I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Enseñanzas universitarias. (BOE-A-2024-11858)
Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de junio de 2024
Artículo 13.
Sec. I. Pág. 68215
Características básicas de los ejercicios de los que consta la prueba.
1. Los ejercicios tendrán un diseño competencial que permitirá comprobar el grado de
consecución de las competencias específicas de las materias a las que se refiere el artículo
anterior a través de la aplicación de los criterios de evaluación previstos en los currículos
establecidos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril.
2. Los ejercicios requerirán del alumnado creatividad y capacidad de pensamiento
crítico, reflexión y madurez en la resolución por escrito de una serie de preguntas o
tareas adecuadas a las competencias específicas evaluadas. El formato de respuesta
deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de corrección y calificación
previamente aprobados.
3. En consonancia con la definición de las competencias clave establecida en el
anexo I del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, las preguntas o tareas se
contextualizarán en entornos artísticos, científicos, humanísticos y tecnológicos y,
preferentemente, en entornos próximos a la vida del alumnado.
4. Cada uno de los ejercicios mencionados tendrá una duración de noventa
minutos. Se establecerá un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo,
treinta minutos. No se computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el
tiempo de realización de las pruebas del alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo a quienes se les haya prescrito dicha medida.
5. Tanto los elementos curriculares objeto de evaluación, como el número y el tipo
de preguntas o tareas, se adecuarán a la duración del ejercicio. A tal fin, se tendrá en
cuenta que el alumnado necesitará dedicar un tiempo significativo tanto a la lectura y al
análisis de la posible documentación aportada, como al diseño de la estrategia para la
resolución de las preguntas o tareas planteadas.
6. Los ejercicios podrán estar estructurados en diferentes apartados, que, a su vez,
podrán contener una o varias preguntas o tareas. Estas podrán requerir respuestas
cerradas, semiconstruidas o abiertas, siempre que en cada uno de los ejercicios la
puntuación asignada al total de preguntas o tareas de respuesta abierta y semiconstruida
alcance como mínimo el 70 por ciento.
7. En cada materia se hará entrega de un único modelo de ejercicio. Sin embargo,
si se estima conveniente, en algunos apartados, se podrá incluir la posibilidad de elegir
entre varias preguntas o tareas. Esta elección no podrá implicar en ningún caso la
disminución del número de competencias específicas objeto de evaluación.
8. Los ejercicios de las materias Lengua Castellana y Literatura II, Lengua Cooficial y
Literatura II y Lengua Extranjera II deberán ofrecerse y responderse en la lengua
correspondiente. Para el resto de los ejercicios, las administraciones educativas asegurarán
al alumnado la posibilidad de elección entre las lenguas oficiales de sus territorios.
9. En caso de que las preguntas o tareas lo requieran, para la realización de los
ejercicios de las diferentes materias, el alumnado podrá hacer uso de documentos o
herramientas auxiliares, tales como diccionarios, calculadoras, formularios o tablas. El
uso de este material estará, en todo caso, condicionado a las características de cada
materia y a los criterios de evaluación aplicables. A tal efecto, las comisiones
organizadoras de la prueba establecerán los materiales de los que el alumnado podrá
hacer uso, y, en su caso, el material que, en ningún caso, podrá ser utilizado.
10. En todos los ejercicios se incluirá información para el alumnado sobre los
criterios de corrección y calificación. Estos criterios incluirán, entre otros, parámetros que
permitan valorar los siguientes aspectos:
a) la adecuación a lo solicitado en el enunciado,
b) la coherencia, la cohesión, la corrección gramatical, léxica y ortográfica de los
textos producidos, así como su presentación.
En aquellos ejercicios en los que las preguntas o tareas propuestas requieran la
producción de textos por parte del alumnado, la valoración correspondiente a los
aspectos contemplados en el apartado b) no podrá ser inferior a un 10 por ciento de la
cve: BOE-A-2024-11858
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Miércoles 12 de junio de 2024
Artículo 13.
