III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-10901)
Resolución de 23 de mayo de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Repsol Exploración Murzuq, SA, para el desarrollo de actividades académicas del Instituto para 2024 y 2025.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Jueves 30 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62706

Como consecuencia de lo anterior, la Parte perjudicada por el incumplimiento
notificará a la Parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado
plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este
requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia
y control de la ejecución del convenio.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
Parte que lo dirigió notificará a las Partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio no dará lugar
a indemnización alguna, salvo en caso de que la actividad patrocinada no se llegase a
ejecutar por causa no imputable al patrocinador, en cuyo caso el Instituto Cervantes
procederá al reintegro total o parcial de lo aportado por el patrocinador.
d. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Los efectos de la resolución del convenio se regirán conforme a lo dispuesto en el
artículo 52 LRJSP y en particular, respecto al apartado 3 de este artículo cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio y existan actuaciones en
curso de ejecución, las Partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y
control de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y
finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas en el plazo
improrrogable de seis meses.
Undécima.

Notificaciones.

Cualquier notificación o comunicación a realizar en relación a este convenio deberá
realizarse por escrito en español por correo certificado, burofax o correo electrónico.
Sujeto a lo dispuesto en a la cláusula novena, dicha notificación o comunicación
deberá remitirse a la dirección del Responsable de cada Parte.
Cada notificación o comunicación estará dirigida a la atención de:
Instituto Cervantes.
Dirección: 120 Av. de la Liberté, 1002 Túnez-Belvédère.
A la atención de: Director del Instituto Cervantes de Túnez.
Correo electrónico: dirtun@cervantes.es

Todas las comunicaciones y notificaciones se considerarán válidamente realizadas (i)
en el caso de comunicaciones y notificaciones entregadas mediante correo certificado,
cuando se expida acuse de recibo por el destinatario o se confirme la entrega por la oficina
de correos, (ii) en el caso de comunicaciones y notificaciones entregadas mediante
burofax durante horas laborables (en el sitio de destino), y (iii) en el caso de
comunicaciones y notificaciones enviadas mediante correo electrónico, cuando se
reconozca el recibo de dicho correo electrónico por el destinatario.
Cualquier Parte podrá notificar a la otra Parte (de la manera establecida en ésta
cláusula undécima) cualquier modificación en su nombre, persona de contacto, dirección
o correo electrónico indicando la fecha en la cual esta modificación ha de surtir efectos,
sin perjuicio de que dicha notificación surtirá efectos a partir de la fecha detallada en la
notificación como fecha en la que el cambio ha de surtir efectos.

cve: BOE-A-2024-10901
Verificable en https://www.boe.es

REMSA.
Dirección: Oficinas REMSA - Gurgi Road Km 9 Algiran, West Tripoli–Libya.
A la atención de: Mikel Erquiaga.
Correo electrónico: merquiaga@repsol.com