III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11278)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Anteproyecto de mejora de las instalaciones de tratamiento de la EDAR de Loiola. Saneamiento del área de San Sebastián-Bahía de Pasajes (Gipuzkoa)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Lunes 3 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 64672

El documento ambiental del proyecto con el código 20220453 se encuentra a
disposición del público en el siguiente enlace:
https://sede.miteco.gob.es/portal/site/seMITECO/navServicioContenido.
b.

Ubicación del proyecto:

El ámbito de actuación se ubica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la
provincia de Gipuzkoa, en el término municipal de San Sebastián. Las actuaciones están
comprendidas dentro de la parcela ocupada actualmente por la EDAR, próxima a la
estación de ferrocarril de Loiola y a unos 3 km al Sur de la Demarcación Marina
Noratlántica.
En el entorno inmediato de la zona de actuación, el promotor identifica 2 hábitats de
interés comunitario (HIC): 4030 Brezales secos europeos, y 6510 Prados pobres de
siega de baja altitud (Alopecurus pratensis, Sanguisorba officinalis). No se encuentra
incluido en ningún Espacio Natural Protegido.
c.

Características del potencial impacto:

Atmósfera y cambio climático: Por una parte, el impacto sobre la atmósfera
procederá fundamentalmente del deterioro puntual de la calidad del aire debido al
aumento de partículas contaminantes del humo y los gases de combustión producidos
como consecuencia del tránsito de la maquinaria durante la fase de construcción, así
como al aumento de partículas de polvo y en suspensión como consecuencia de los
movimientos de tierra y excavaciones, tránsito de maquinaria, transporte de materiales,
acopio y todas las actividades de la obra civil. El documento ambiental propone varias
medidas protectoras para minimizar las emisiones de polvo y contaminantes a la
atmósfera, entre las que se encuentra dotar las zonas de tránsito de vehículos y de
almacenamiento de áridos de firmes adecuados y sistemas de riego.
Respecto al clima, el promotor no prevé impacto sobre el mismo en el documento
ambiental, dado que la tecnología a emplear será más sostenible que la actual, por lo
que, desde una perspectiva energética, se reducirá el consumo eléctrico favoreciendo la
reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Además, las instalaciones
cuentan con aprovechamiento del biogás generado en la planta, lo cual es valorado
positivamente en el informe de la Oficina Española de Cambio Climático del MITECO. No
obstante, el organismo recomienda que el proyecto incluya el cálculo de huella de
carbono, a lo cual se ha comprometido el promotor, según consta en el expediente.
Además, en relación con la adaptación al cambio climático, la Oficina Española de
Cambio Climático del MITECO.valora positivamente que el documento ambiental
considere las proyecciones climáticas con respecto a variables como la temperatura,
precipitaciones o el ascenso del nivel del mar. No obstante, menciona que en el
apartado 7 «Riesgos» este aspecto no ha sido considerado, por lo que recomienda
incorporar las proyecciones climáticas, en especial en materia de inundaciones, para lo
cual se han de tener en cuenta los nuevos planes de gestión del riesgo de inundación de
segundo ciclo (2022-2027). Esta medida se incluye, expresamente, en el apartado
«Prescripciones adicionales» de la presente resolución.
Por último, en relación con las medidas de adaptación a los impactos del cambio
climático, menciona que el proyecto tiene como objeto dar respuesta al deficiente
tratamiento de aguas residuales que realiza en la actualidad la EDAR, por lo que la
mejora de las condiciones del vertido, adecuadas al cumplimiento de la
Directiva 91/271/CEE, presumiblemente mejorará el estado de la masa de agua costera
receptora, contribuyendo a la reducción de su vulnerabilidad frente a los impactos del
cambio climático.

cve: BOE-A-2024-11278
Verificable en https://www.boe.es

A continuación, se describen los potenciales impactos, que se deducen de la
documentación ambiental remitida por el promotor, así como de los informes recibidos en
las consultas realizadas: