III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11662)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Desmantelamiento de las líneas eléctricas a 400 Kv Gatika-Lemoiz I y II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Sábado 8 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 67066

Son áreas sensibles de interés paisajístico los Espacios de Interés Naturalístico
Gorliz-Arminzta y Armintza-Bakio y sus zonas de ampliación, y la Vega del río Butrón,
ámbito de Plan de Acción del Paisaje de Gatika, única área sensible de interés
paisajístico atravesada por el proyecto.
Las actuaciones del proyecto no atraviesan ningún Bien de Interés Cultural, conjunto
arquitectónico de interés histórico-cultural, elemento singular del patrimonio
arquitectónico, ni conjunto arquitectónico de interés rural etnográfico. El proyecto
atraviesa los siguientes elementos incluidos en el plan de gestión de ordenación urbana
del municipio de Lemoiz: el centro de patrimonio cultural del Gobierno Vasco, el conjunto
monumental del Cinturón de Hierro y el caserío Ugartegoiko.
Se han identificado otros elementos patrimoniales incluidos en los planes de gestión
de ordenación urbana de los municipios cercanos a las actuaciones, son: Caserío Errola,
Caserío Santune, Caserio Olakoetxea, Caserio Landaluze, Molino Endatxa, Caserio
Garai, Fuente-Lavadero Garai, Caserio Urribarrena y Caserio Bengoetx.
Dentro del ámbito del proyecto se encuentra el Monte de Utilidad Pública (MUP)
número 189 Igartumendi, Malgarratzaga y Presa‐Buru. Tal y como señala la Dirección
General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, tanto los apoyos como la línea de alta tensión se encuentran ubicados
fuera del dominio público marítimo-terrestre, aunque emplazados en zona de
servidumbre de protección.
c)

Características del potencial impacto:

Efectos sobre la salud humana y la atmósfera.
El documento ambiental indica que se producirá una contaminación puntual, originada
por el aumento de polvo en el ambiente, provocado por el movimiento de la maquinaria. La
afección se considera no significativa, pues los movimientos de la maquinaria son de
reducida entidad y restringidos espacialmente, el desmantelamiento de cada apoyo se
realizará en 3 ó 4 días y la duración total de la obra se estima en 90 días.
El trazado de las líneas discurre por zonas con diversa densidad poblacional y
sobrevuela algunas edificaciones. Se producirá ruido en el uso de maquinaria pesada, si
bien la generación de ruido es discontinuo y temporal. Como medida preventiva, se
utilizará maquinaria lo menos ruidosa posible y se llevará a cabo un correcto
mantenimiento y uso de aquella.
La Delegación Territorial de Vizcaya del Departamento de Salud del Gobierno Vasco
indica, que en el caso de que las obras de desmantelamiento de las líneas eléctricas
afecten a redes de abastecimiento, se tomarán todas las medidas preventivas
necesarias para evitar roturas o posibles contaminaciones de la red. En dicho caso se
procederá de acuerdo con la unidad de control y vigilancia correspondiente, si hubiera
que proceder a cortes de agua. El promotor indica que tendrá en cuenta dichas medidas.

El documento ambiental calcula la magnitud de las emisiones de los motores de
combustión de la maquinaria para las obras en 65.341 kgCO2eq.
La contribución al cambio climático por la producción y gestión de residuos de
acuerdo con los resultados obtenidos para otras instalaciones de REE, y teniendo en
cuenta los residuos generados y que en su mayoría son valorizables (aluminio, acero,
chatarra, hormigón) se estima en -3.046.580 kgCO2eq.
La Oficina Española de Cambio Climático del MITECO realiza una serie de
observaciones positivas relativas a la mitigación y a la adaptación al cambio climático, si
bien señala que el documento ambiental debería incluir el cálculo de la huella de carbono
asociada al proyecto, en la medida en que haya información al respecto. El promotor
responde que dicho cálculo se encuentra incluido en el documento ambiental e indica los
apartados concretos.

cve: BOE-A-2024-11662
Verificable en https://www.boe.es

Cambio climático.