III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11363)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del "Proyecto de instalación solar FV La Puebla 2, de 80 MW de potencia instalada, en la provincia de Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Martes 4 de junio de 2024
3.
Sec. III. Pág. 65296
Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.
El ámbito de estudio se ubica en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana y de la
Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras. Entre las infraestructuras hidráulicas
existentes, destacan las presas del Andévalo, Chanza y el Azud de Matavacas, en la
cuenca hidrográfica del Guadiana y el Embalse de Piedras, en la del río Piedras.
La intensidad de los movimientos de tierra que se realizan en la fase de construcción
de la planta solar fotovoltaica podría generar efectos sobre la calidad de las aguas
superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos y el eventual arrastre
de los mismos hacia las corrientes de agua más próximas, provocando una alteración de
la calidad de sus aguas por incremento de su carga sólida.
Son numerosos los cauces existentes en el ámbito del proyecto, destacando algunos
cursos fluviales que discurren por el interior de las parcelas de la PSFV La Puebla 2, el
Barranco de la Fuente de Cagajón y el Arroyo la Amarguilla. Además, en el interior de las
parcelas se ubican 3 balsas de riego o ganadera. A 800 m de la parte nordeste del
proyecto se sitúa el embalse de Lagunazo.
El estudio hidrológico del proyecto presenta una modelación hidráulica para delimitar
la magnitud de la inundación. Bajo las componentes geométricas e hidráulicas, se ha
procedido a modelar 4 hipótesis, obtenidas de combinar dos escenarios, el natural y el
actual, con los hidrogramas unitarios de los periodos de retorno coincidentes con la
Máxima Crecida Ordinaria, de 10, 100 y 500 años. En el escenario con el terreno en
condiciones naturales, para la componente geométrica y la Máxima Crecida Ordinaria
para la componente hidráulica, determinándose así el Dominio Público Hidráulico
Probable hidráulico (DPHP hidráulico). Para el escenario actual, que es un terreno
alterado por las modificaciones antropológicas, para la componente geométrica y el
caudal de avenida con un periodo de retorno de 10 años para la componente hidráulica,
determinándose así la inundación probable. Por otro lado, para la componente
geométrica y el caudal de avenida con un periodo de retorno de 100 años para la
componente hidráulica, sirviendo para determinar (mediante un procesamiento previo) la
Zona de Flujo Preferente (ZFP). Por último, para la componente geométrica y el caudal
de avenida con un periodo de retorno de 500 años para la componente hidráulica,
determinándose la Zona Inundable (ZI), o la inundación poco probable.
Según el estudio de análisis de vulnerabilidad y riesgos, el proyecto se sitúa en
Zonas Inundables establecidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, si bien el
estudio indica que no presenta peligro respecto a las Áreas con Riesgo Potencial
Significativo de Inundación.
Afección por generación de residuos.
Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la
obra civil, como los originados durante la apertura de zanjas y cimentaciones, la instalación
de las canalizaciones y el cierre de zanjas, tierras sobrantes del relleno de las zanjas,
hormigón de la construcción, los restos de plásticos, cartones, flejes etc. de los embalajes
de los elementos de montaje, así como los asimilables a residuos urbanos procedentes del
personal laboral de la obra. De forma general, cada residuo será almacenado en la obra
según su naturaleza, y se depositarán en el lugar destinado a tal fin, según se vayan
generando. Los residuos peligrosos que se generen en la obra se almacenarán en
recipientes cerrados y señalizados, bajo cubierto. El almacenamiento se realizará siguiendo
la normativa específica de residuos peligrosos, es decir, se almacenarán en envases
convenientemente identificados especificando en su etiquetado el nombre del residuo,
código LER, nombre y dirección del productor. Se deberá tener constancia de las
autorizaciones de los gestores de los residuos, de los transportistas y de los vertederos.
5.
Afección por utilización de recursos naturales.
Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos
directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las
cve: BOE-A-2024-11363
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 135
Martes 4 de junio de 2024
3.