Sec. I. Pág. 68215
Características básicas de los ejercicios de los que consta la prueba.
1. Los ejercicios tendrán un diseño competencial que permitirá comprobar el grado de
consecución de las competencias específicas de las materias a las que se refiere el artículo
anterior a través de la aplicación de los criterios de evaluación previstos en los currículos
establecidos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril.
2. Los ejercicios requerirán del alumnado creatividad y capacidad de pensamiento
crítico, reflexión y madurez en la resolución por escrito de una serie de preguntas o
tareas adecuadas a las competencias específicas evaluadas. El formato de respuesta
deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de corrección y calificación
previamente aprobados.
3. En consonancia con la definición de las competencias clave establecida en el
anexo I del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, las preguntas o tareas se
contextualizarán en entornos artísticos, científicos, humanísticos y tecnológicos y,
preferentemente, en entornos próximos a la vida del alumnado.
4. Cada uno de los ejercicios mencionados tendrá una duración de noventa
minutos. Se establecerá un descanso entre pruebas consecutivas de, como mínimo,
treinta minutos. No se computará como periodo de descanso el utilizado para ampliar el
tiempo de realización de las pruebas del alumnado con necesidades específicas de
apoyo educativo a quienes se les haya prescrito dicha medida.
5. Tanto los elementos curriculares objeto de evaluación, como el número y el tipo
de preguntas o tareas, se adecuarán a la duración del ejercicio. A tal fin, se tendrá en
cuenta que el alumnado necesitará dedicar un tiempo significativo tanto a la lectura y al
análisis de la posible documentación aportada, como al diseño de la estrategia para la
resolución de las preguntas o tareas planteadas.
6. Los ejercicios podrán estar estructurados en diferentes apartados, que, a su vez,
podrán contener una o varias preguntas o tareas. Estas podrán requerir respuestas
cerradas, semiconstruidas o abiertas, siempre que en cada uno de los ejercicios la
puntuación asignada al total de preguntas o tareas de respuesta abierta y semiconstruida
alcance como mínimo el 70 por ciento.
7. En cada materia se hará entrega de un único modelo de ejercicio. Sin embargo,
si se estima conveniente, en algunos apartados, se podrá incluir la posibilidad de elegir
entre varias preguntas o tareas. Esta elección no podrá implicar en ningún caso la
disminución del número de competencias específicas objeto de evaluación.
8. Los ejercicios de las materias Lengua Castellana y Literatura II, Lengua Cooficial y
Literatura II y Lengua Extranjera II deberán ofrecerse y responderse en la lengua
correspondiente. Para el resto de los ejercicios, las administraciones educativas asegurarán
al alumnado la posibilidad de elección entre las lenguas oficiales de sus territorios.
9. En caso de que las preguntas o tareas lo requieran, para la realización de los
ejercicios de las diferentes materias, el alumnado podrá hacer uso de documentos o
herramientas auxiliares, tales como diccionarios, calculadoras, formularios o tablas. El
uso de este material estará, en todo caso, condicionado a las características de cada
materia y a los criterios de evaluación aplicables. A tal efecto, las comisiones
organizadoras de la prueba establecerán los materiales de los que el alumnado podrá
hacer uso, y, en su caso, el material que, en ningún caso, podrá ser utilizado.
10. En todos los ejercicios se incluirá información para el alumnado sobre los
criterios de corrección y calificación. Estos criterios incluirán, entre otros, parámetros que
permitan valorar los siguientes aspectos:
a) la adecuación a lo solicitado en el enunciado,
b) la coherencia, la cohesión, la corrección gramatical, léxica y ortográfica de los
textos producidos, así como su presentación.
En aquellos ejercicios en los que las preguntas o tareas propuestas requieran la
producción de textos por parte del alumnado, la valoración correspondiente a los
aspectos contemplados en el apartado b) no podrá ser inferior a un 10 por ciento de la
cve: BOE-A-2024-11858
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142