III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11662)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Desmantelamiento de las líneas eléctricas a 400 Kv Gatika-Lemoiz I y II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Sábado 8 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 67070

concreto las parcelas con referencia catastral 48056R00300208, 48056R00300115,
48056U01500001
y
48056R00300164.
Actualmente,
gran
parte
de
la
parcela 48056R00300208 está colonizada por Cortaderia selloana, planteándose la
eliminación de la franja de esta planta invasora bajo línea y su restauración con especies
propias de estos ecosistemas.
El promotor indica que las talas contarán con las autorizaciones previas del Servicio
de Montes de la Diputación Foral de Vizcaya, con el informe previo del Servicio de
Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Vizcaya y con la autorización de la Agencia
Vasca del Agua, en el caso de que algún pie se sitúe en entornos de su competencia.
La Oficina Española de Cambio Climático recomienda considerar la adaptación a los
escenarios climáticos de las especies que se utilicen para la restauración de las zonas
afectadas y la conservación de los refugios climáticos. El promotor contesta que se ha
consultado la publicación de IHOBE Refugios climáticos para hábitats de interés
comunitario y regional de la CAPV, y se han tenido en cuenta las conclusiones de dicho
informe para la propuesta de restauración.

El tránsito de vehículos y operarios, así como los ruidos que puedan generar las
obras producirán molestias a la fauna, si bien se trata de actuaciones que se realizan en
un corto periodo de tiempo. La magnitud de la afección variará según la época del año
en que se realizan los trabajos y las especies más afectadas serán aquellas ligadas a
ambientes forestales.
De las especies catalogadas que cuentan con planes de gestión en vigor,
únicamente puede verse afectado el visón europeo. El documento ambiental realiza un
análisis, diagnóstico y valoración de las repercusiones e impactos que sobre esta
especie y su dinámica poblacional pudieran tener las actuaciones del proyecto, para ello
se valora la posible afección a los cursos fluviales incluidos en la cuenca del Butrón, por
ser áreas de interés especial para esta especie de acuerdo con Plan de Gestión
específico en Bizkaia (Orden Foral 118/2006, 19 de junio). Dicho análisis concluye que
será necesario aplicar una serie de medidas como el balizamiento de la zona de obra,
alejándola de los cursos de agua y su vegetación de ribera, para que no resulte afectada.
Si la época para ejecutar el desmantelamiento coincide con el periodo crítico para el
visón europeo (entre 15 de marzo y el 31 de julio), se recabará información sobre su
presencia en los tramos entre los apoyos T-17 y T-20 de la línea GAZ-LTMZ1, y entre los
apoyos T-18 y T-20 de la GAT-LMZ2, y según los datos disponibles se establecerá la
necesidad de cumplir con una parada bilógica. Se procurará que las campas sean más
pequeñas, en zona de campiña y alejadas del río, en especial en el apoyo T-19 de la
GAT-LMZ1 y T-19 de la GAT-LMZ2, desmontando el apoyo en lugar de cortarlo desde la
base, y el cable se retirará soltando las poleas y utilizando una máquina de tiro-freno que
ayudará a rebobinar el cable, evitando la afección a la vegetación de ribera que
sobrevuela la línea.
La Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Vizcaya, para
evitar posibles efectos adversos significativos sobre el visón europeo y los galápagos
autóctonos, solicita que las labores entre los apoyos T-17 y T-20 de la línea eléctrica
GAZ-LTMZ1 y entre los apoyos T-18 y T-20 de la línea eléctrica GAT-LMZ2, deberán
ejecutarse durante los meses de agosto, septiembre y octubre. Por otra parte, la Agencia
Vasca del Agua informa que parte de la red hidrográfica afectada por el proyecto se
corresponde con el Área de interés especial para el visón europeo recogida dentro del
Registro de Zonas Protegidas del Plan Hidrológico y que también deben aplicarse a este
proyecto de desmantelamiento las condiciones establecidas en la Declaración de
Impacto Ambiental del Proyecto de interconexión eléctrica España-Francia por el Golfo
de Bizkaia, incluidas las prospecciones intensivas previstas. El promotor indica que
tendrá en cuenta las medidas establecidas por ambas entidades y las incorpora al
documento ambiental.

cve: BOE-A-2024-11662
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Efectos sobre la fauna.