III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11662)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Desmantelamiento de las líneas eléctricas a 400 Kv Gatika-Lemoiz I y II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67069
La Agencia Vasca del Agua indica que el documento ambiental del proyecto debe
incluir un estudio pormenorizado en el que se analicen las afecciones a la vegetación de
ribera para cada uno de los apoyos, incluyendo las plataformas auxiliares y accesos al
mismo. Dicho estudio deberá incluir asimismo un análisis de alternativas de manera que
se garantice que el diseño de las actuaciones implique la mínima afección posible,
procurando priorizar el mantenimiento de la vegetación de ribera que se encuentre en
buen estado de conservación y la solución ad hoc de restauración ambiental incluyendo
las especies arbóreas y arbustivas.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco
informa que el proyecto presentado está suficientemente detallado en cuanto a la
metodología para retirada de conductores y apoyos, pero no está detallada la
restauración ambiental y paisajística tanto de las zonas afectadas temporalmente por las
obras como de las desafectadas por las dos líneas eléctricas. Entiende que no se han
cumplido los requisitos establecidos en sus informes previos y fijados por la declaración
de impacto ambiental, por lo que solicita que la propuesta de restauración sea
completada y revisada. Se deberá tener en cuenta la afección a unas 5,22 ha de
vegetación arbolada autóctona, de modo que las restauraciones se planteen en base a
especies arboladas y arbustivas autóctonas, de forma que se consiga un balance neto
cero en el plazo más reducido posible. Se plantearán zonas en las que sea posible una
restauración como zonas de interés para la búsqueda de acuerdos, zonas de titularidad
pública, etc.
La Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Vizcaya, indica
que el proyecto de desmantelamiento deberá ser presentado ante el Servicio de
Patrimonio Natural de ese organismo, para su aprobación con carácter previo al inicio de
las obras. Este organismo solicita que se respete la vegetación de los márgenes de ríos
y arroyos sin que sea talada la vegetación de ribera, y que una vez finalizada a obra, los
nuevos accesos creados sean restaurados a su estado original.
El promotor presenta documentación adicional donde analiza la vegetación existente
por tramos entre apoyos, tanto bajo los cables como en las torres en ambas líneas, e
identifica la vegetación de porte arbóreo y la vegetación de ribera en los cruces con los
cursos de agua, los accesos. Así mismo, indica las afecciones previstas a la vegetación
identificada, en las zonas con formaciones de especial interés, con especies autóctonas
(bosque mixto atlántico, vegetación de ribera), se evitarán las talas, optando por la poda
siempre que sea posible. Los trabajos de retirada del conductor no bajarán el conductor
al suelo, sino que se realizará un proceso de recogida con máquinas de tiro y freno. Del
mismo modo, el desmontaje de apoyos evitará al máximo la tala. En el análisis realizado,
aplicando las medidas señaladas se evita en general la afección. En el tramo de los
apoyos 18-19-20 de la línea LAT GAT-LMZ2 que cruza una carretera y el río Butrón con
vegetación de ribera, propone realizar un replanteo in situ con el Servicio de Patrimonio
Natural de la Diputación Foral de Vizcaya y con la Agencia Vasca del Agua, si fuera
necesario.
