III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-10901)
Resolución de 23 de mayo de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Repsol Exploración Murzuq, SA, para el desarrollo de actividades académicas del Instituto para 2024 y 2025.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Duodécima.
Sec. III. Pág. 62707
Ley aplicable y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la LRJSP que en el capítulo VI del título preliminar regula los acuerdos adoptados por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
derecho privado para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las Partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente convenio conforme a la legislación española, se
resolverán de forma amistosa entre los representantes designados por las Partes para el
seguimiento y control del presente convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas
Partes acuerdan expresamente someterse al orden jurisdiccional contenciosoadministrativo según las previsiones de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y a los tribunales de la ciudad de Madrid.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman electrónicamente
el presente convenio en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Germinal Gil de
Gracia, Director del Instituto Cervantes de Túnez, 22 de mayo de 2024.–Por REMSA,
Mikel Erquiaga Aguirre, Apoderado, 22 de mayo de 2024.
ANEJO I
Certificación justificativa como Entidad Beneficiaria de Mecenazgo derivada
del convenio entre el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Murzuq, SA
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
1.
Datos de identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre: Repsol Exploración Murzuq, SA.
Dirección: calle Méndez Álvaro, 44, 28045, Madrid.
NIF: A-79787453.
Nombre: Instituto Cervantes.
Dirección: calle Alcalá, 49.
NIF: Q-2812007-I.
El Instituto Cervantes se encuentra incluido entre las entidades reguladas en el
artículo 16 de la mencionada Ley 49/2002. La aportación será destinada a la realización
de actividades que se efectúen en cumplimiento de los fines para los que fue creado el
Instituto Cervantes: promoción universal del español y difusión de la cultura en el
exterior.
cve: BOE-A-2024-10901
Verificable en https://www.boe.es
Entidad beneficiaria:
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Duodécima.
Sec. III. Pág. 62707
Ley aplicable y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la LRJSP que en el capítulo VI del título preliminar regula los acuerdos adoptados por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
derecho privado para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las Partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente convenio conforme a la legislación española, se
resolverán de forma amistosa entre los representantes designados por las Partes para el
seguimiento y control del presente convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas
Partes acuerdan expresamente someterse al orden jurisdiccional contenciosoadministrativo según las previsiones de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y a los tribunales de la ciudad de Madrid.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las Partes firman electrónicamente
el presente convenio en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Germinal Gil de
Gracia, Director del Instituto Cervantes de Túnez, 22 de mayo de 2024.–Por REMSA,
Mikel Erquiaga Aguirre, Apoderado, 22 de mayo de 2024.
ANEJO I
Certificación justificativa como Entidad Beneficiaria de Mecenazgo derivada
del convenio entre el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Murzuq, SA
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
1.
Datos de identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre: Repsol Exploración Murzuq, SA.
Dirección: calle Méndez Álvaro, 44, 28045, Madrid.
NIF: A-79787453.
Nombre: Instituto Cervantes.
Dirección: calle Alcalá, 49.
NIF: Q-2812007-I.
El Instituto Cervantes se encuentra incluido entre las entidades reguladas en el
artículo 16 de la mencionada Ley 49/2002. La aportación será destinada a la realización
de actividades que se efectúen en cumplimiento de los fines para los que fue creado el
Instituto Cervantes: promoción universal del español y difusión de la cultura en el
exterior.
cve: BOE-A-2024-10901
Verificable en https://www.boe.es
Entidad beneficiaria: