III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-11765)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Generalitat de Catalunya, para la persecución del fraude financiero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 10 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 67595

Quinto.
El ejercicio eficaz de estas facultades, cualquiera que sea su ámbito, exige un
adecuado nivel de apoyo y colaboración no sólo de los sujetos que actúan en los
mercados, sino también del resto de instituciones, organismos públicos y funcionarios, de
suerte que las relaciones que entre ellos se establezcan han de estar presididas en todo
momento por los principios de cooperación, colaboración y coordinación, tal como dispone
el apartado 1.k) del artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En este contexto, en fecha 29 de abril de 2022, se firmó un Protocolo General de
Colaboración de lucha contra el fraude financiero, que expresa la voluntad de las
Administraciones y partes suscriptoras, entre las que se encuentran la CNMV y la PGME del Departamento de Interior, para actuar con un objetivo común de lucha contra
todos los tipos y formas de fraude financiero y que tiene por objeto potenciar y mejorar la
cooperación entre las partes para la prevención y la lucha contra las ofertas de productos
y servicios financieros potencialmente fraudulentas.
Conscientes, por ello, de la necesidad de fortalecer el grado de colaboración, y al
amparo de lo previsto en la cláusula cuarta de dicho Protocolo General, es deseo de las
administraciones que suscriben el presente convenio articular mecanismos concretos
que contribuyan a facilitar el ejercicio de las respectivas funciones y competencias en
este ámbito, dentro del marco jurídico vigente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Este convenio tiene por objeto fijar el marco de colaboración entre la Policía de la
Generalitat-Mossos d’Esquadra del Departamento de Interior, a través de la Área Central
de Delitos Económicos (ACDECO) de la División de Investigación Criminal incardinada
en la Comisaría General de Investigación Criminal, y la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, en materia de persecución del fraude financiero y de las personas que
operan al margen de los cauces legales previstos en la normativa de mercado de valores
y, concretamente, en el artículo 129 de la Ley de Mercados de Valores y de los Servicios
de Inversión (personas o entidades no autorizadas).
Segunda.

Compromisos de la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra.

1. Informará a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en aquellos casos de
especial relevancia y afectación generalizada a la ciudadanía, de las entidades o personas
físicas no autorizadas que pudieran estar cometiendo o haber cometido infracciones de
normas de ordenación y disciplina de los mercados de valores.
2. Informará a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en aquellos casos de
especial relevancia y afectación generalizada a la ciudadanía, de la incoación de
procedimientos judiciales a personas físicas o jurídicas no autorizadas que pudieran haber
cometido infracciones de normas de ordenación y disciplina de los mercados de valores.
Esta comunicación se realizará previa información y consentimiento de la autoridad judicial
competente, por escrito, y tendrá el siguiente contenido:
a) Las personas jurídicas (denominación, CIF, domicilio social, oficina, administrador
y/o representantes, plataforma digital) y las personas físicas (nombre, apellidos, DNI,

cve: BOE-A-2024-11765
Verificable en https://www.boe.es

La Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra, a través del Área Central de Delitos
Económicos: