V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-21892)
Extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convoca las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital de las pequeñas y medianas empresas del segmento A, B y C en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el PRTR -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio-Kit Consulting)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 13 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 32865

Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta
convocatoria «bono asesoramiento digital») de esta Convocatoria tienen la
consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de
concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a
financiar la contratación de servicios de asesoramiento en transformación digital
cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Servicios de
Asesoramiento del Programa Kit Consulting, regulado en el artículo 12 de las
Bases Reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras:
La concesión de ayudas de la presente Convocatoria se rige según lo
establecido en la Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas
para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital
en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes
2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de EspañaFinanciado por la Unión Europea - Next Generation EU (Programa Agentes del
Cambio - Kit Consulting) (en adelante las Bases Reguladoras)..
Cuarto. Cuantía:
1. El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente
Convocatoria asciende a la cantidad de ciento cincuenta millones de euros
(150.000.000 €), ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud
del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, dentro de los
créditos disponibles, que serán financiados a través de la correspondiente partida
presupuestaria para la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en
consonancia con el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en cuyo artículo 9 se indica que la ayuda concedida en
el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a otros
programas e instrumentos de la Unión, y que las reformas y los proyectos de
inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión
Europea siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste. Asimismo, será de
aplicación el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. El presupuesto contemplado en el punto anterior, por importe de ciento
cincuenta millones de euros (150.000.000 €), se distribuirá entre los segmentos A,
B y C de la siguiente forma:
Segmento A, Empresas entre 10 y menos de 50 empleados: 40.000.000 €

Segmento C, Empresas entre 100 y menos de 250 empleados: 50.000.000 €
En el caso de que algún segmento no agote el crédito destinado a las ayudas a
fecha de la finalización del plazo presentación de solicitudes, el órgano concedente
podrá distribuir el importe resultante entre los restantes segmentos publicando la
distribución definitiva de créditos, que se realizará de manera proporcional a las
solicitudes recibidas en cada segmento que hubiera agotado el crédito, teniendo
en cuenta el importe del "bono de asesoramiento digital" de estos segmentos, sin

cve: BOE-B-2024-21892
Verificable en https://www.boe.es

Segmento B, Empresas entre 50 y menos de 100 empleados: 60.000.000 €