III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2024-11763)
Resolución de 4 de junio de 2024, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67571
– Comunicar al Instituto de las Mujeres con una periodicidad semestral la
información relativa al número de microcréditos tramitados y concedidos con cargo a
este convenio, así como sus importes. En dicha información no figurarán datos relativos
a personas físicas o jurídicas.
– Dar conocimiento y difusión del Programa de Microcréditos a su red de oficinas,
mediante los canales de comunicación internos (intranet, web) con el objeto de que la
información llegue al mayor número posible de beneficiarias potenciales.
No serán causas de exclusión automática del programa, sin perjuicio de que puedan
ser objeto de estudio pormenorizado en el informe de viabilidad, las siguientes:
– Ser titular de una carga hipotecaria anterior.
– Ser titular de otro préstamo personal.
– Tener cargas familiares (obligaciones derivadas de relaciones matrimoniales, de
análoga afectividad al matrimonio o de vínculos de parentesco).
– No disponer de recursos económicos suficientes.
– Carecer de experiencia empresarial, siempre que demuestre aptitudes suficientes.
– Haber incurrido en algún impago puntual de escasa cuantía. En este supuesto se
analizarán caso por caso las circunstancias, evitando el rechazo automático de la
solicitud. Todo ello al objeto de evitar que impagos puntuales de escasa cuantía (a veces
motivados por discrepancias o incumplimientos y abusos de servicios varios) impidan de
forma absoluta acceder a esta línea de financiación.
Tercera.
Características de la financiación.
Los créditos se concederán a personas físicas o a personas jurídicas, siempre que
como mínimo el 51 % del capital social sea suscrito por una o varias mujeres.
A)
Línea de microcréditos.
Dirigida a financiar proyectos de autoempleo para el inicio, consolidación o
ampliación de microempresas e iniciativas económicas y empresariales por cuenta
propia, con las siguientes condiciones:
– El porcentaje máximo de la financiación será del 100 % del coste total del proyecto
y el importe máximo será de 30.000 euros.
– El plazo de amortización será de seis años, incluidos seis meses de carencia
optativa para la emprendedora.
– El tipo fijo de interés máximo será 7,40 %.
– La comisión de apertura será 0 %.
– La comisión de estudio será 0 %.
– La comisión de amortización anticipada parcial y total será 0 %.
– No se exigirán avales a las mujeres solicitantes a título individual. Cuando quien lo
solicita sea una persona jurídica se exigirá el aval de las socias.
Línea de Préstamo Innovación:
– Dirigida a financiar proyectos de carácter innovador y con capacidad de generar
recursos para atender sus obligaciones, incluyendo la amortización del préstamo. Los
proyectos pueden ser de nueva creación de consolidación o de ampliación de
microempresas e iniciativas económicas y empresariales por cuenta propia. El porcentaje
máximo de la financiación será del 80 % del coste total del proyecto y el importe máximo
será de 50.000 euros.
– El plazo de amortización será de siete años, incluidos veinticuatro meses de
carencia optativa para la emprendedora.
– El tipo fijo de interés máximo será 7,40 %.
– La comisión de apertura será 0 %.
– La comisión de estudio será 0 %.
cve: BOE-A-2024-11763
Verificable en https://www.boe.es
B)
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67571
– Comunicar al Instituto de las Mujeres con una periodicidad semestral la
información relativa al número de microcréditos tramitados y concedidos con cargo a
este convenio, así como sus importes. En dicha información no figurarán datos relativos
a personas físicas o jurídicas.
– Dar conocimiento y difusión del Programa de Microcréditos a su red de oficinas,
mediante los canales de comunicación internos (intranet, web) con el objeto de que la
información llegue al mayor número posible de beneficiarias potenciales.
No serán causas de exclusión automática del programa, sin perjuicio de que puedan
ser objeto de estudio pormenorizado en el informe de viabilidad, las siguientes:
– Ser titular de una carga hipotecaria anterior.
– Ser titular de otro préstamo personal.
– Tener cargas familiares (obligaciones derivadas de relaciones matrimoniales, de
análoga afectividad al matrimonio o de vínculos de parentesco).
– No disponer de recursos económicos suficientes.
– Carecer de experiencia empresarial, siempre que demuestre aptitudes suficientes.
– Haber incurrido en algún impago puntual de escasa cuantía. En este supuesto se
analizarán caso por caso las circunstancias, evitando el rechazo automático de la
solicitud. Todo ello al objeto de evitar que impagos puntuales de escasa cuantía (a veces
motivados por discrepancias o incumplimientos y abusos de servicios varios) impidan de
forma absoluta acceder a esta línea de financiación.
Tercera.
Características de la financiación.
Los créditos se concederán a personas físicas o a personas jurídicas, siempre que
como mínimo el 51 % del capital social sea suscrito por una o varias mujeres.
A)
Línea de microcréditos.
Dirigida a financiar proyectos de autoempleo para el inicio, consolidación o
ampliación de microempresas e iniciativas económicas y empresariales por cuenta
propia, con las siguientes condiciones:
– El porcentaje máximo de la financiación será del 100 % del coste total del proyecto
y el importe máximo será de 30.000 euros.
– El plazo de amortización será de seis años, incluidos seis meses de carencia
optativa para la emprendedora.
– El tipo fijo de interés máximo será 7,40 %.
– La comisión de apertura será 0 %.
– La comisión de estudio será 0 %.
– La comisión de amortización anticipada parcial y total será 0 %.
– No se exigirán avales a las mujeres solicitantes a título individual. Cuando quien lo
solicita sea una persona jurídica se exigirá el aval de las socias.
Línea de Préstamo Innovación:
– Dirigida a financiar proyectos de carácter innovador y con capacidad de generar
recursos para atender sus obligaciones, incluyendo la amortización del préstamo. Los
proyectos pueden ser de nueva creación de consolidación o de ampliación de
microempresas e iniciativas económicas y empresariales por cuenta propia. El porcentaje
máximo de la financiación será del 80 % del coste total del proyecto y el importe máximo
será de 50.000 euros.
– El plazo de amortización será de siete años, incluidos veinticuatro meses de
carencia optativa para la emprendedora.
– El tipo fijo de interés máximo será 7,40 %.
– La comisión de apertura será 0 %.
– La comisión de estudio será 0 %.
cve: BOE-A-2024-11763
Verificable en https://www.boe.es
B)