III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-11283)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, para la gestión del «Programa Marca e Innovación».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Lunes 3 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 64705
especialmente en materia de intangibles, tales como la marca, la reputación, el diseño y
la innovación.
Segunda.
Actividades y dinámica del Programa.
Las actividades a desarrollar objeto del presente convenio serán, en general, todas
aquellas destinadas al desarrollo del Programa, que se concretan en las siguientes
actividades:
– Se prevén entre cuatro (4) y cinco (5) ediciones del Programa, a realizar en los
doce (12) meses siguientes a la fecha en la que adquiera eficacia el convenio;
– Se prevé que cada edición se componga de hasta cinco (5) jornadas;
– Cada edición podrá estar integrada por los siguientes tipos de actividades: (i)
formación desarrollada por un equipo de expertos de las mejores empresas especialistas
en gestión de marca, innovación, diseño, reputación, valoración de marcas,
sostenibilidad o propiedad intelectual e industrial; (ii) casos prácticos presentados por los
directivos de las marcas líderes españolas, principalmente, miembros del FMRE, de
diferentes sectores y tipologías de empresas; y (iii) dinámicas que permiten generar
intercambio de experiencias entre las propias empresas que participan, fomentar
aprendizaje y networking.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre ICEX y FMRE, por ello, si bien las Partes reconocen
que lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad a la realización
de aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y mejor impacto
en sus intereses comunes.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
Las Partes asumen las siguientes obligaciones:
a)
Obligaciones comunes de las Partes:
– Codirección del Programa.
– Apoyar en todo lo necesario para el buen funcionamiento del Programa.
– Seguimiento del Programa y de su presupuesto.
– Colaboración y coordinación en la promoción y difusión del Programa.
– Colaboración y coordinación en la localización de la infraestructura y el
equipamiento para el desarrollo de las actividades del Programa, en formato presencial
o, en el caso de supuestos especiales debidamente apreciados por la Comisión de
Seguimiento prevista en este convenio, en formato telemático.
– Colaboración y coordinación en la captación de empresas participantes en el
Programa.
– Elaboración de las memorias económicas y técnicas del Programa.
Por parte de FMRE:
– Preparación de las presentaciones para la convocatoria de empresas, la gestión y
actualización de la web del Programa.
– Dirección académica del Programa, pudiendo ser contratada la dirección y la
coordinación académica a alguna institución especializada.
– Selección y coordinación de los ponentes directivos de Marcas Líderes, así como
de las visitas a empresas por parte de los participantes en el Programa.
cve: BOE-A-2024-11283
Verificable en https://www.boe.es
b)
Núm. 134
Lunes 3 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 64705
especialmente en materia de intangibles, tales como la marca, la reputación, el diseño y
la innovación.
Segunda.
Actividades y dinámica del Programa.
Las actividades a desarrollar objeto del presente convenio serán, en general, todas
aquellas destinadas al desarrollo del Programa, que se concretan en las siguientes
actividades:
– Se prevén entre cuatro (4) y cinco (5) ediciones del Programa, a realizar en los
doce (12) meses siguientes a la fecha en la que adquiera eficacia el convenio;
– Se prevé que cada edición se componga de hasta cinco (5) jornadas;
– Cada edición podrá estar integrada por los siguientes tipos de actividades: (i)
formación desarrollada por un equipo de expertos de las mejores empresas especialistas
en gestión de marca, innovación, diseño, reputación, valoración de marcas,
sostenibilidad o propiedad intelectual e industrial; (ii) casos prácticos presentados por los
directivos de las marcas líderes españolas, principalmente, miembros del FMRE, de
diferentes sectores y tipologías de empresas; y (iii) dinámicas que permiten generar
intercambio de experiencias entre las propias empresas que participan, fomentar
aprendizaje y networking.
La enumeración de las actividades mencionadas constituye un marco en el que se va
a desarrollar la colaboración entre ICEX y FMRE, por ello, si bien las Partes reconocen
que lo deseable sería dar cumplimiento a todas ellas, se dará prioridad a la realización
de aquellas que en base a un criterio de oportunidad tengan un mayor y mejor impacto
en sus intereses comunes.
Tercera. Obligaciones de las Partes.
Las Partes asumen las siguientes obligaciones:
a)
Obligaciones comunes de las Partes:
– Codirección del Programa.
– Apoyar en todo lo necesario para el buen funcionamiento del Programa.
– Seguimiento del Programa y de su presupuesto.
– Colaboración y coordinación en la promoción y difusión del Programa.
– Colaboración y coordinación en la localización de la infraestructura y el
equipamiento para el desarrollo de las actividades del Programa, en formato presencial
o, en el caso de supuestos especiales debidamente apreciados por la Comisión de
Seguimiento prevista en este convenio, en formato telemático.
– Colaboración y coordinación en la captación de empresas participantes en el
Programa.
– Elaboración de las memorias económicas y técnicas del Programa.
Por parte de FMRE:
– Preparación de las presentaciones para la convocatoria de empresas, la gestión y
actualización de la web del Programa.
– Dirección académica del Programa, pudiendo ser contratada la dirección y la
coordinación académica a alguna institución especializada.
– Selección y coordinación de los ponentes directivos de Marcas Líderes, así como
de las visitas a empresas por parte de los participantes en el Programa.
cve: BOE-A-2024-11283
Verificable en https://www.boe.es
b)