III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11062)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales "Emilio Aced", para el año 2024.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Viernes 31 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 63534

En caso de empate decidirá el voto de calidad de la presidenta.
El jurado podrá plantear al órgano concedente declarar desierto el premio motivando
dicha propuesta.
La directora de la Agencia Española de Protección de Datos podrá designar un
consejo asesor compuesto por empleados públicos de la AEPD para evaluar las
candidaturas recibidas y presentar sus conclusiones al jurado.
Undécima.

Resolución y publicación de la concesión.

El órgano concedente es la directora de la Agencia Española de Protección de
Datos. La resolución definitiva de la convocatoria será dictada por la directora de la
Agencia Española de Protección de Datos. Esta resolución pondrá fin a la vía
administrativa y se publicará en la página web de la AEPD.
Duodécima.

Información de la concesión de premios y entrega de los mismos.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá
exceder de seis meses. Se computará desde el 15 de octubre de 2024, fecha final del
plazo de presentación de los trabajos de acuerdo con la base sexta. La lista de
premiados se hará pública a través de la página web de la AEPD. La entrega de los
premios se realizará en un acto público convocado al efecto con posterioridad a la fecha
de la publicación del fallo del jurado, intentando que coincida con la semana en que se
celebra el Día de la Protección de Datos en Europa (28 de enero de 2025).
Decimotercera.

Aceptación de las bases.

La participación en la convocatoria implica la aceptación de todas sus bases.
La participación incluye, igualmente, la aceptación de que por parte de la AEPD se
podrá proceder a la mera divulgación pública del trabajo premiado, sin finalidad lucrativa
y por un período de tiempo no superior a seis meses, así como a que por la AEPD se
pueda difundir, a través de su página web, un extracto del trabajo premiado.
La AEPD podrá proceder igualmente a hacer referencia a la entidad que hubiera
financiado la realización del trabajo premiado.
Decimocuarta.

Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios están obligados al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y a lo demás que
establezca la normativa aplicable.
Reintegro del premio.

En caso de concurrir alguna de las causas de nulidad o anulabilidad a las que hace
referencia el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la directora de la AEPD adoptará la resolución que corresponda con
arreglo a lo establecido en dicho artículo.
En los supuestos de reintegro de la cantidad percibida por concurrir alguna de las
causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, corresponderá el reintegro total y se tramitará en los términos
establecidos en dicha ley.
En caso de renuncia al premio, el adjudicatario deberá presentar la correspondiente
solicitud fundamentada dirigida a la directora de la AEPD quien resolverá, si procede, la
devolución de la cantidad percibida.

cve: BOE-A-2024-11062
Verificable en https://www.boe.es

Decimoquinta.