III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2024-11763)
Resolución de 4 de junio de 2024, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67570
Cuarto.
Este convenio, queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el
capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Por todo lo manifestado, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Instituto de las Mujeres
y MicroBank, para facilitar el acceso a financiación de carácter específico en la puesta en
marcha, promoción, consolidación, crecimiento y mejora de proyectos empresariales
promovidos por mujeres.
Segunda.
Compromisos de las partes.
Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior.
El Instituto de las Mujeres se compromete a:
– Impulsar las políticas dirigidas a facilitar el acceso al autoempleo de las mujeres y
la consolidación, crecimiento y mejora de sus proyectos empresariales a través de la
financiación de sus planes de empresa.
– Promover el asesoramiento empresarial a las mujeres emprendedoras mediante la
tutela de sus proyectos empresariales.
– Coordinar las actuaciones recogidas en el presente convenio para la consecución
de los objetivos previstos en el mismo.
– Informar del Programa de Microcréditos, que es objeto de este convenio, a través
de sus medios de información, y en especial mediante su página web.
– Establecer los acuerdos oportunos con organizaciones intermedias, de amplia
experiencia en el ámbito empresarial femenino, al objeto de prestar el asesoramiento
técnico empresarial necesario para la elaboración, validación y tramitación a las
entidades financieras de proyectos empresariales para los cuales se solicita el
microcrédito y realizar un posterior asesoramiento y tutoría a los proyectos empresariales
que se constituyan en el ámbito del programa.
– Comunicar a las organizaciones intermedias con las que se acuerde su
colaboración para la gestión del Programa de Microcréditos, el contenido del presente
convenio, a fin de que sea conocido por las emprendedoras que soliciten un
microcrédito.
Microbank se compromete a:
– Que inicien su actividad o la hayan iniciado dentro de los tres años anteriores a la
fecha en la que el presente convenio haya devenido eficaz. Dicho periodo podrá
extenderse dos años más, siempre y cuando el objeto de la financiación vaya dirigido a
la consolidación y mejora de la competitividad de la empresa y no se trate de una mera
refinanciación de negocios que hayan devenido inviables.
– Que presenten el plan de empresa y el informe de validación emitido por las
entidades intermedias con las que el Instituto de las Mujeres haya suscrito los
correspondientes acuerdos de colaboración, en el marco de los objetivos del presente
convenio.
cve: BOE-A-2024-11763
Verificable en https://www.boe.es
Habilitar una línea de financiación de hasta diez millones de euros (10.000.000,00
euros), que se pondrá a disposición de las destinatarias del Programa de Microcréditos,
que cumplan las siguientes condiciones:
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67570
Cuarto.
Este convenio, queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el
capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Por todo lo manifestado, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Instituto de las Mujeres
y MicroBank, para facilitar el acceso a financiación de carácter específico en la puesta en
marcha, promoción, consolidación, crecimiento y mejora de proyectos empresariales
promovidos por mujeres.
Segunda.
Compromisos de las partes.
Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior.
El Instituto de las Mujeres se compromete a:
– Impulsar las políticas dirigidas a facilitar el acceso al autoempleo de las mujeres y
la consolidación, crecimiento y mejora de sus proyectos empresariales a través de la
financiación de sus planes de empresa.
– Promover el asesoramiento empresarial a las mujeres emprendedoras mediante la
tutela de sus proyectos empresariales.
– Coordinar las actuaciones recogidas en el presente convenio para la consecución
de los objetivos previstos en el mismo.
– Informar del Programa de Microcréditos, que es objeto de este convenio, a través
de sus medios de información, y en especial mediante su página web.
– Establecer los acuerdos oportunos con organizaciones intermedias, de amplia
experiencia en el ámbito empresarial femenino, al objeto de prestar el asesoramiento
técnico empresarial necesario para la elaboración, validación y tramitación a las
entidades financieras de proyectos empresariales para los cuales se solicita el
microcrédito y realizar un posterior asesoramiento y tutoría a los proyectos empresariales
que se constituyan en el ámbito del programa.
– Comunicar a las organizaciones intermedias con las que se acuerde su
colaboración para la gestión del Programa de Microcréditos, el contenido del presente
convenio, a fin de que sea conocido por las emprendedoras que soliciten un
microcrédito.
Microbank se compromete a:
– Que inicien su actividad o la hayan iniciado dentro de los tres años anteriores a la
fecha en la que el presente convenio haya devenido eficaz. Dicho periodo podrá
extenderse dos años más, siempre y cuando el objeto de la financiación vaya dirigido a
la consolidación y mejora de la competitividad de la empresa y no se trate de una mera
refinanciación de negocios que hayan devenido inviables.
– Que presenten el plan de empresa y el informe de validación emitido por las
entidades intermedias con las que el Instituto de las Mujeres haya suscrito los
correspondientes acuerdos de colaboración, en el marco de los objetivos del presente
convenio.
cve: BOE-A-2024-11763
Verificable en https://www.boe.es
Habilitar una línea de financiación de hasta diez millones de euros (10.000.000,00
euros), que se pondrá a disposición de las destinatarias del Programa de Microcréditos,
que cumplan las siguientes condiciones: