III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-11959)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican procedimientos de operación para su adaptación a las subastas intradiarias europeas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 12 de junio de 2024
Segundo.
Sec. III. Pág. 69029
Síntesis de los cambios propuestos por el operador del sistema.
La propuesta de procedimientos recibida del operador del sistema recoge los
aspectos necesarios para implementar las nuevas tres subastas intradiarias de alcance
europeo (IDA), abandonando ya las seis subastas regionales en el ámbito MIBEL.
Adaptación de los procesos de comunicación por la implantación de las subastas
intradiarias europeas (IDA), que conllevan la desaparición de procesos regionales, como
el envío a la plataforma central de la capacidad remanente entre España y Portugal tras
una subasta regional, y la incorporación de flujos programados en la interconexión
España-Francia. Además, los programas transfronterizos resultantes de cada sesión de
subasta se obtienen directamente desde la plataforma central. Adicionalmente, la
aparición de ofertas de bloque simple y complejas, hace que los operadores de sistema
ibéricos dejen de recibir del Operador del Mercado el orden de mérito de las ofertas de
compra y venta de energía resultante de la casación.
Se describen las actuaciones para la publicación del Programa Horario Final (PHF)
en caso de emergencia en el proceso de las IDA, pudiendo en tal caso la publicación del
PHF no reflejar cambios respecto al anterior PHF publicado (o respecto del PDVP, en el
caso de la IDA1). Esto sería bien por anulación de la subasta intradiaria europea, bien
por anulaciones de programa en el ámbito MIBEL, por ejemplo, porque un operador del
sistema no pueda integrar los resultados en su sistema. En este segundo caso se deberá
respetar el programa por las interconexiones que se hayan confirmado a nivel europeo.
Se mantiene la hora límite de publicación del PDVP a las 14:45 h, con el objetivo de
que el proceso de solución de restricciones técnicas del PDBF no afecte a la
participación en la primera sesión de subasta intradiaria (15:00 h). Esta hora límite lo
aplicará en caso de anulación a nivel europeo de la primera sesión de subasta intradiaria
por retrasos en los resultados del mercado diario; en tal caso, el operador del sistema
dispondrá de setenta y cinco minutos tras la publicación del PDBF para la publicación del
PDVP.
Los operadores de sistema comunicarán los valores de capacidad de intercambio y
programas comerciales en las correspondientes interconexiones con una antelación
de quince minutos respecto al cierre de sesión de la primera subasta intradiaria (15:00
h), siendo la hora límite para envío de cualquier actualización hasta cinco minutos antes
del cierre de dicha sesión.
Se revisa el cuadro de horarios para adaptarlo a los procesos acordados en ámbito
europeo, en particular, que los resultados de las subastas intradiarias deben
publicarse veinte minutos después del cierre de cada sesión (ampliado a treinta minutos
en caso de contingencia).
A nivel nacional, se considera un período de quince minutos previo a la publicación
de cada PHF para la recepción de nominaciones y desgloses.
Se especifica que las unidades de programación genéricas pueden ser utilizadas
para programar tomas de energía en cartera para la integración en el mercado de la
energía comprometida en contratos bilaterales físicos.
B. Cambios propuestos en el procedimiento de operación 3.2 «Restricciones
técnicas». En cuanto al procedimiento de operación 3.2 que establece el proceso de
resolución de restricciones técnicas en el Programa Diario Base de Funcionamiento
(PDBF) y en la operación en tiempo real, destacan los siguientes cambios:
Con objeto de garantizar la participación de la zona ibérica en la primera sesión de
subasta intradiaria, aun cuando se hayan producido retrasos en la publicación de los
resultados del mercado diario más allá de las 13:00 horas (lo que podría imposibilitar al
cve: BOE-A-2024-11959
Verificable en https://www.boe.es
A. Cambios propuestos en el procedimiento de operación 3.1 «Proceso de
programación». El procedimiento de operación 3.1 que tiene por objeto establecer el
proceso de programación diaria, intradiaria y en tiempo real. Se incorporan, más allá de
ciertas actualizaciones de referencias y corrección de erratas, los siguientes cambios:
Núm. 142
Miércoles 12 de junio de 2024
Segundo.
