II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2024-11110)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Subdirección Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Sábado 1 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 63739

conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la
presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
Únicamente para el caso de incidencia técnica o informática, debidamente justificada,
las solicitudes podrán presentarse en los registros, oficinas de correos, oficinas
consulares de España o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la
ley 39/2015, de 1 de octubre. En este caso, se cumplimentará y rubricará el modelo de
instancia que figura en el anexo I de forma manual.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/de la
aspirante.
Sexto.

Méritos a valorar.

Se considerarán, y en su caso, valorarán los siguientes méritos:
– Experiencia y trayectoria profesional acreditable mínima de ocho años en
instituciones culturales. Se valorará que dicha trayectoria incluya el desempeño de
puestos de alta responsabilidad dedicados a la gestión cultural o en áreas de Relaciones
institucionales, Protocolo, Desarrollo estratégico y comercial, Patrocinios, Transparencia
y Protección de Datos o Públicos.
– Experiencia en la concepción y producción de proyectos de marketing o
desarrollos comerciales en el ámbito cultural.
– Experiencia en la captación de recursos propios de instituciones culturales.
– Capacidad de comunicación pública y oratoria para ejercer tareas de representación
de la institución cuando corresponda.
– Amplia agenda de contactos internacionales en el sector.
– Publicaciones y presentaciones públicas sobre gestión de recursos y organización
de proyectos culturales.
– Conocimiento de idiomas, siendo imprescindible el dominio oral y escrito tanto del
español como del inglés.
– Capacidad de liderazgo y capacidad de trabajo en equipo.
– Disponibilidad para viajar.
Séptimo. Desarrollo del proceso.
La valoración de las competencias profesionales evaluables será realizada por el
Director del MNCARS, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los
elementos valorados en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.
El Director del MNCARS actuará asesorado por una comisión de valoración, que
incluye, al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en
procesos de selección de directivos públicos.
La comisión estará presidida por el Director del MNCARS e integrada por:

Las personas integrantes de la comisión de valoración no podrán ejercer sus
funciones cuando exista conflicto de interés y deberán abstenerse de intervenir cuando
concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre. Todos los representantes que intervengan en la comisión de valoración deberán
manifestar de forma expresa, mediante declaración responsable, la ausencia de
conflictos de interés a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
A la vista de los méritos acreditados, el Director del MNCARS, citará a una entrevista
personal a los candidatos/as para comprobar su idoneidad para el puesto y tener un
mejor conocimiento de sus méritos y su capacidad. Los expertos de la comisión de
valoración estarán presentes en las mismas. Finalmente se elaborará un informe de

cve: BOE-A-2024-11110
Verificable en https://www.boe.es

– Don Julián González Cid (Subdirector Gerente del MNCARS).
– Doña Guadalupe Herranz Escudero (Secretaria del Real Patronato del MNCARS).
– Doña Sara Horganero Gómez (Subdirectora Adjunta a Gerencia del MNCARS).