III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema eléctrico. (BOE-A-2024-11535)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican las condiciones relativas al balance y los procedimientos de operación para la participación del sistema eléctrico peninsular español en las plataformas europeas de balance Mari y Picasso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66301

junio, de creación de la CNMC, a excepción del anexo V del P.O. 7.2 y el anexo III del
P.O. 7.3, que tienen carácter confidencial.
Madrid, 25 de abril de 2024.–El Secretario del Consejo de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, Miguel Bordiu García-Ovies.
ANEXO
Condiciones relativas al balance y procedimientos de operación
– Condiciones relativas al balance.
– P.O. 1.5 Establecimiento de la reserva para la regulación frecuencia-potencia.
– P.O. 3.1 Proceso de programación.
– P.O. 3.8 Pruebas para la participación de las instalaciones en los procesos y
servicios gestionados por el operador del sistema.
– P.O. 7.2 Regulación secundaria.
– P.O. 7.3 Regulación terciaria.
– P.O. 9.1 Intercambios de información relativos al proceso de programación.
– P.O. 14.1 Condiciones generales del proceso de liquidación del operador del
sistema.
– P.O. 14.2 Admisión de participantes en el mercado y datos necesarios durante su
participación.
– P.O. 14.4 Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste
del sistema.
– P.O. 14.6 Liquidación de intercambios internacionales no realizados por
participantes en el mercado.
Condiciones relativas al balance para los proveedores de servicios de balance
y los sujetos de liquidación responsables del balance en el sistema eléctrico
peninsular español
Consideraciones
(1) Este documento constituye las condiciones relativas al balance para los
Proveedores de Servicios de Balance (BSP) y para los Sujetos de Liquidación
Responsables del Balance (BRP), conforme al artículo 18 del Reglamento (UE)
2017/2195 de la comisión, de 23 de noviembre de 2017, por el que se establece una
Directriz sobre el Balance Eléctrico (Reglamento EB), y que ha sido publicado en el
«Diario Oficial de la Unión Europea» (DOUE) con fecha 28 de noviembre de 2017, y está
en vigor desde el 18 de diciembre de 2017.
(2) Estas condiciones tienen en cuenta los principios generales y objetivos
establecidos en la siguiente regulación europea:
a) Reglamento (UE) 2017/2195 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017,
establece una directriz sobre el balance eléctrico.
b) Reglamento (UE) 2017/1485 de la Comisión, de 2 de agosto de 2017,
establece una directriz sobre la gestión de la red de transporte de electricidad.
c) Reglamento (UE) 2017/2196 de Comisión, de 24 de noviembre de 2017,
establece un código de red relativo a emergencia y reposición del servicio.
d) Reglamento (UE) 2016/631 de la Comisión, de 14 de abril de 2016,
establece un código de red sobre requisitos de conexión de generadores a la red.
e) Reglamento (UE) 2016/1388 de la Comisión, de 17 de agosto de 2016,
establece un código de red en materia de conexión de la demanda.

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cve: BOE-A-2024-11535
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