Sec. III. Pág. 65296
Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.
El ámbito de estudio se ubica en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana y de la
Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras. Entre las infraestructuras hidráulicas
existentes, destacan las presas del Andévalo, Chanza y el Azud de Matavacas, en la
cuenca hidrográfica del Guadiana y el Embalse de Piedras, en la del río Piedras.
La intensidad de los movimientos de tierra que se realizan en la fase de construcción
de la planta solar fotovoltaica podría generar efectos sobre la calidad de las aguas
superficiales, como consecuencia de la producción de sedimentos y el eventual arrastre
de los mismos hacia las corrientes de agua más próximas, provocando una alteración de
la calidad de sus aguas por incremento de su carga sólida.
Son numerosos los cauces existentes en el ámbito del proyecto, destacando algunos
cursos fluviales que discurren por el interior de las parcelas de la PSFV La Puebla 2, el
Barranco de la Fuente de Cagajón y el Arroyo la Amarguilla. Además, en el interior de las
parcelas se ubican 3 balsas de riego o ganadera. A 800 m de la parte nordeste del
proyecto se sitúa el embalse de Lagunazo.
El estudio hidrológico del proyecto presenta una modelación hidráulica para delimitar
la magnitud de la inundación. Bajo las componentes geométricas e hidráulicas, se ha
procedido a modelar 4 hipótesis, obtenidas de combinar dos escenarios, el natural y el
actual, con los hidrogramas unitarios de los periodos de retorno coincidentes con la
Máxima Crecida Ordinaria, de 10, 100 y 500 años. En el escenario con el terreno en
condiciones naturales, para la componente geométrica y la Máxima Crecida Ordinaria
para la componente hidráulica, determinándose así el Dominio Público Hidráulico
Probable hidráulico (DPHP hidráulico). Para el escenario actual, que es un terreno
alterado por las modificaciones antropológicas, para la componente geométrica y el
caudal de avenida con un periodo de retorno de 10 años para la componente hidráulica,
determinándose así la inundación probable. Por otro lado, para la componente
geométrica y el caudal de avenida con un periodo de retorno de 100 años para la
componente hidráulica, sirviendo para determinar (mediante un procesamiento previo) la
Zona de Flujo Preferente (ZFP). Por último, para la componente geométrica y el caudal
de avenida con un periodo de retorno de 500 años para la componente hidráulica,
determinándose la Zona Inundable (ZI), o la inundación poco probable.
Según el estudio de análisis de vulnerabilidad y riesgos, el proyecto se sitúa en
Zonas Inundables establecidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, si bien el
estudio indica que no presenta peligro respecto a las Áreas con Riesgo Potencial
Significativo de Inundación.
Afección por generación de residuos.
Los residuos generados por este tipo de proyectos se derivan fundamentalmente de la
obra civil, como los originados durante la apertura de zanjas y cimentaciones, la instalación
de las canalizaciones y el cierre de zanjas, tierras sobrantes del relleno de las zanjas,
hormigón de la construcción, los restos de plásticos, cartones, flejes etc. de los embalajes
de los elementos de montaje, así como los asimilables a residuos urbanos procedentes del
personal laboral de la obra. De forma general, cada residuo será almacenado en la obra
según su naturaleza, y se depositarán en el lugar destinado a tal fin, según se vayan
generando. Los residuos peligrosos que se generen en la obra se almacenarán en
recipientes cerrados y señalizados, bajo cubierto. El almacenamiento se realizará siguiendo
la normativa específica de residuos peligrosos, es decir, se almacenarán en envases
convenientemente identificados especificando en su etiquetado el nombre del residuo,
código LER, nombre y dirección del productor. Se deberá tener constancia de las
autorizaciones de los gestores de los residuos, de los transportistas y de los vertederos.
5.
Afección por utilización de recursos naturales.
Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos
directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las
cve: BOE-A-2024-11363
Verificable en https://www.boe.es
4.