III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-11513)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, para la ejecución de actuaciones por motivos de seguridad en la Unidad de Custodia Hospitalaria del nuevo Hospital Clínico Universitario de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66041
así como, a los pliegos de prescripciones técnicas y/o especificaciones técnicas que se
elaboren por la GRS para llevar a cabo las actuaciones necesarias para implantar las
medidas de seguridad.
2. Otorgar la conformidad de la Unidad de Custodia Hospitalaria para el uso
penitenciario pretendido, concurriendo al acto de recepción de las obras ejecutadas y el
equipamiento suministrado, formulando en el caso que no estén en condiciones de ser
recibidos las observaciones oportunas a las obras ejecutadas y el equipamiento
suministrado.
3. Afrontar con un importe máximo de 266.824,22 euros, la financiación de los
gastos de ejecución de las medidas necesarias con relación a la necesaria adaptación y
dotación de elementos de seguridad a tenor de los previsto en el artículo 207.3 del
Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero. La
inversión realizada generará un derecho de uso de las instalaciones de la UCH a favor
de la Administración Penitenciaria.
4. Afrontar con posterioridad a la recepción de las obras de las instalaciones y
elementos de seguridad de la UCH, el mantenimiento, reparación y eventual sustitución
de los elementos de seguridad necesarios, por todo el tiempo que la Unidad de Custodia
Hospitalaria permanezca en el nuevo Hospital Clínico Universitario de Salamanca.
5. Coordinarse de manera permanente con los responsables de la Gerencia
Regional y del Hospital para la mejor derivación, atención y control de los enfermos que
precisen ser ingresados, tanto en el orden médico como en materia de seguridad.
6. Afrontar las medidas necesarias con relación a la necesaria dotación de
elementos de seguridad a tenor de los previsto en el artículo 207.3 del Reglamento
Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, y al mantenimiento,
reparación y eventual sustitución de los elementos de seguridad necesarios, actuando
así conforme a lo previsto en su normativa y reglamentos internos.
Quinta.
Financiación.
El presupuesto máximo que se destinará a las actuaciones de adaptación y dotación
de elementos de seguridad en la UCH del nuevo Hospital Clínico Universitario de
Salamanca será de 266.824,22 euros IVA incluido, asumiendo la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias la financiación de dichas actuaciones con cargo a la
aplicación presupuestaria 16.05.133A.630, del ejercicio 2024.
Las partes, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento, podrán aprobar posibles
reajustes de las anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución del
objeto y de las actuaciones asumidas, siempre que dichos reajustes no supongan un
incremento económico de la cifra total comprometida ni un aumento del plazo global.
La Gerencia Regional de Salud remitirá a la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias copia de la formalización de los contratos de obra y/o suministro suscritos
con las empresas adjudicatarias, así como del resto de documentos que requiera la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Finalizada la ejecución de las obras y/o de la adquisición de suministros objeto de
este convenio, la Gerencia Regional de Salud procederá a notificar a la entidad estatal
esta circunstancia.
A la recepción de las obras a su terminación, y/o suministros suscritos con las
empresas adjudicatarias, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, efectuará
el desembolso de la aportación consignada en las certificaciones, así como de los
suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos, mediante el oportuno
ingreso en la cuenta de la Tesorería de la Gerencia Regional de Salud que se señale, en
el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la suscripción de las actas de
recepción.
cve: BOE-A-2024-11513
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Libramiento de cantidades por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y liquidación.
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66041
así como, a los pliegos de prescripciones técnicas y/o especificaciones técnicas que se
elaboren por la GRS para llevar a cabo las actuaciones necesarias para implantar las
medidas de seguridad.
2. Otorgar la conformidad de la Unidad de Custodia Hospitalaria para el uso
penitenciario pretendido, concurriendo al acto de recepción de las obras ejecutadas y el
equipamiento suministrado, formulando en el caso que no estén en condiciones de ser
recibidos las observaciones oportunas a las obras ejecutadas y el equipamiento
suministrado.
3. Afrontar con un importe máximo de 266.824,22 euros, la financiación de los
gastos de ejecución de las medidas necesarias con relación a la necesaria adaptación y
dotación de elementos de seguridad a tenor de los previsto en el artículo 207.3 del
Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero. La
inversión realizada generará un derecho de uso de las instalaciones de la UCH a favor
de la Administración Penitenciaria.
4. Afrontar con posterioridad a la recepción de las obras de las instalaciones y
elementos de seguridad de la UCH, el mantenimiento, reparación y eventual sustitución
de los elementos de seguridad necesarios, por todo el tiempo que la Unidad de Custodia
Hospitalaria permanezca en el nuevo Hospital Clínico Universitario de Salamanca.
5. Coordinarse de manera permanente con los responsables de la Gerencia
Regional y del Hospital para la mejor derivación, atención y control de los enfermos que
precisen ser ingresados, tanto en el orden médico como en materia de seguridad.
6. Afrontar las medidas necesarias con relación a la necesaria dotación de
elementos de seguridad a tenor de los previsto en el artículo 207.3 del Reglamento
Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, y al mantenimiento,
reparación y eventual sustitución de los elementos de seguridad necesarios, actuando
así conforme a lo previsto en su normativa y reglamentos internos.
Quinta.
Financiación.
El presupuesto máximo que se destinará a las actuaciones de adaptación y dotación
de elementos de seguridad en la UCH del nuevo Hospital Clínico Universitario de
Salamanca será de 266.824,22 euros IVA incluido, asumiendo la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias la financiación de dichas actuaciones con cargo a la
aplicación presupuestaria 16.05.133A.630, del ejercicio 2024.
Las partes, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento, podrán aprobar posibles
reajustes de las anualidades de pagos en función de la evolución de la ejecución del
objeto y de las actuaciones asumidas, siempre que dichos reajustes no supongan un
incremento económico de la cifra total comprometida ni un aumento del plazo global.
La Gerencia Regional de Salud remitirá a la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias copia de la formalización de los contratos de obra y/o suministro suscritos
con las empresas adjudicatarias, así como del resto de documentos que requiera la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Finalizada la ejecución de las obras y/o de la adquisición de suministros objeto de
este convenio, la Gerencia Regional de Salud procederá a notificar a la entidad estatal
esta circunstancia.
A la recepción de las obras a su terminación, y/o suministros suscritos con las
empresas adjudicatarias, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, efectuará
el desembolso de la aportación consignada en las certificaciones, así como de los
suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos, mediante el oportuno
ingreso en la cuenta de la Tesorería de la Gerencia Regional de Salud que se señale, en
el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la suscripción de las actas de
recepción.
cve: BOE-A-2024-11513
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Libramiento de cantidades por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y liquidación.