Sec. III. Pág. 69029
Síntesis de los cambios propuestos por el operador del sistema.
La propuesta de procedimientos recibida del operador del sistema recoge los
aspectos necesarios para implementar las nuevas tres subastas intradiarias de alcance
europeo (IDA), abandonando ya las seis subastas regionales en el ámbito MIBEL.
Adaptación de los procesos de comunicación por la implantación de las subastas
intradiarias europeas (IDA), que conllevan la desaparición de procesos regionales, como
el envío a la plataforma central de la capacidad remanente entre España y Portugal tras
una subasta regional, y la incorporación de flujos programados en la interconexión
España-Francia. Además, los programas transfronterizos resultantes de cada sesión de
subasta se obtienen directamente desde la plataforma central. Adicionalmente, la
aparición de ofertas de bloque simple y complejas, hace que los operadores de sistema
ibéricos dejen de recibir del Operador del Mercado el orden de mérito de las ofertas de
compra y venta de energía resultante de la casación.
Se describen las actuaciones para la publicación del Programa Horario Final (PHF)
en caso de emergencia en el proceso de las IDA, pudiendo en tal caso la publicación del
PHF no reflejar cambios respecto al anterior PHF publicado (o respecto del PDVP, en el
caso de la IDA1). Esto sería bien por anulación de la subasta intradiaria europea, bien
por anulaciones de programa en el ámbito MIBEL, por ejemplo, porque un operador del
sistema no pueda integrar los resultados en su sistema. En este segundo caso se deberá
respetar el programa por las interconexiones que se hayan confirmado a nivel europeo.
Se mantiene la hora límite de publicación del PDVP a las 14:45 h, con el objetivo de
que el proceso de solución de restricciones técnicas del PDBF no afecte a la
participación en la primera sesión de subasta intradiaria (15:00 h). Esta hora límite lo
aplicará en caso de anulación a nivel europeo de la primera sesión de subasta intradiaria
por retrasos en los resultados del mercado diario; en tal caso, el operador del sistema
dispondrá de setenta y cinco minutos tras la publicación del PDBF para la publicación del
PDVP.
Los operadores de sistema comunicarán los valores de capacidad de intercambio y
programas comerciales en las correspondientes interconexiones con una antelación
de quince minutos respecto al cierre de sesión de la primera subasta intradiaria (15:00
h), siendo la hora límite para envío de cualquier actualización hasta cinco minutos antes
del cierre de dicha sesión.
Se revisa el cuadro de horarios para adaptarlo a los procesos acordados en ámbito
europeo, en particular, que los resultados de las subastas intradiarias deben
publicarse veinte minutos después del cierre de cada sesión (ampliado a treinta minutos
en caso de contingencia).
A nivel nacional, se considera un período de quince minutos previo a la publicación
de cada PHF para la recepción de nominaciones y desgloses.
Se especifica que las unidades de programación genéricas pueden ser utilizadas
para programar tomas de energía en cartera para la integración en el mercado de la
energía comprometida en contratos bilaterales físicos.
B. Cambios propuestos en el procedimiento de operación 3.2 «Restricciones
técnicas». En cuanto al procedimiento de operación 3.2 que establece el proceso de
resolución de restricciones técnicas en el Programa Diario Base de Funcionamiento
(PDBF) y en la operación en tiempo real, destacan los siguientes cambios:
Con objeto de garantizar la participación de la zona ibérica en la primera sesión de
subasta intradiaria, aun cuando se hayan producido retrasos en la publicación de los
resultados del mercado diario más allá de las 13:00 horas (lo que podría imposibilitar al
cve: BOE-A-2024-11959
Verificable en https://www.boe.es
A. Cambios propuestos en el procedimiento de operación 3.1 «Proceso de
programación». El procedimiento de operación 3.1 que tiene por objeto establecer el
proceso de programación diaria, intradiaria y en tiempo real. Se incorporan, más allá de
ciertas actualizaciones de referencias y corrección de erratas, los siguientes cambios: