III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-12001)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Choose Your Way, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Metaway II, de 107,79 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Alcalá de Guadaíra, Utrera y Sevilla (Sevilla) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 13 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 69329

– Apartado 4.2.4. Fauna.
● El diseño de las medidas compensatorias para la avifauna de acuerdo con las
prescripciones de la DIA. Se aportará la conformidad el órgano ambiental autonómico
con competencias en este ámbito.
– El programa de vigilancia ambiental se completará con los aspectos adicionales
que se mencionan en el apartado «4.3. Condiciones al programa de vigilancia
ambiental» de la DIA.

– «Informe de delimitación de espacios protegidos: Georrecurso/LIG Albero de
Alcalá», que concluye que no se afectará de manera significativa a este lugar.
– Plan de Autoprotección contra Incendios Forestales y Plan de Restauración
Ambiental.
– Informe del Servicio de Gestión del Medio Natural de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 23 de noviembre de 2022,
sobre la aprobación de informe de delimitación de espacios protegidos y programa de
medidas compensatorias relacionadas con la biodiversidad en base al requerimiento de
subsanación de la solicitud de autorización administrativa de construcción (AAC) y
declaración de utilidad pública (DUP) de las plantas solares fotovoltaicas Metaway I y II.
Dicho informe tiene carácter favorable, aunque advierte de un error que requiere sea
subsanado: «solicitamos sea rectificada la superficie de compensación de prácticas
agrícolas favorables para las aves esteparias al 100 % de la superficie ocupada por
ambas plantas fotovoltaicas como hábitat óptimo para las aves esteparias amenazadas
estimado en 350 ha».
– Plan de Vigilancia y Seguimiento Ambiental.
– Adenda de Integración Ambiental, Programa de Medidas Correctoras y
Compensatorias.
En base a lo anterior y a fin de atender al condicionado 4.2.4 relativo a Fauna, la
Subdirección General de Energía Eléctrica ha consultado a la Subdirección General de
Evaluación Ambiental respecto del precitado informe del Servicio de Gestión del Medio
Natural de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de
fecha 23 de noviembre de 2022.

cve: BOE-A-2024-12001
Verificable en https://www.boe.es

Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
En relación con las condiciones mencionadas relativas al Apartado 4.2.1, con
fecha 13 de octubre de 2022 se recibe, a través del Área de Industria y Energía de
Subdelegación del Gobierno en Sevilla, «Informe sobre el Estudio de afección
paisajística y justificación de no afección a laderas y a la escorrentía superficial de la
LAAT 220 kV entre la planta fotovoltaica Metaway I-II y la subestación santa Elvira a su
paso por el Escarpe de los Alcores», de la Delegación Territorial de Sevilla de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía,
en el que se establece, en relación a dicho estudio, que «se ha dado respuesta a las
determinaciones establecidas en la directriz 75.2 del POTAUS mencionadas en el
presente informe y en los emitidos por esta Delegación Territorial en respuesta a la
consulta remitida por el Área de Industria y Energía en el procedimiento de autorización
administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto mencionado».
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa de
construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto, con fecha 18
de enero de 2023, el promotor presenta documentación acreditativa del cumplimiento de
los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental y en la citada resolución
de autorización administrativa previa. Entre dicha documentación, aportó: