III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11597)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 7 de junio de 2024
Artículo 40.

Sec. III. Pág. 66773

Anticipos para necesidades diversas.

La Fundación Bancaria »la Caixa» concederá al trabajador o trabajadora que lo
solicite un anticipo del importe de hasta una mensualidad bruta, con un máximo de 8.000
euros brutos. Aquellas personas con un salario bruto mensual inferior a 4.000 euros
brutos podrán optar a dicha cantidad como máximo. Para solicitar este anticipo no será
necesaria justificación previa y se amortizará a base de deducciones a razón del 10 %
bruto de cada una de las mensualidades del trabajador o trabajadora.
El trabajador o trabajadora no podrá solicitar un nuevo anticipo en el plazo de un año
desde la amortización del anterior anticipo solicitado.
Aquellas personas con un anticipo activo a fecha 31 de diciembre de 2023 de
acuerdo con el 3.er Convenio Colectivo de la Fundación Bancaria »la Caixa», continuarán
con las mismas condiciones acordadas en su momento hasta su amortización.
Cuando durante el periodo de amortización del anticipo el trabajador o trabajadora
cause baja definitiva en la Fundación Bancaria »la Caixa» por cualquier motivo, esta
amortización puede ser objeto de compensación contra el último recibo de salario, la
liquidación correspondiente y/o la indemnización por finalización de contrato.
Ayuda escolar de 0 a 26 años.

Los trabajadores de la Fundación Bancaria »la Caixa» en activo percibirán en el
año 2024 una cantidad por cada hijo o hija de 0 a 2 años de 1.300 euros brutos anuales
y de 650 euros brutos anuales por cada hijo o hija de 3 a 26 años.
Para el año 2025, los importes serán de 1.350 euros brutos anuales y 675 euros
brutos anuales respectivamente, y para los años 2026 y 2027, la ayuda será de 1.400
euros brutos anuales y 700 euros brutos anuales respectivamente.
Se reconocerá el mismo derecho cuando se presente declaración judicial de tutela
y/o declaración administrativa de acogida, siempre que las personas tuteladas o
acogidas convivan con el trabajador o trabajadora y estén a su cargo. El límite de edad
de 26 años deberá alcanzarse antes del 31 de diciembre de cada año de vigencia del
presente convenio.
La ayuda se abonará en un solo pago durante el mes de agosto de cada año y será
en concepto de ayuda para el próximo curso escolar. Para las nuevas incorporaciones,
esta ayuda escolar se percibirá por el primer curso escolar completo y por la parte
proporcional del curso anterior desde su incorporación, y se abonará todo en el mes de
agosto.
En caso de que tanto el padre como la madre trabajen en la empresa, se abonarán a
ambos las cantidades a percibir por este concepto.
Aquellos trabajadores que acrediten su condición de familia monoparental, la ayuda
escolar que recibirán será para el año 2024 de 2.600 euros brutos para hijo o hija de 0
a 2 años y de 1.300 euros brutos para hijo hija de 3 a 26 años, y para los siguientes años
será de 2.700 euros brutos y 1.350 euros brutos para el año 2025, y de 2.800 euros
brutos y 1.400 euros brutos para los años 2026 y 2027 respectivamente, por cada hijo o
hija.
De acuerdo con la normativa aplicable, se entiende por familia monoparental aquella
que está formada por uno o más hijos menores de 21 años, o de 26 si estudian, que
conviven con una sola persona y dependen económicamente de esta.
Para los supuestos en que la condición de familia monoparental necesite
interpretación, esta se analizará y será resuelta en la Comisión Paritaria.
Artículo 42. Ayudas familiares de carácter excepcional.
a) Los trabajadores en activo de la Fundación Bancaria «la Caixa» con una
antigüedad mínima de un año que tengan efectivamente a su cargo a padre, madre o

cve: BOE-A-2024-11597
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 41.