III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-10848)
Resolución de 17 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque eólico Cerro de Magaña, de 50,10 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Soria".
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Miércoles 29 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 62317

núcleo de población a distancias inferiores a 1 km. En cualquier caso, toda la maquinaria
utilizada deberá cumplir con el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se
desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, no superando, en ningún
caso, los valores de ruido establecidos para zonas residenciales.
En relación al campo eléctrico y magnético producido por las líneas a 400 kV, el EsIA
alude a estudios realizados por Red Eléctrica de España (REE). A 30 metros de
distancia los niveles de campo eléctrico y magnético oscilan entre 0,1-0,5 kV/m y 0,1-1,5
µT, siendo generalmente inferiores a 0,1 kV/m y 0,2 µT a partir de 100 metros de
distancia, por lo que no superan los valores límite de acuerdo al Real
Decreto 1066/2001, en el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de
protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones
radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas: 100
μT para el público en general y 500 μT para los trabajadores. Estas magnitudes se ven
minimizadas en la línea, al plantearse soterrada. En cuanto al diseño de las SETs, se
ajustará al Real Decreto 1066/2001.
El proyecto se sitúa en una zona de alto riesgo de incendio, según la zonificación de
riesgo de incendios de la Junta de Castilla y León del Plan de protección civil ante
emergencias por incendios forestales en Castilla y León, aprobado por
Decreto 274/1999, de 28 de octubre.
En el ámbito de estudio, predomina el tipo de paisaje de Sierras Ibéricas. Dentro de
este tipo de paisaje, la unidad más extensa es la unidad paisajística «Montes y Sierras
de Pica-Almuerzo-Madero».
En la envolvente de los 5 km, la incidencia visual es elevada, aproximadamente de
un 36 %. Las áreas con mayor incidencia visual de los aerogeneradores se concentran
prácticamente en toda la zona. Con respecto a los núcleos urbanos, presentan visibilidad
potencial los correspondientes con Magaña, Villarraso, Suellacabras, Valdelagua del
Cerro, Fuentes de Magaña y Cerbón.
En el radio de 5 km a la zona de ubicación de los aerogeneradores, existen 5 cotos
de caza, el de Magaña y Suellacabras (matrícula SO-10366), Valdelagua del Cerro
(matrícula SO-10457), Trévago (matrícula SO1-10311), Valdegeña, Suellacabras y Villar
del Campo (matrícula SO-10309), y por último El Espino (matrícula BU_10089).
El proyecto supone la creación de empleos directos e indirectos, la mayoría durante
la construcción, con posible contratación de personal residente. Durante la fase de
funcionamiento, el proyecto conlleva también efectos positivos, por las tareas de
mantenimiento de la instalación que, a su vez, conduce a un incremento en la demanda
de servicios de la zona. Además, hay que sumar el beneficio económico durante el
periodo de vida útil del parque eólico para los propietarios de los terrenos y para los
Ayuntamientos afectados, en forma de tasas asociadas.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En el radio de 10 km al parque eólico Cerro de Magaña, se ubican los siguientes
parques eólicos en funcionamiento, autorización y en tramitación. En funcionamiento, el PE
Hiperión II con 20 turbinas eólicas y una potencia 50 MW a 1,4 km del aerogenerador
CM01; el PE La Luna con 17 turbinas eólicas, una potencia de 49,50 MW a 1,4 km del
aerogenerador CM08; el PE Hiperión compuesto de 17 aerogeneradores marca GAMESA
Modelo G 80-1.500 KV a 1,8 km del aerogenerador CM01; el PE REA Unificado con 8
turbinas eólicas, con una potencia de 40,80 MW a 2,3 km de la SE Fuentes de Magaña; el
PE Tetis con 16 turbinas eólicas, con una potencia de a 2,5 de la SE Fuentes de Magaña; el
PE Juno, con 16 turbinas eólicas, con una potencia total de 49,50 MW a 7 km del
aerogenerador CM14; el PE Castilfrio con 33 turbinas eólicas, con una potencia de 24,75
MW a 7,5 km del aerogenerador CM01; y por último el PE Magaña con 33 turbinas eólicas,
con una potencia de 24,75 a 8,5 km del aerogenerador CM01.
Constan varios proyectos en tramitación, el PE Pobar de 9 turbinas eólicas con una
potencia de 23,625 MW, con declaración de impacto ambiental, está a 5,20 km del

cve: BOE-A-2024-10848
Verificable en https://www.boe.es

8.