III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-11839)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado y el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, para la cofinanciación de la construcción de un nuevo acuartelamiento para la Guardia Civil en Trujillo (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 11 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 68055

Por todo lo anterior, las partes acuerdan formalizar la presente adenda que se
regulará de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Constituye el objeto de la presente adenda la modificación del expositivo sexto y de
las cláusulas cuarta y sexta del «Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de
Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado y el Organismo Autónomo
Jefatura Central de Tráfico, para la cofinanciación de la construcción de un nuevo
acuartelamiento para la Guardia Civil en la localidad de Trujillo (Cáceres)», y la prórroga
del mismo.
Segunda.

Modificación del expositivo sexto.

El expositivo sexto del convenio queda modificado de la siguiente manera:
«El importe de la ejecución de obra para la construcción de un nuevo
acuartelamiento de la Guardia Civil en la localidad de Trujillo asciende
a 3.988.821,51 euros, IVA incluido, importe de adjudicación de la obra a la
empresa Ferrovial Construcción, SA, con NIF A-28019206.
Por otra parte, la Dirección Facultativa de dicha construcción fue adjudicada a
“Luis Durán Ruiz”, con DNI ***1739** por importe de 101.424,78 euros, IVA
incluido.
Atendiendo a los importes indicados en los párrafos precedentes, la cuantía de
la certificación final de obra se ha calculado en la cantidad de 398.882,15 euros.»
Tercera. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
La cláusula cuarta del convenio quedará redactada de la siguiente manera:
«1. El calendario de aportaciones de cada uno de los organismos firmantes
del presente convenio se ajustará al planning de la obra con los porcentajes
establecidos en la cláusula segunda del presente convenio, resultando el siguiente
cuadro de distribución presupuestaria:
2024

2025

2026

Obra

Dirección facultativa

Obra

Dirección facultativa

Obra

Dirección facultativa

Certificación final

117.643,46

2.841,90

2.279.512,00

55.063,39

303.675,58

10.769,43

270.083,10

JCT, O.A.

56.102,61

1.355,26

1.087.069,01

26.259,00

144.818,85

5.135,80

128.799,05

Total.

173.746,07

4.197,16

3.366.581,01

81.322,39

448.494,43

15.905,23

398.882,15

GIESE, O.A.

2. El desequilibrio económico de la operación que pudiera producirse por
mayores costes en la ejecución de la obra, incluidas indemnizaciones a las que
pudiera haber lugar, será sufragado por ambos organismos autónomos en función
de los porcentajes establecidos en este documento.»
Cuarta.

Modificación de la cláusula sexta del convenio.

La cláusula sexta del convenio quedará redactada de la siguiente manera:
«En relación con lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para el seguimiento, vigilancia y
control de la ejecución de los compromisos adquiridos por los firmantes en el

cve: BOE-A-2024-11839
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