III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-12011)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, por el que se aprueba corrección de erratas en el texto del Acuerdo de 30 de noviembre de 2023, sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69441
identificación del contratista/prestador del servicio final, todo ellos obligaciones recogidas
tanto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021. En todo caso, las
actuaciones que se lleven a cabo en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia deberán garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión,
especialmente en materia de conflicto de intereses, fraude o corrupción, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 22 del Reglamento 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021 y al artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Las actuaciones de las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla no podrán recibir
ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea para el cumplimiento de
los hitos y objetivos aquí indicados.
Adicionalmente, cuando proceda, tanto para el control del cumplimiento de la evitación de
los conflictos de interés, la prevención del fraude, la evitación de la doble financiación, la
facilitación de acceso a las instituciones europeas de control y la identificación del contratista/
prestador del servicio final, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas, especialmente en lo relativo a las obligaciones de
suministro de información de la misma. Asimismo, las actuaciones subvencionables deben
acogerse a lo dispuesto en el apartado 17 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero.
Deberán contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento
de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado
en particular;
a) A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas y cada uno de los
perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita
calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar a la
Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Esta obligación de pista de auditoría
alcanza a la relativa al cumplimiento de hitos y objetivos y medición de indicadores.
b) A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria
de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia al
sistema de gestión del Plan.
c) A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o
comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.
Aplicaciones presupuestarias
Las aplicaciones presupuestarias son las siguientes:
23VA
Subconcepto
Importe
–
Euros
450.01. Dotación de nuevos equipamientos públicos para cuidados de larga duración (residencias,
viviendas, centros de día) basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de los equipamientos existentes.
11.605.629,38
450.02. Incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los cuidados.
54.251.180,39
754.01. Dotación de nuevos equipamientos públicos para cuidados de larga duración (residencias,
viviendas, centros de día) basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de los equipamientos existentes.
754.02. Incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los cuidados.
754.08. Estrategia nacional para el impulso de la desinstitucionalización y el cambio de modelo de
cuidados de larga duración.
Total Programa 23VA.
648.270.630,61
95.155.615,41
50.000,00
809.333.055,79
cve: BOE-A-2024-12011
Verificable en https://www.boe.es
Programa Concepto
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69441
identificación del contratista/prestador del servicio final, todo ellos obligaciones recogidas
tanto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021. En todo caso, las
actuaciones que se lleven a cabo en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia deberán garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión,
especialmente en materia de conflicto de intereses, fraude o corrupción, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 22 del Reglamento 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021 y al artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Las actuaciones de las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla no podrán recibir
ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión Europea para el cumplimiento de
los hitos y objetivos aquí indicados.
Adicionalmente, cuando proceda, tanto para el control del cumplimiento de la evitación de
los conflictos de interés, la prevención del fraude, la evitación de la doble financiación, la
facilitación de acceso a las instituciones europeas de control y la identificación del contratista/
prestador del servicio final, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas, especialmente en lo relativo a las obligaciones de
suministro de información de la misma. Asimismo, las actuaciones subvencionables deben
acogerse a lo dispuesto en el apartado 17 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero.
Deberán contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento
de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado
en particular;
a) A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas y cada uno de los
perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita
calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar a la
Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Esta obligación de pista de auditoría
alcanza a la relativa al cumplimiento de hitos y objetivos y medición de indicadores.
b) A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria
de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia al
sistema de gestión del Plan.
c) A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o
comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.
Aplicaciones presupuestarias
Las aplicaciones presupuestarias son las siguientes:
23VA
Subconcepto
Importe
–
Euros
450.01. Dotación de nuevos equipamientos públicos para cuidados de larga duración (residencias,
viviendas, centros de día) basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de los equipamientos existentes.
11.605.629,38
450.02. Incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los cuidados.
54.251.180,39
754.01. Dotación de nuevos equipamientos públicos para cuidados de larga duración (residencias,
viviendas, centros de día) basados en una nueva arquitectura centrada en la persona y en la atención en
entornos comunitarios, y remodelación y adaptación de los equipamientos existentes.
754.02. Incorporación de nuevas tecnologías al servicio de los cuidados.
754.08. Estrategia nacional para el impulso de la desinstitucionalización y el cambio de modelo de
cuidados de larga duración.
Total Programa 23VA.
648.270.630,61
95.155.615,41
50.000,00
809.333.055,79
cve: BOE-A-2024-12011
Verificable en https://www.boe.es
Programa Concepto