III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2024-11529)
Orden CLT/538/2024, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el desarrollo de residencias para proyectos de investigación artística relacionados con los fines y actividad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Jueves 6 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 66236

CAPÍTULO III
Convocatoria de concesión de ayudas públicas a residencias para el desarrollo
de proyectos de investigación artística relacionados con los fines y la actividad
del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
Artículo 25.

Objeto y marco de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de 15 ayudas públicas para promover
residencias para el desarrollo de proyectos de investigación artística relacionados con
los fines y actividad del MNCARS.
En cada modalidad de residencia el grado de presencialidad vendrá determinado por
la naturaleza específica de la misma. Adicionalmente, y teniendo en cuenta que estas
ayudas surgen con un ánimo descentralizador y en apoyo de la cohesión artística, social
y territorial, dicha presencialidad no tendrá que vincularse necesariamente a la ciudad de
Madrid, sede principal del MNCARS.
Artículo 26.

Finalidades de las ayudas.

Las ayudas públicas para la promoción de residencias para el desarrollo de
proyectos de investigación artística relacionados con los fines y actividad del MNCARS
tendrán las siguientes finalidades:
– Impulsar, apoyar y visibilizar las prácticas artísticas actuales.
– Establecer un espacio duradero de intercambio cultural y cohesión social y territorial.
Artículo 27.

Plazo de ejecución.

1. Durante las residencias de investigación artística, las personas seleccionadas
desarrollarán un proyecto de investigación de acuerdo con la modalidad escogida entre
las previstas en el anexo I. Las residencias para desarrollar el proyecto vinculado a la
ayuda pública tendrán una duración máxima de doce (12) meses consecutivos y no
renovables.
2. El inicio del proyecto de investigación en que se basa la residencia nunca podrá
ser superior a dos (2) meses desde la publicación de la resolución de concesión de la
ayuda.
Artículo 28.

Imputación presupuestaria.

El importe máximo total imputable a la convocatoria será de doscientos cincuenta y
dos mil euros (252.000 €) distribuidos en quince ayudas por importe de dieciséis mil
ochocientos euros (16.800 €) cada una. Las ayudas concedidas se sufragarán con los
créditos de la aplicación 24.302.33XC.482.02 del Presupuesto de Gastos del MNCARS.
Artículo 29. Personas beneficiarias.
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas públicas para residencias:

a) Personas físicas, mayores de edad, de forma individual.
b) Personas físicas, mayores de edad, como integrantes de un colectivo. En este
caso los colectivos:
– bien deberán estar constituidos legalmente acreditando la naturaleza jurídica de la
entidad aportando cualquier documento que justifique su creación (como bases
estatutarias o acta fundacional). En el caso de las solicitudes colectivas, podrán
postularse colectivos constituidos legalmente (debiendo acreditar la naturaleza jurídica

cve: BOE-A-2024-11529
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