III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11062)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales "Emilio Aced", para el año 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63533
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf.
Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios ficheros, y
exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y sucesivos envíos
adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de documentación de registro de
entrada», en la que se debe indicar el número de registro sobre el que se añaden los
nuevos documentos.
Séptima. Subsanación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado mediante correo electrónico a la dirección facilitada en su inscripción, para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
citada ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octava.
Criterios de valoración.
Los trabajos que cumplan con el objeto y los requisitos de los candidatos se
valorarán sobre 100 puntos atendiendo a los criterios que se desarrollan en el anexo 3.
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Investigación en
Protección de Datos Personales Emilio Aced corresponde a la Secretaría General de la
AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al
jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada su naturaleza, en el trámite de
instrucción se prescindirá de audiencia, conforme autoriza el artículo 24.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Su función, de acuerdo con lo previsto por el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, será la de valorar, conforme a los criterios
establecidos en la base octava de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio.
Valoradas las solicitudes, el jurado emitirá el correspondiente informe proponiendo la
concesión del premio al órgano concedente de la subvención.
El jurado estará compuesto por:
Presidenta: la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
Vocales: miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato
en el momento de efectuarse el fallo.
La secretaría, con voz y sin voto, corresponderá a la secretaria de dicho Consejo.
cve: BOE-A-2024-11062
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Jurado.
Núm. 132
Viernes 31 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 63533
Para la presentación telemática de solicitudes se deberán tener en cuenta las
instrucciones y restricciones técnicas que se detallan a continuación:
Podrá acceder a la Sede Electrónica de la AEPD y su registro a través del enlace:
https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formPremiosAEPD/
premiosAEPD.jsf.
Tipos de documentos permitidos: PPTX, JPG, TXT, XML, XSIG, XLSX, ODG, ODS,
PDF, ODP, PNG, SVG, TIFF, MP3, MP4, DOCX y RTF.
No se pueden adjuntar dos documentos iguales.
Tamaño máximo permitido para un documento: 100,0 MB. Si supera el tamaño
máximo de fichero se deberá fraccionar.
El máximo de ficheros a adjuntar en un mismo envío es de 4. Si son varios ficheros, y
exceden de 4, se deberá realizar un primer envío con los 4 primeros, y sucesivos envíos
adjuntando más ficheros con la opción de «Ampliación de documentación de registro de
entrada», en la que se debe indicar el número de registro sobre el que se añaden los
nuevos documentos.
Séptima. Subsanación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud
de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66 y, en su caso, los que
señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá
al interesado mediante correo electrónico a la dirección facilitada en su inscripción, para
que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la
citada ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octava.
Criterios de valoración.
Los trabajos que cumplan con el objeto y los requisitos de los candidatos se
valorarán sobre 100 puntos atendiendo a los criterios que se desarrollan en el anexo 3.
La valoración final resultará de la suma de las correspondientes notas parciales.
Novena.
Órgano instructor.
La instrucción del procedimiento de concesión del Premio de Investigación en
Protección de Datos Personales Emilio Aced corresponde a la Secretaría General de la
AEPD, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al
jurado para su valoración. Por tratarse de un premio, dada su naturaleza, en el trámite de
instrucción se prescindirá de audiencia, conforme autoriza el artículo 24.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Su función, de acuerdo con lo previsto por el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, será la de valorar, conforme a los criterios
establecidos en la base octava de la convocatoria, las solicitudes presentadas al premio.
Valoradas las solicitudes, el jurado emitirá el correspondiente informe proponiendo la
concesión del premio al órgano concedente de la subvención.
El jurado estará compuesto por:
Presidenta: la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.
Vocales: miembros del Consejo Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato
en el momento de efectuarse el fallo.
La secretaría, con voz y sin voto, corresponderá a la secretaria de dicho Consejo.
cve: BOE-A-2024-11062
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Jurado.