III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-11839)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado y el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, para la cofinanciación de la construcción de un nuevo acuartelamiento para la Guardia Civil en Trujillo (Cáceres).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 11 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 68054

Autónomo Jefatura Central de Tráfico, para la cofinanciación de la construcción de un
nuevo acuartelamiento para la Guardia Civil en la localidad de Trujillo (Cáceres)».
Dicho convenio, con una vigencia de tres años, según su cláusula octava adquirió
plena eficacia desde el momento de su inscripción en el Registro Electrónico de Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, lo cual tuvo lugar
el 8 de marzo de 2022, por lo que a fecha de la firma continúa vigente.
Segundo.
En ejecución del mencionado convenio, el 8 de marzo de 2023, se procedió a la firma
del contrato para la construcción de un nuevo acuartelamiento para la Guardia Civil en
Trujillo (Cáceres), adjudicado por un importe de 3.988.821,51 euros, IVA incluido, a la
empresa Ferrovial Construcción, SA, con NIF A-28019206, con un periodo de ejecución
previsto de dieciséis meses.
Igualmente, en ejecución del mencionado convenio, el 27 de febrero de 2023, se
procedió a la firma del contrato para la realización de la Dirección Facultativa de la obra
de construcción de un nuevo acuartelamiento para la Guardia Civil en Trujillo (Cáceres),
adjudicado por un importe de 101.424,78 euros, IVA incluido, a «Luis Durán Ruiz», con
DNI ***1739**.
Tercero.
Con fecha 5 de abril de 2023, se realizó el replanteo de la obra. Siendo su resultado
negativo al no haberse obtenido aún la licencia de obra municipal.
Con fecha 4 de mayo de 2023, se recibe un reparo del Ayuntamiento de Trujillo a la
solicitud de licencia de obra, debido al incumplimiento del proyecto de obra del fondo
máximo edificable.
Para subsanar el reparo y poder obtener la licencia de obra, se precisa una
modificación puntual de las normas subsidiarias ampliando el fondo máximo edificable de
la parcela donde se ubicará el inmueble a construir, la cual se está tramitando por el
Ayuntamiento de Trujillo.
Cuarto.
La tramitación de la modificación de las normas subsidiarias ha dilatado el inicio
de la obra, por lo que se hace preciso ampliar la vigencia del convenio, que finaliza
el 8 de marzo de 2025, para llevar a cabo las modificaciones y el reajuste de
anualidades de los contratos suscritos, al tener previsto la obra un plazo de ejecución
de dieciséis meses.
En lo que respecta a dicha ampliación, se hace necesario la ampliación del plazo de
vigencia del convenio con el fin de conferirle un periodo de validez, que permita llevar a
cabo la ejecución de los contratos de servicios y de obras previstos cubriendo las
eventualidades que pudieran producirse.

En la cláusula séptima de dicho documento de colaboración se establece que
cualquier modificación del mismo requerirá el acuerdo unánime de las partes y la
tramitación de la correspondiente adenda.

cve: BOE-A-2024-11839
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Quinto.