III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11058)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la Proactividad y Buenas Prácticas en el Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63490
Tercera. Requisitos de las solicitudes.
La candidatura que opte al premio deberá estar explicada en un documento que
deberá aportarse en original y copia en formato digital en el caso de la presentación no
telemática (el archivo informático deberá permitir su apertura en programas comúnmente
usados con extensiones del tipo «PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS, PDF,
ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF»). En el caso de presentación de los
trabajos de forma telemática, los trabajos y documentación deberá presentarse en
formato electrónico o digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en
programas comúnmente usados con extensiones del mismo tipo que las descritas
anteriormente).
Los trabajos escritos, tendrán una extensión máxima de 100 páginas y letra Arial 11
con interlineado simple, y podrán presentarse en idioma original, si bien en caso de ser
diferente del castellano deberán acompañarse de traducción a este último idioma
obligatoriamente.
Igualmente, cada candidatura debe incluir un resumen ejecutivo en castellano de
acuerdo con el modelo del anexo 2.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.
Cuarta. Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los proyectos puestos en marcha con anterioridad a la fecha
de finalización del plazo para su presentación (15 de octubre de 2024).
Quinta. Dotación del premio.
Ambas modalidades del premio, sin dotación económica, contarán con mención
honorífica, mediante diploma concedido al efecto y la difusión de los proyectos y buenas
prácticas premiadas a través de la página web de la AEPD. Asimismo, se otorgará a
cada candidatura premiada un trofeo acreditativo del premio obtenido.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo concluirá el 15 de
octubre de 2024.
Quienes deseen participar en la modalidad A deberán presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo que se estime oportuno.
En la modalidad B, los participantes habrán de presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-B debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo oportuno.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al trabajo a valorar, así como otra documentación
justificativa de requisitos y méritos, en su caso, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a
través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
cve: BOE-A-2024-11058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63490
Tercera. Requisitos de las solicitudes.
La candidatura que opte al premio deberá estar explicada en un documento que
deberá aportarse en original y copia en formato digital en el caso de la presentación no
telemática (el archivo informático deberá permitir su apertura en programas comúnmente
usados con extensiones del tipo «PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS, PDF,
ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF»). En el caso de presentación de los
trabajos de forma telemática, los trabajos y documentación deberá presentarse en
formato electrónico o digital (el archivo informático deberá permitir su apertura en
programas comúnmente usados con extensiones del mismo tipo que las descritas
anteriormente).
Los trabajos escritos, tendrán una extensión máxima de 100 páginas y letra Arial 11
con interlineado simple, y podrán presentarse en idioma original, si bien en caso de ser
diferente del castellano deberán acompañarse de traducción a este último idioma
obligatoriamente.
Igualmente, cada candidatura debe incluir un resumen ejecutivo en castellano de
acuerdo con el modelo del anexo 2.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.
Cuarta. Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los proyectos puestos en marcha con anterioridad a la fecha
de finalización del plazo para su presentación (15 de octubre de 2024).
Quinta. Dotación del premio.
Ambas modalidades del premio, sin dotación económica, contarán con mención
honorífica, mediante diploma concedido al efecto y la difusión de los proyectos y buenas
prácticas premiadas a través de la página web de la AEPD. Asimismo, se otorgará a
cada candidatura premiada un trofeo acreditativo del premio obtenido.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo concluirá el 15 de
octubre de 2024.
Quienes deseen participar en la modalidad A deberán presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-A debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo que se estime oportuno.
En la modalidad B, los participantes habrán de presentar su candidatura en el
modelo de solicitud que figura en el anexo 1-B debidamente cumplimentada y firmada,
acompañada de una memoria descriptiva del proyecto, así como de la documentación y
el material de apoyo oportuno.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al trabajo a valorar, así como otra documentación
justificativa de requisitos y méritos, en su caso, deberá ser presentada de manera
telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la
Agencia Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a
través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
cve: BOE-A-2024-11058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132