III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Puertos. (BOE-A-2024-10912)
Orden TRM/509/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueba la modificación sustancial de la delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Bilbao.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62751
6. Incorporar las coordenadas exactas de las desafectaciones aprobadas por
OOMM de 4 de diciembre de 2019 en el ámbito de Zorrotza y 20 de diciembre de 2021
en el de Zorrotzaurre.
7. No autorizar usos no portuarios en los rellenos incorporados.
Asimismo, se incluyen una serie de observaciones que, sin condicionar la aprobación
del presente expediente, deberán atenderse en próximas modificaciones, o en su defecto
en los Planes Especiales de Ordenación.
Con fecha 27 de septiembre de 2023, la Autoridad Portuaria de Bilbao emite un
escrito de respuesta al informe emitido por la Dirección General de la Costa y el Mar de
fecha 5 junio de 2023, remitido a esta Dirección General con fecha 29 de septiembre
de 2023, donde confirma que la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao muestra
su conformidad al cumplimiento de las siguientes tramitaciones y condiciones esenciales:
1. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de las aguas arriba de la ría del Nervión en el municipio de Bilbao, así como del
resto del Canal de Deusto.
2. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de las playas de Ereaga, Arrigunaga y Las Arenas y sus respectivas zonas de
baño, desafectación que se ceñirá a los arenales de las citadas playas, sin incluir sus
zonas traseras, y a sus zonas de baños.
3. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de los terrenos naturales vinculados al tramo de costa natural en Getxo
descrito en el informe de la Dirección General de la Costa y el Mar como zona «entre el
final del aparcamiento del parque Portu-Zarra y el espigón sur de cierre de la playa de
Arrigunaga», así como la colindante zona de baño de 50 m desde BMVE.
Por el contrario, la solicitud de desafectación relativa al otro tramo de costa natural
en Getxo indicada en el informe, referente a la zona descrita como zona «entre el norte
de la playa de Arrigunaga y el dique de Punta Galea», así como la colindante zona de
baño de 50 m desde bajamar máxima viva equinoccial, no puede ser atendida por esta
Autoridad Portuaria en consideración a estrictas motivaciones portuarias.
4. Iniciar las tramitaciones correspondientes para desplazar las zonas de fondeo.
Por su parte, en cuanto a los aspectos señalados en el informe en relación al faro de
Punta Galea, cabe significar que la propuesta de Modificación Sustancial de la
Delimitación de Espacios y Usos Portuarios no incluye una propuesta de desafectación
de los espacios terrestres vinculados con la citada señal marítima, por lo que solicita que
las referencias contenidas en dicho informe se rectifiquen.
Finalmente, respecto de la necesidad de definir los usos existentes destinados a
residencia o habitación en el dominio público portuario ubicado en el trasdós de la playa
de Ereaga, y justificar su legalidad según el artículo 72 de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante, cabe indicar que en dicho ámbito portuario existe únicamente un
único uso residencial, el correspondiente al Hotel Igeretxe, explotado en virtud de
concesión demanial otorgada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria
de Bilbao en fecha 18 de noviembre de 1987, situándose actualmente su vencimiento en
fecha 5 de septiembre de 2035.
Visto lo anterior, y una vez atendidos las observaciones del informe de 5 de junio
de 2023, la Dirección General de la Costa y el Mar informa favorablemente la propuesta
de «Modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del puerto
de Bilbao» en su última versión fechada en junio de 2021, con fecha 10 de octubre
de 2023.
Recibido el informe de la Dirección General de la Costa y el Mar, el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao, en sesión celebrada el 19 de octubre
de 2023, aprueba la aceptación de los compromisos ya indicados previamente en el
escrito de 27 de septiembre de 2023, en el plazo máximo de un año desde la aprobación
cve: BOE-A-2024-10912
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131
Jueves 30 de mayo de 2024
Sec. III. Pág. 62751
6. Incorporar las coordenadas exactas de las desafectaciones aprobadas por
OOMM de 4 de diciembre de 2019 en el ámbito de Zorrotza y 20 de diciembre de 2021
en el de Zorrotzaurre.
7. No autorizar usos no portuarios en los rellenos incorporados.
Asimismo, se incluyen una serie de observaciones que, sin condicionar la aprobación
del presente expediente, deberán atenderse en próximas modificaciones, o en su defecto
en los Planes Especiales de Ordenación.
Con fecha 27 de septiembre de 2023, la Autoridad Portuaria de Bilbao emite un
escrito de respuesta al informe emitido por la Dirección General de la Costa y el Mar de
fecha 5 junio de 2023, remitido a esta Dirección General con fecha 29 de septiembre
de 2023, donde confirma que la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao muestra
su conformidad al cumplimiento de las siguientes tramitaciones y condiciones esenciales:
1. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de las aguas arriba de la ría del Nervión en el municipio de Bilbao, así como del
resto del Canal de Deusto.
2. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de las playas de Ereaga, Arrigunaga y Las Arenas y sus respectivas zonas de
baño, desafectación que se ceñirá a los arenales de las citadas playas, sin incluir sus
zonas traseras, y a sus zonas de baños.
3. Tramitar la desafectación, para su incorporación al dominio público marítimo
terrestre, de los terrenos naturales vinculados al tramo de costa natural en Getxo
descrito en el informe de la Dirección General de la Costa y el Mar como zona «entre el
final del aparcamiento del parque Portu-Zarra y el espigón sur de cierre de la playa de
Arrigunaga», así como la colindante zona de baño de 50 m desde BMVE.
Por el contrario, la solicitud de desafectación relativa al otro tramo de costa natural
en Getxo indicada en el informe, referente a la zona descrita como zona «entre el norte
de la playa de Arrigunaga y el dique de Punta Galea», así como la colindante zona de
baño de 50 m desde bajamar máxima viva equinoccial, no puede ser atendida por esta
Autoridad Portuaria en consideración a estrictas motivaciones portuarias.
4. Iniciar las tramitaciones correspondientes para desplazar las zonas de fondeo.
Por su parte, en cuanto a los aspectos señalados en el informe en relación al faro de
Punta Galea, cabe significar que la propuesta de Modificación Sustancial de la
Delimitación de Espacios y Usos Portuarios no incluye una propuesta de desafectación
de los espacios terrestres vinculados con la citada señal marítima, por lo que solicita que
las referencias contenidas en dicho informe se rectifiquen.
Finalmente, respecto de la necesidad de definir los usos existentes destinados a
residencia o habitación en el dominio público portuario ubicado en el trasdós de la playa
de Ereaga, y justificar su legalidad según el artículo 72 de la Ley de Puertos del Estado y
de la Marina Mercante, cabe indicar que en dicho ámbito portuario existe únicamente un
único uso residencial, el correspondiente al Hotel Igeretxe, explotado en virtud de
concesión demanial otorgada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria
de Bilbao en fecha 18 de noviembre de 1987, situándose actualmente su vencimiento en
fecha 5 de septiembre de 2035.
Visto lo anterior, y una vez atendidos las observaciones del informe de 5 de junio
de 2023, la Dirección General de la Costa y el Mar informa favorablemente la propuesta
de «Modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del puerto
de Bilbao» en su última versión fechada en junio de 2021, con fecha 10 de octubre
de 2023.
Recibido el informe de la Dirección General de la Costa y el Mar, el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao, en sesión celebrada el 19 de octubre
de 2023, aprueba la aceptación de los compromisos ya indicados previamente en el
escrito de 27 de septiembre de 2023, en el plazo máximo de un año desde la aprobación
cve: BOE-A-2024-10912
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Núm. 131