III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11597)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 7 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66770

2. Por viajes al extranjero realizados por cuenta de la Fundación Bancaria
«la Caixa» no se abonarán dietas, sino que se abonarán los gastos de manutención
previa presentación de los comprobantes. Los gastos de desplazamiento y de
alojamiento se abonarán aparte.
3. Como compensación por los gastos de viajes realizados en vehículo propio por
cuenta de la Fundación Bancaria «la Caixa», los trabajadores percibirán, en concepto de
kilometraje, el importe de 0,37 euros brutos por kilómetro durante la vigencia del
presente convenio colectivo.
Artículo 29. Prevención de riesgos laborales.
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz de su integridad física y a
una adecuada política de prevención de riesgos laborales, así como tienen el deber de
observar y llevar a cabo todas las medidas de prevención que se les indiquen.
Asimismo, tienen el derecho de participar en la formulación de la política de
prevención y control de las medidas adoptadas a través de los representantes legales de
la Dirección y de los delegados de prevención y comités de seguridad y salud.
CAPÍTULO 5
Retribuciones
Artículo 30.

Principio general.

Todos los conceptos retributivos definidos en el presente convenio se entienden
referidos a sus importes brutos.
Artículo 31.

Años 2024, 2025, 2026 y 2027.

El salario base durante el año 2024 será el vigente a 31 de diciembre de 2023,
incrementando en él un 4,50 %. Todo ello, con efectos desde el 1 de enero de 2024, de
acuerdo con el anexo I.
Se prevé para el año 2024 una cláusula de revisión de como máximo un 1,00 % no
retroactivo si el IPC interanual de diciembre de 2023 es superior al 4,5 %.
El salario base durante el año 2025 será el vigente a 31 de diciembre de 2024,
incrementando en él un 3,00 %. Todo ello, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
El salario base durante el año 2026 será el vigente a 31 de diciembre de 2025,
incrementando en él un 3,00 %. Todo ello, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
El salario base durante el año 2027 será el vigente a 31 de diciembre de 2026,
incrementando en él un 3,00 %. Todo ello, con efectos desde el 1 de enero de 2027.
Para los años 2025, 2026 y 2027 se prevé una cláusula de revisión de como máximo
un 1,00 % para cada uno de los años, no retroactivo, si el IPC interanual de diciembre
del año anterior es superior al 3,00 %.
Las tablas salariales se revisarán cada año de acuerdo con lo negociado en el
presente convenio colectivo.
Pagas extraordinarias.

Los trabajadores de la Fundación Bancaria «la Caixa» percibirán doce pagas
anuales. Las pagas extraordinarias están prorrateadas en el recibo de nómina mensual.
Artículo 33. Complemento personal de antigüedad.
El personal afectado por este convenio percibirá, por cada tres años de antigüedad
en la empresa y para todos los niveles profesionales, un complemento personal de
antigüedad cuyo importe anual será de 900 euros brutos.

cve: BOE-A-2024-11597
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Artículo 32.