II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-11110)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Subdirección Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Sábado 1 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 63738
trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge
de persona española, de persona nacional de alguno de los demás Estados miembros de
la Unión Europea cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, o de persona nacional
de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho.
– También podrán participar quienes no estando incluidos/as en el punto anterior se
encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les
habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,
podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente, así como quienes se encuentren en
situación de autorización para residir y trabajar.
– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial.
– Tener cumplidos 18 años y no exceder la edad máxima de jubilación.
– Titulación oficial universitaria superior (doctorado, máster, licenciatura, o grado).
Serán excluidos/as del proceso de selección todas aquellas personas candidatas que
no reúnan estos requisitos de participación o las que hayan presentado su solicitud fuera
de plazo.
Quinto.
Solicitudes y plazo.
La solicitud se deberá cumplimentar y presentar mediante el formulario (anexo I)
accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro
de Arte Reina Sofía en la dirección https://museoreinasofia.sede.gob.es de acuerdo con
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de diez (10) días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOE
(www.boe.es). A la solicitud deberá anexarse:
La subsanación y procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso
selectivo deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo
establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el/la interesado/a con
cualquiera de los sistemas de firma electrónica y enviada por el procedimiento telemático
establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta
aquellas solicitudes cumplimentadas por esta vía que no completen el proceso de
presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser
cve: BOE-A-2024-11110
Verificable en https://www.boe.es
– Un curriculum vitae actualizado en el que consten los títulos académicos, los
puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra
información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias
profesionales.
– Una breve carta de motivación justificando por escrito la idoneidad de la persona
candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
– Un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas
(anexo II).
– Una declaración jurada (anexo III) de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución.
Núm. 133
Sábado 1 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 63738
trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge
de persona española, de persona nacional de alguno de los demás Estados miembros de
la Unión Europea cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, o de persona nacional
de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho.
– También podrán participar quienes no estando incluidos/as en el punto anterior se
encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les
habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,
podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente, así como quienes se encuentren en
situación de autorización para residir y trabajar.
– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial.
– Tener cumplidos 18 años y no exceder la edad máxima de jubilación.
– Titulación oficial universitaria superior (doctorado, máster, licenciatura, o grado).
Serán excluidos/as del proceso de selección todas aquellas personas candidatas que
no reúnan estos requisitos de participación o las que hayan presentado su solicitud fuera
de plazo.
Quinto.
Solicitudes y plazo.
La solicitud se deberá cumplimentar y presentar mediante el formulario (anexo I)
accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro
de Arte Reina Sofía en la dirección https://museoreinasofia.sede.gob.es de acuerdo con
lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de diez (10) días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOE
(www.boe.es). A la solicitud deberá anexarse:
La subsanación y procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso
selectivo deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica, de acuerdo con lo
establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el/la interesado/a con
cualquiera de los sistemas de firma electrónica y enviada por el procedimiento telemático
establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta
aquellas solicitudes cumplimentadas por esta vía que no completen el proceso de
presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser
cve: BOE-A-2024-11110
Verificable en https://www.boe.es
– Un curriculum vitae actualizado en el que consten los títulos académicos, los
puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra
información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias
profesionales.
– Una breve carta de motivación justificando por escrito la idoneidad de la persona
candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
– Un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas
(anexo II).
– Una declaración jurada (anexo III) de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución.