolescentes, en especial con necesidades especiales
o migrantes no acompañadas. Se podría aplicar el campo de intervención 11, «Soluciones de
TIC para la Administración, servicios electrónicos, aplicaciones», con un coeficiente de 100 %.
– Para el Plan España País Accesible (C22.I3) se puede considerar la etiqueta 020
con un coeficiente 40 %.
Cada una de las comunidades autónomas especificarán su contribución a la
consecución de los hitos y objetivos señalados.
Normativa aplicable
– Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
– Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.
– Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
– Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia
– Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los casos en que se
celebren contratos que deban someterse a esta ley.
Dado que las actuaciones están incluidas en el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, las entidades ejecutoras están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y
realización de los objetivos fijados en el Plan. Estarán sometidas a la plena aplicación de los
mecanismos de gestión y control establecidos para el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la UE y a la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento
y control, así como las específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás
impuestas por la normativa de la Unión Europea de obligado cumplimiento; especialmente en
lo relativo a la evitación de los conflictos de interés, la prevención del fraude, la evitación de la
doble financiación, la facilitación de acceso a las instituciones europeas de control y la
cve: BOE-A-2024-12011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
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eficiencia de las AAPP y su personal, al mismo tiempo que se modernizan los servicios
sociales. En concreto:
– La línea C22.I1 incluye la incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los
cuidados, principalmente teleasistencia, lo que se podría incluir en el campo de
intervención 13 «Servicios y aplicaciones de sanidad electrónica (incluida la
ciberasistencia, el internet de las cosas para la actividad física y la vida cotidiana asistida
por el entorno)» con un coeficiente del 100 %.
– La línea C22.I2 incluye la transformación tecnológica de los servicios sociales y las
entidades del tercer sector de acción social y la digitalización de las infraestructuras de
protección residencial de niños, niñas y adolescentes, en especial con necesidades especiales
o migrantes no acompañadas. Se podría aplicar el campo de intervención 11, «Soluciones de
TIC para la Administración, servicios electrónicos, aplicaciones», con un coeficiente de 100 %.
– Para el Plan España País Accesible (C22.I3) se puede considerar la etiqueta 020
con un coeficiente 40 %.
Cada una de las comunidades autónomas especificarán su contribución a la
consecución de los hitos y objetivos señalados.
Normativa aplicable
– Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
– Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
– Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023.
– Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
– Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y
objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
– Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia
– Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los casos en que se
celebren contratos que deban someterse a esta ley.
Dado que las actuaciones están incluidas en el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, las entidades ejecutoras están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y
realización de los objetivos fijados en el Plan. Estarán sometidas a la plena aplicación de los
mecanismos de gestión y control establecidos para el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la UE y a la normativa de la Unión Europea aplicable a la gestión, seguimiento
y control, así como las específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás
impuestas por la normativa de la Unión Europea de obligado cumplimiento; especialmente en
lo relativo a la evitación de los conflictos de interés, la prevención del fraude, la evitación de la
doble financiación, la facilitación de acceso a las instituciones europeas de control y la
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