III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-11597)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 7 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66769

proporcional de sus retribuciones, para supuestos no establecidos por la ley. Esta
reducción, que tendrá como finalidad promover y facilitar la conciliación de la vida
personal y familiar del trabajador o trabajadora, tendrá la duración de un año, si bien las
partes podrán pactar una sola prórroga de un año adicional. Si, transcurrida la duración
máxima, persiste la voluntad de ambas partes de mantener la reducción de la jornada y
del salario, se someterá la petición a la Comisión Paritaria para que determine el mejor
modo de instrumentar y materializar esta voluntad, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 9.3.g.
6. El trabajador o trabajadora, al incorporarse a la Fundación Bancaria »la Caixa»
después de una baja por enfermedad continuada de nueve meses o más, tendrá
derecho a solicitar, durante los tres primeros meses de incorporación, una reducción de
entre un octavo y la mitad de la jornada de trabajo, con la reducción proporcional de sus
retribuciones.
A petición del trabajador o trabajadora, se valorará la posibilidad de prorrogar esta
reducción.
Sección 4.
Artículo 27.

Conciliación de la vida laboral y familiar

Protección de la vida familiar.

Las partes acuerdan que la trabajadora embarazada cuyo puesto de trabajo lo
permita pueda teletrabajar el 100 % de la jornada durante los dos meses previos a la
fecha prevista de parto, de conformidad con la política de teletrabajo de la Fundación
Bancaria «la Caixa». También acuerdan hacer extensiva esta medida a los trabajadores
que temporalmente tengan movilidad reducida que sea compatible con el alta laboral.
Asimismo, aquellos trabajadores que tengan a su cargo hijos con discapacidad
podrán disfrutar de una jornada continuada presencial o, ante necesidades específicas
del hijo o hija, podrán compaginar una jornada semanal de 20 horas presenciales con la
realización del resto de la jornada semanal a distancia. En todo caso, el cómputo total ha
de ser del 100 % de la jornada. Las 20 horas semanales presenciales se distribuirán en
los cinco días de la jornada laboral.
Estas solicitudes se acordarán previa autorización del responsable o la responsable y
estarán sujetas a las necesidades derivadas del puesto de trabajo.
La Comisión Paritaria actuará como mediadora en caso de que sea necesario.
CAPÍTULO 4
Disposiciones varias y seguridad y salud laboral
Artículo 28.

Dietas y kilometraje.

– Para la manutención por día completo, se abonará la cantidad de 62 euros brutos.
Para recibir este importe es obligatorio que los trabajadores pernocten.
– Para la manutención por medio día, se abonará la cantidad de 35 euros brutos.
Tanto para la manutención del día completo como para la manutención de medio día
no será necesaria la presentación de comprobantes.
Sin embargo, los trabajadores podrán optar por no aplicar el punto anterior y cobrar
los gastos originados por su manutención previa presentación de factura, de acuerdo con
la normativa vigente en cada momento.
Los gastos de desplazamiento y de alojamiento se abonarán aparte.

cve: BOE-A-2024-11597
Verificable en https://www.boe.es

1. Como compensación por los gastos de viajes realizados por cuenta de la
Fundación Bancaria «la Caixa», los trabajadores percibirán los siguientes importes
durante la vigencia del presente convenio colectivo: