III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-11047)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Andalucía, SAU, la autorización administrativa previa para el módulo fotovoltaico "FV Majal Alto", de 43,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Puebla de Guzmán (Huelva), para su hibridación con el parque eólico existente Majal Alto.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63424

consideraciones en materia de medio ambiente son objeto del trámite de evaluación de
impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaración de
impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en
cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma. El organismo emite
posteriormente un informe complementario, en el que señala haber recibido del promotor
el correspondiente Estudio Hidrológico-Hidráulico, el cual ha supervisado
favorablemente, y emite un condicionado técnico. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Preguntados el Ayuntamiento de Puebla de Guzmán, la Diputación Provincial de
Huelva, la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería de Industria y Minas
de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Energía de la Consejería de Industria y
Minas de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Infraestructuras de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Fomento de la Junta de Andalucía, y
Endesa Distribución Eléctrica, SA, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que
se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2
del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de octubre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 18 de octubre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Huelva». No se recibieron alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
(en adelante, EsIA) acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo
establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, a la Dirección General de Emergencias y
Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior de la
Junta de Andalucía, a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de
Planificación y Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Calidad Ambiental y
Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Patrimonio Histórico y
Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía,
y a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación de la Consejería de
Sostenibilidad, Cambio Climático y Economía Azul de la Junta de Andalucía.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva emitió
informe en fecha 28 de enero de 2022, complementado posteriormente.
Con fecha 21 de junio de 2022 el órgano ambiental emite requerimiento al promotor
en que solicita información adicional relativa al estudio de impacto ambiental (EsIA). Con
fecha 2 de agosto de 2022, el promotor presenta información en respuesta a dicho
requerimiento, la cual ha sido considerada en el trámite de evaluación ambiental.
Para las modificaciones al proyecto que se debieran presentar, fruto de la tramitación
realizada, será de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento
de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y de su infraestructura de evacuación asociada, junto a
su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaración
de impacto ambiental favorable, concretada mediante Resolución de 22 de diciembre
de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para

cve: BOE-A-2024-11047
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132