III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2024-11529)
Orden CLT/538/2024, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para el desarrollo de residencias para proyectos de investigación artística relacionados con los fines y actividad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66235
consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del citado
artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
f) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y
control financiero previstas en el título III de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o
incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de
documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los
fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las
actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales
que podrá conllevar la devolución de las cantidades percibidas y, en su caso, la pérdida
del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir.
Artículo 21.
Responsabilidad y régimen sancionador.
Las personas beneficiarias de estas ayudas quedarán sometidas al régimen
sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y el título IV de su Reglamento de desarrollo. Asimismo, quedarán
sometidas a lo dispuesto en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 22. Medios de notificación y publicidad.
La notificación o publicación de los actos y trámites del procedimiento y, en particular,
la apertura del trámite de audiencia y la resolución de concesión en concurrencia
competitiva se realizarán mediante su inserción en la página web del MNCARS,
sustituyendo a la notificación de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Artículo 23. Registro de datos de las personas beneficiarias.
1. La presente orden se registrará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
según el procedimiento previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que
se regula la Base Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y
demás ayudas públicas.
2. La Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del
Reglamento del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia podrán
acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la
Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, así como podrá acceder a otras bases de datos
de la administración que puedan suministrar datos sobre titulares reales.
3. Se podrá ceder información entre estos sistemas y el Sistema de Información del
Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la
normativa europea y nacional aplicable.
Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados de esta
solicitud serán tratados por el MNCARS con la finalidad de gestionar la participación en
este procedimiento. Se podrán ejercer los derechos ante el responsable del tratamiento
correspondiente al centro gestor, así como acceder a información adicional a través del
enlace previsto en la en la página web http://www.museoreinasofia.es/proteccion-datos.
cve: BOE-A-2024-11529
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 24.
Núm. 137
Jueves 6 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 66235
consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del citado
artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
f) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y
control financiero previstas en el título III de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o
incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de
documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los
fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las
actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales
que podrá conllevar la devolución de las cantidades percibidas y, en su caso, la pérdida
del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir.
Artículo 21.
Responsabilidad y régimen sancionador.
Las personas beneficiarias de estas ayudas quedarán sometidas al régimen
sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y el título IV de su Reglamento de desarrollo. Asimismo, quedarán
sometidas a lo dispuesto en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Artículo 22. Medios de notificación y publicidad.
La notificación o publicación de los actos y trámites del procedimiento y, en particular,
la apertura del trámite de audiencia y la resolución de concesión en concurrencia
competitiva se realizarán mediante su inserción en la página web del MNCARS,
sustituyendo a la notificación de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Artículo 23. Registro de datos de las personas beneficiarias.
1. La presente orden se registrará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
según el procedimiento previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que
se regula la Base Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y
demás ayudas públicas.
2. La Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del
Reglamento del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia podrán
acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la
Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, así como podrá acceder a otras bases de datos
de la administración que puedan suministrar datos sobre titulares reales.
3. Se podrá ceder información entre estos sistemas y el Sistema de Información del
Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la
normativa europea y nacional aplicable.
Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados de esta
solicitud serán tratados por el MNCARS con la finalidad de gestionar la participación en
este procedimiento. Se podrán ejercer los derechos ante el responsable del tratamiento
correspondiente al centro gestor, así como acceder a información adicional a través del
enlace previsto en la en la página web http://www.museoreinasofia.es/proteccion-datos.
cve: BOE-A-2024-11529
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 24.