I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Avales. (BOE-A-2024-11537)
Resolución de 5 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de junio de 2024, por el que se modifican los términos y condiciones de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 66531
correspondientes a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos para
su consideración, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
4. Instruir a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E. (CERSA) a ampliar
los plazos de solicitud y concesión de los avales otorgados a empresas y autónomos de
los sectores de pesca, acuicultura y agricultura en virtud del artículo 29 del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, y los Acuerdos de Consejo de Ministros de 23 de mayo
de 2023 y 27 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido en el anexo I del presente
Acuerdo, para hacerlos coincidir con los plazos de concesión de ayudas establecidos en
el Marco Temporal de Crisis y de Transición tras la modificación del mismo aprobada por
la Comisión Europea con fecha de 2 de mayo de 2024.
5. Las disposiciones introducidas al amparo de este acuerdo respetarán la
normativa de ayudas de estado y han sido autorizadas de acuerdo con la Decisión de la
Comisión Europea SA.114027 (2024/N), de 23 de mayo. Estas disposiciones surtirán
efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.
EXPOSICIÓN
Ante las tensiones generadas por la agresión rusa a Ucrania, el 23 de marzo de 2022
la Comisión Europea aprobó un nuevo marco temporal relativo a las medidas de ayuda
estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de
Rusia (en adelante el Marco Temporal Europeo), sobre la base del artículo 107.3 (b) del
Tratado de la Unión Europea, que alude a una grave perturbación en la economía de un
Estado miembro. Ante la prolongación del conflicto y de sus impactos, el Marco Temporal
Europeo ha sido modificado en diversas ocasiones: el 20 de julio de 2022, el 28 de
octubre de 2022, el 9 de marzo de 2023 y el 2 de mayo de 2024, entre otras cuestiones
para elevar los umbrales de ayudas originalmente fijados y para ampliar el plazo de
otorgamiento de las mismas hasta 31 de diciembre de 2024.
El artículo 29 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan
medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, creó una nueva línea de avales públicos
por importe máximo de 10.000 millones de euros que permite atender las necesidades
de liquidez estimadas, y cuyo plazo de otorgamiento ha sido ampliado hasta el 31 de
diciembre de 2023 por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre. El artículo 30
del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, regula el régimen de recuperación y
cobranza de los avales.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2022 liberó un primer tramo
de la línea de avales, por importe de 5.000 millones de euros, y estableció los términos y
condiciones del mismo, que fueron autorizados por la Decisión de la Comisión Europea
SA. 102711 (2022/N), de 2 de junio. Ha sido modificado el 11 de octubre de 2022, 22 de
noviembre de 2022, 27 de diciembre de 2022 y 5 diciembre de 2023, para adaptar las
condiciones y el plazo de otorgamiento de los avales de la línea a las modificaciones del
Marco Temporal Europeo adoptadas por la Comisión Europea y tiene por objetivo aliviar
la situación de la generalidad de las empresas y autónomos del país, por lo que se
configura con un ámbito subjetivo muy abierto, de forma que todas las empresas y
autónomos de todos los sectores excepto el sector financiero y de seguros, que se
hayan visto afectadas por los efectos económicos de la guerra en Ucrania, tales como el
incremento de los precios de la energía, materias primas o electricidad, puedan
beneficiarse de las facilidades de acceso a la liquidez que proporciona.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2022 establece los
términos y condiciones del segundo tramo de la línea de avales, por importe de 500
millones de euros, dirigido a la industria gas intensiva. Mediante Acuerdo de Consejo de
Ministros de 24 de enero de 2023 se corrigen errores del citado Acuerdo de 27 de
diciembre de 2022. Este tercer tramo fue modificado por Acuerdo de Consejo de
Ministros de 5 de diciembre de 2023.
cve: BOE-A-2024-11537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 138
Viernes 7 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 66531
correspondientes a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos para
su consideración, sujeto a disponibilidad presupuestaria.
4. Instruir a la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E. (CERSA) a ampliar
los plazos de solicitud y concesión de los avales otorgados a empresas y autónomos de
los sectores de pesca, acuicultura y agricultura en virtud del artículo 29 del Real Decretoley 6/2022, de 29 de marzo, y los Acuerdos de Consejo de Ministros de 23 de mayo
de 2023 y 27 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido en el anexo I del presente
Acuerdo, para hacerlos coincidir con los plazos de concesión de ayudas establecidos en
el Marco Temporal de Crisis y de Transición tras la modificación del mismo aprobada por
la Comisión Europea con fecha de 2 de mayo de 2024.
5. Las disposiciones introducidas al amparo de este acuerdo respetarán la
normativa de ayudas de estado y han sido autorizadas de acuerdo con la Decisión de la
Comisión Europea SA.114027 (2024/N), de 23 de mayo. Estas disposiciones surtirán
efectos desde la fecha de adopción de este acuerdo.
EXPOSICIÓN
Ante las tensiones generadas por la agresión rusa a Ucrania, el 23 de marzo de 2022
la Comisión Europea aprobó un nuevo marco temporal relativo a las medidas de ayuda
estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de
Rusia (en adelante el Marco Temporal Europeo), sobre la base del artículo 107.3 (b) del
Tratado de la Unión Europea, que alude a una grave perturbación en la economía de un
Estado miembro. Ante la prolongación del conflicto y de sus impactos, el Marco Temporal
Europeo ha sido modificado en diversas ocasiones: el 20 de julio de 2022, el 28 de
octubre de 2022, el 9 de marzo de 2023 y el 2 de mayo de 2024, entre otras cuestiones
para elevar los umbrales de ayudas originalmente fijados y para ampliar el plazo de
otorgamiento de las mismas hasta 31 de diciembre de 2024.
El artículo 29 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan
medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, creó una nueva línea de avales públicos
por importe máximo de 10.000 millones de euros que permite atender las necesidades
de liquidez estimadas, y cuyo plazo de otorgamiento ha sido ampliado hasta el 31 de
diciembre de 2023 por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre. El artículo 30
del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, regula el régimen de recuperación y
cobranza de los avales.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2022 liberó un primer tramo
de la línea de avales, por importe de 5.000 millones de euros, y estableció los términos y
condiciones del mismo, que fueron autorizados por la Decisión de la Comisión Europea
SA. 102711 (2022/N), de 2 de junio. Ha sido modificado el 11 de octubre de 2022, 22 de
noviembre de 2022, 27 de diciembre de 2022 y 5 diciembre de 2023, para adaptar las
condiciones y el plazo de otorgamiento de los avales de la línea a las modificaciones del
Marco Temporal Europeo adoptadas por la Comisión Europea y tiene por objetivo aliviar
la situación de la generalidad de las empresas y autónomos del país, por lo que se
configura con un ámbito subjetivo muy abierto, de forma que todas las empresas y
autónomos de todos los sectores excepto el sector financiero y de seguros, que se
hayan visto afectadas por los efectos económicos de la guerra en Ucrania, tales como el
incremento de los precios de la energía, materias primas o electricidad, puedan
beneficiarse de las facilidades de acceso a la liquidez que proporciona.
El Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2022 establece los
términos y condiciones del segundo tramo de la línea de avales, por importe de 500
millones de euros, dirigido a la industria gas intensiva. Mediante Acuerdo de Consejo de
Ministros de 24 de enero de 2023 se corrigen errores del citado Acuerdo de 27 de
diciembre de 2022. Este tercer tramo fue modificado por Acuerdo de Consejo de
Ministros de 5 de diciembre de 2023.
cve: BOE-A-2024-11537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 138