El promotor presenta, además, un presupuesto que es incorporado al documento
ambiental, en el que se estima talar como máximo un 20 %, es decir, 1 ha de las 5,22 ha
teóricas de tala sobre formaciones autóctonas. Esta superficie es un cálculo aproximado,
siendo en fase de replanteo de obra cuando se determinen exactamente las necesidades
de tala. En las zonas donde finalmente haya sido necesaria la tala, el promotor indica
que se planteará in situ una restauración mediante la plantación de arbolado y arbustos
autóctonos tanto para las formaciones de bosque mixto (Quercus robur, Fraxinus
excelsior, Betula alba, Acer campestre e Ilex aquifolium) como para los entornos de
vegetación de ribera (Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Salix sp y Corylus avellana),
previo acuerdo con el propietario de la parcela en cuestión. En caso de no poder llegar a
este acuerdo, el promotor hace una propuesta preliminar de parcelas de titularidad
pública donde llevar a cabo plantaciones complementarias para llegar a compensar
el 100 % del arbolado autóctono talado. Se plantean inicialmente las parcelas del entorno
de la central de Lemoiz, cuya titularidad ha pasado al Gobierno Vasco, siendo en
cve: BOE-A-2024-11662
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Sábado 8 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67069
La Agencia Vasca del Agua indica que el documento ambiental del proyecto debe
incluir un estudio pormenorizado en el que se analicen las afecciones a la vegetación de
ribera para cada uno de los apoyos, incluyendo las plataformas auxiliares y accesos al
mismo. Dicho estudio deberá incluir asimismo un análisis de alternativas de manera que
se garantice que el diseño de las actuaciones implique la mínima afección posible,
procurando priorizar el mantenimiento de la vegetación de ribera que se encuentre en
buen estado de conservación y la solución ad hoc de restauración ambiental incluyendo
las especies arbóreas y arbustivas.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco
informa que el proyecto presentado está suficientemente detallado en cuanto a la
metodología para retirada de conductores y apoyos, pero no está detallada la
restauración ambiental y paisajística tanto de las zonas afectadas temporalmente por las
obras como de las desafectadas por las dos líneas eléctricas. Entiende que no se han
cumplido los requisitos establecidos en sus informes previos y fijados por la declaración
de impacto ambiental, por lo que solicita que la propuesta de restauración sea
completada y revisada. Se deberá tener en cuenta la afección a unas 5,22 ha de
vegetación arbolada autóctona, de modo que las restauraciones se planteen en base a
especies arboladas y arbustivas autóctonas, de forma que se consiga un balance neto
cero en el plazo más reducido posible. Se plantearán zonas en las que sea posible una
restauración como zonas de interés para la búsqueda de acuerdos, zonas de titularidad
pública, etc.
La Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Vizcaya, indica
que el proyecto de desmantelamiento deberá ser presentado ante el Servicio de
Patrimonio Natural de ese organismo, para su aprobación con carácter previo al inicio de
las obras. Este organismo solicita que se respete la vegetación de los márgenes de ríos
y arroyos sin que sea talada la vegetación de ribera, y que una vez finalizada a obra, los
nuevos accesos creados sean restaurados a su estado original.
El promotor presenta documentación adicional donde analiza la vegetación existente
por tramos entre apoyos, tanto bajo los cables como en las torres en ambas líneas, e
identifica la vegetación de porte arbóreo y la vegetación de ribera en los cruces con los
cursos de agua, los accesos. Así mismo, indica las afecciones previstas a la vegetación
identificada, en las zonas con formaciones de especial interés, con especies autóctonas
(bosque mixto atlántico, vegetación de ribera), se evitarán las talas, optando por la poda
siempre que sea posible. Los trabajos de retirada del conductor no bajarán el conductor
al suelo, sino que se realizará un proceso de recogida con máquinas de tiro y freno. Del
mismo modo, el desmontaje de apoyos evitará al máximo la tala. En el análisis realizado,
aplicando las medidas señaladas se evita en general la afección. En el tramo de los
apoyos 18-19-20 de la línea LAT GAT-LMZ2 que cruza una carretera y el río Butrón con
vegetación de ribera, propone realizar un replanteo in situ con el Servicio de Patrimonio
Natural de la Diputación Foral de Vizcaya y con la Agencia Vasca del Agua, si fuera
necesario.
El promotor presenta, además, un presupuesto que es incorporado al documento
ambiental, en el que se estima talar como máximo un 20 %, es decir, 1 ha de las 5,22 ha
teóricas de tala sobre formaciones autóctonas. Esta superficie es un cálculo aproximado,
siendo en fase de replanteo de obra cuando se determinen exactamente las necesidades
de tala. En las zonas donde finalmente haya sido necesaria la tala, el promotor indica
que se planteará in situ una restauración mediante la plantación de arbolado y arbustos
autóctonos tanto para las formaciones de bosque mixto (Quercus robur, Fraxinus
excelsior, Betula alba, Acer campestre e Ilex aquifolium) como para los entornos de
vegetación de ribera (Alnus glutinosa, Fraxinus excelsior, Salix sp y Corylus avellana),
previo acuerdo con el propietario de la parcela en cuestión. En caso de no poder llegar a
este acuerdo, el promotor hace una propuesta preliminar de parcelas de titularidad
pública donde llevar a cabo plantaciones complementarias para llegar a compensar
el 100 % del arbolado autóctono talado. Se plantean inicialmente las parcelas del entorno
de la central de Lemoiz, cuya titularidad ha pasado al Gobierno Vasco, siendo en
cve: BOE-A-2024-11662
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Núm. 139