III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2024-11529)
Orden CLT/538/2024, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el desarrollo de residencias para proyectos de investigación artística relacionados con los fines y actividad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66237
de la entidad aportando cualquier documento que justifique su creación, tales como las
bases estatutarias o acta fundacional);
– o bien se tratará de colectivos o grupos constituidos de manera informal,
resultando de aplicación a los mismos lo estipulado el artículo 5.3.
2. Para optar a estas ayudas a residencias, las personas solicitantes (ya sea su
candidatura a nivel individual o como integrantes de un colectivo que presente una
candidatura conjunta) han de acreditar un perfil profesional como investigador según lo
dispuesto en el artículo 5 de las bases reguladoras.
3. No podrán concurrir las personas incluidas en alguna de las prohibiciones
señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 30.
Solicitudes.
a) Copia digitalizada de la tarjeta del número de identificación fiscal (NIF) o del
número de identificación de extranjero (NIE), en el supuesto de que no se preste el
consentimiento para la comprobación automática de estos datos por parte de la
Administración.
b) Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para las
personas solicitantes que no tengan su residencia física en territorio español y su
traducción jurada.
c) Curriculum vitae. En el caso de colectivos, adjuntar, además, el currículo de cada
integrante.
d) Breve dossier de su trayectoria investigadora, así como información
complementaria sobre sus trabajos, publicaciones, conferencias o investigaciones más
destacadas.
e) Anteproyecto relacionado con la modalidad seleccionada (de entre las
dispuestas en el anexo I de la presente convocatoria) en el que se esboce el proyecto de
investigación a desarrollar durante la residencia, cuya descripción no superará las 3.000
palabras. En él se incluirá siempre un plan de trabajo que contenga un calendario
provisional y las posibles metodologías implicadas en la investigación.
f) Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ninguna de las
causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, según lo
establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los artículos 25
y 26 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
g) Declaración responsable expresa de no haber recibido subvenciones
concurrentes o, en su caso, la relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos públicos o privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las
mismas actuaciones objeto de ayuda con el fin de evitar la doble financiación.
h) Manifestación, en la forma prevista en el modelo de solicitud conforme al anexo I
de esta convocatoria, del consentimiento u oposición para que el órgano instructor pueda
comprobar o recabar de otros órganos, administraciones o proveedores de información,
por medios electrónicos, la información sobre el cumplimiento de las obligaciones
cve: BOE-A-2024-11529
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes se cumplimentarán en idioma español o cualquiera de las lenguas
cooficiales del estado y se ajustarán al formulario de solicitud que se adjunta como
anexo I a esta convocatoria, que tiene carácter obligatorio. Este formulario de solicitud
estará accesible a través de la sede electrónica del MNCARS en la dirección https://
museoreinasofia.sede.gob.es de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
2. Cada persona o colectivo solicitante solo podrá optar por una de las siete
modalidades de residencias propuestas en el anexo I. En el caso de que se supere el
límite señalado, solo se tendrá en cuenta la última solicitud registrada, considerándose
excluidas las restantes.
3. Las personas solicitantes deberán aportar, junto con el formulario de solicitud
obligatorio del anexo I, la siguiente documentación:
Núm. 137
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de la entidad aportando cualquier documento que justifique su creación, tales como las
bases estatutarias o acta fundacional);
– o bien se tratará de colectivos o grupos constituidos de manera informal,
resultando de aplicación a los mismos lo estipulado el artículo 5.3.
2. Para optar a estas ayudas a residencias, las personas solicitantes (ya sea su
candidatura a nivel individual o como integrantes de un colectivo que presente una
candidatura conjunta) han de acreditar un perfil profesional como investigador según lo
dispuesto en el artículo 5 de las bases reguladoras.
3. No podrán concurrir las personas incluidas en alguna de las prohibiciones
señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 30.
Solicitudes.
a) Copia digitalizada de la tarjeta del número de identificación fiscal (NIF) o del
número de identificación de extranjero (NIE), en el supuesto de que no se preste el
consentimiento para la comprobación automática de estos datos por parte de la
Administración.
b) Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para las
personas solicitantes que no tengan su residencia física en territorio español y su
traducción jurada.
c) Curriculum vitae. En el caso de colectivos, adjuntar, además, el currículo de cada
integrante.
d) Breve dossier de su trayectoria investigadora, así como información
complementaria sobre sus trabajos, publicaciones, conferencias o investigaciones más
destacadas.
e) Anteproyecto relacionado con la modalidad seleccionada (de entre las
dispuestas en el anexo I de la presente convocatoria) en el que se esboce el proyecto de
investigación a desarrollar durante la residencia, cuya descripción no superará las 3.000
palabras. En él se incluirá siempre un plan de trabajo que contenga un calendario
provisional y las posibles metodologías implicadas en la investigación.
f) Declaración responsable del solicitante de no estar incurso en ninguna de las
causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, según lo
establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los artículos 25
y 26 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
g) Declaración responsable expresa de no haber recibido subvenciones
concurrentes o, en su caso, la relación exhaustiva de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos públicos o privados que pudieran afectar a la compatibilidad para las
mismas actuaciones objeto de ayuda con el fin de evitar la doble financiación.
h) Manifestación, en la forma prevista en el modelo de solicitud conforme al anexo I
de esta convocatoria, del consentimiento u oposición para que el órgano instructor pueda
comprobar o recabar de otros órganos, administraciones o proveedores de información,
por medios electrónicos, la información sobre el cumplimiento de las obligaciones
cve: BOE-A-2024-11529
Verificable en https://www.boe.es
1. Las solicitudes se cumplimentarán en idioma español o cualquiera de las lenguas
cooficiales del estado y se ajustarán al formulario de solicitud que se adjunta como
anexo I a esta convocatoria, que tiene carácter obligatorio. Este formulario de solicitud
estará accesible a través de la sede electrónica del MNCARS en la dirección https://
museoreinasofia.sede.gob.es de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
2. Cada persona o colectivo solicitante solo podrá optar por una de las siete
modalidades de residencias propuestas en el anexo I. En el caso de que se supere el
límite señalado, solo se tendrá en cuenta la última solicitud registrada, considerándose
excluidas las restantes.
3. Las personas solicitantes deberán aportar, junto con el formulario de solicitud
obligatorio del anexo I, la siguiente documentación: