III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema eléctrico. (BOE-A-2024-11535)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican las condiciones relativas al balance y los procedimientos de operación para la participación del sistema eléctrico peninsular español en las plataformas europeas de balance Mari y Picasso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 6 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66328

En el caso de que detecte que se ha producido una incidencia, el OS, en
coordinación con el OM podrá realizar las actuaciones oportunas y, en su caso, podrá
realizar nuevos envíos de esta información modificando la ya enviada. En caso de
producirse esta situación, el OM y los OS del sistema ibérico adoptarán sus mejores
esfuerzos para que la secuencia de operaciones se realice a la mayor brevedad posible.
6.3

Resultado del mercado diario.

Antes de las 13:00 horas, el OS recibirá del OM el resultado de la casación en el
mercado diario, incluidos, en su caso, los programas de energía derivados de la
integración en el mercado de las contrataciones establecidas en el mercado a plazo con
entrega física de la energía, el orden de mérito de las ofertas de compra y venta de
energía resultante de la casación de ofertas en dicha sesión del mercado diario, y todas
las ofertas presentadas a dicha sesión.
Asimismo, el OS recibirá del OM la información relativa al precio marginal del
mercado diario correspondiente a las zonas de oferta de España, Portugal y Francia y
los valores de los programas de intercambio a través de las interconexiones entre
España y Francia y entre España y Portugal, así como en las interconexiones
internacionales no comunitarias.
6.4

Nominaciones después del mercado diario.

Antes de las 13:00 h, o bien antes de transcurridos 20 minutos tras la publicación de
la información correspondiente a los resultados de la contratación en el mercado diario,
el OS recibirá de los participantes del mercado la nominación de los siguientes
programas:
– Programas resultantes del mercado diario en unidades de programación, en caso
de no correspondencia unívoca entre la unidad de oferta en el mercado diario y la unidad
de programación.
– Contratos bilaterales con entrega física internos que no hayan elegido la opción de
nominación firme previa al mercado diario, incluidos los contratos bilaterales con entrega
física entre empresas comercializadoras.
– Modificaciones de contratos bilaterales internos que hayan elegido la opción de
nominación firme previa al mercado diario, siempre que esta modificación suponga un
incremento del programa de energía firme previamente comunicado y no se modifiquen
las unidades de programación con las cuales el contrato bilateral haya sido previamente
nominado.
Subasta Diaria de Respaldo (SDR) en la interconexión Francia-España.

En caso de desacoplamiento de mercados, la capacidad de intercambio disponible
en el horizonte diario será ofrecida en una Subasta Diaria de Respaldo (SDR) de
acuerdo con lo dispuesto en las reglas de asignación de capacidad aplicables a la
interconexión Francia-España.
Tras la SDR, el OS o tercero habilitado pondrá a disposición del OM el valor de
capacidad diaria autorizada para cada participante en el mercado en cada sentido
de flujo, al objeto de que esta información pueda ser tenida en cuenta para la aceptación
de ofertas al mercado diario en los casos que así corresponda.
Antes de las 13:00 horas, o bien antes de transcurridos 20 minutos tras la publicación
de la información correspondiente a los resultados del mercado diario, el OS recibirá la
nominación de los contratos bilaterales con entrega física establecidos entre la unidad de
programación genérica y la unidad de programación en frontera, al objeto de transferir, y
anular así, el programa de la unidad genérica.
Finalmente, y en caso de desacoplamiento de mercados, y si excepcionalmente
esta SDR no pudiera celebrarse, la capacidad de intercambio disponible en el horizonte
diario será ofrecida en el mercado intradiario.

cve: BOE-A-2024-11535
Verificable en https://www.boe.es

6.5