III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2024-11062)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio de Investigación en Protección de Datos Personales "Emilio Aced", para el año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de mayo de 2024

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caso de ser diferente del castellano deberán acompañarse de traducción a este último
idioma.
Igualmente, las obras se acompañarán de un resumen ejecutivo en castellano e
inglés de acuerdo con el modelo del anexo 2.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos dará lugar a la exclusión de la
propuesta.uarta. Plazo de ejecución de los proyectos.
Pueden optar al premio los trabajos elaborados desde la publicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea del Reglamento General de Protección de Datos, el 4 de
mayo de 2016, hasta la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín
Oficial del Estado».
Quinta. Dotación del premio.
El premio de Investigación en Protección de Datos Personales Emilio Aced consistirá
en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 euros) y la difusión de un
extracto del trabajo premiado a través de la web de la AEPD.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos euros
(1.500,00 euros).
En caso de que el jurado proponga declarar desierto el premio, este podrá proponer
otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 euros).
Los premiados contarán con mención honorífica, mediante diploma concedido al
efecto. Asimismo, se otorgará por cada candidatura premiada un trofeo acreditativo del
premio obtenido.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 13.301.135M.48, de una cuantía estimada máxima de cuatro mil
quinientos euros (4.500,00 euros), quedando condicionada su concesión a la existencia
de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el momento en que se dicte la
resolución de concesión.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes y formalización.
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de
publicación de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación
de los trabajos concluirá el 15 de octubre de 2024.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud que figura
en el anexo 1, debidamente cumplimentado y firmado.
Para la presentación de los trabajos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con
las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la
citada ley, la documentación relativa al trabajo a valorar, así como otra documentación
justificativa de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera telemática
obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán a la directora de la Agencia
Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la Agencia
Española de Protección de Datos (sedeagpd.gob.es).
Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a
través de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos
(sedeagpd.gob.es), aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Agencia
Española de Protección de Datos, c/ Jorge Juan n.º 6, planta baja, 28001 Madrid, o en
cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
haciendo constar en el sobre la misma dirección.

cve: BOE-A-2024-11062
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Núm. 132