III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-11948)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de 31 de mayo de 2024, de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales, de delegación de competencias.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 12 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 68814

ANEXO
Acuerdo de 31 de mayo de 2024, de la Junta de Contratación de los Servicios
Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, de
delegación de competencias
Primero. Delegación de competencias en los órganos proponentes o gestores del
gasto.
Se delegan, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en los órganos proponentes o gestores del
gasto, según la materia a la que se refiere el contrato y su naturaleza, las siguientes
competencias de la Junta de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática (en adelante la Junta) como órgano de
contratación:
a) En relación con los contratos de obras de reparación simple, conservación y
mantenimiento:
1.º La aprobación de la Memoria justificativa de la necesidad del contrato.
2.º La aprobación técnica del proyecto de obra, así como del proyecto de seguridad
y salud de la obra.
3.º El nombramiento del director de la obra y de la dirección de la ejecución de la
obra, así como del coordinador de seguridad y salud.
4.º La aprobación de las certificaciones ordinarias y de la certificación de obra final.
5.º La aprobación del programa de trabajo.
6.º La aprobación de la liquidación de la obra.
7.º La aprobación de nuevos precios como consecuencia de modificados de la obra
o del proyecto.
8.º La suspensión definitiva de la obra.
9.º La solicitud de designación del representante de la Administración para la
recepción.
b) En relación con los contratos de suministro de bienes consumibles o de fácil
deterioro por el uso y con los contratos de servicios:

c)

En relación con todos los contratos:

1.º La aprobación de la Memoria justificativa de la necesidad del contrato.
2.º La revisión de precios.
3.º La aprobación de los reajustes de anualidades.
4.º La aprobación de las certificaciones de conformidad.

cve: BOE-A-2024-11948
Verificable en https://www.boe.es

1.º La aprobación de la Memoria justificativa de la necesidad del contrato.
2.º La aprobación técnica del pliego de prescripciones técnicas.
3.º El nombramiento del director de los trabajos.
4.º La aprobación de los abonos a cuenta.
5.º La aprobación del programa de trabajo.
6.º La aprobación de la liquidación de los trabajos.
7.º La aprobación de nuevos precios como consecuencia de modificados del pliego
de prescripciones técnicas.
8.º La suspensión definitiva de los trabajos.
9.º La solicitud de designación del representante de la Administración para la
recepción.
10.º La aprobación de las certificaciones de conformidad.